Modificación Unilateral Del Contrato en Contrato De Aseo Y Servicios Generales con FONADE: Cómo Demandar


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Modificación Unilateral Del Contrato en Contrato De Aseo Y Servicios Generales con FONADE: Cómo Demandar

Si usted es un contratista de aseo y servicios generales con FONADE en Medellín, puede que actualmente se sienta frustrado y desamparado ante la modificación unilateral de su contrato. El Estado le debe dinero o le está causando perjuicios significativos. Sin embargo, es importante que sepa que hay soluciones legales disponibles para recuperar lo que le corresponde. En este artículo, abordaremos cómo puede demandar y cuáles son los pasos a seguir.

¿Qué es la modificación en la contratación estatal?

La modificación unilateral de un contrato estatal, según la Ley 80 de 1993, se refiere a la capacidad que tiene la entidad pública para modificar las condiciones originales del contrato sin necesidad de obtener la aceptación del contratista. Esto puede ocurrir por razones de interés público, cambios en la necesidad del servicio o dificultades imprevistas en la ejecución del contrato. Es fundamental que dicha modificación se ajuste a la legalidad y a los parámetros establecidos en los artículos 4, 5 y 27 de esta ley, los cuales garantizan el derecho del contratista a ser resarcido por perjuicios ocasionados por decisiones unilaterales de la administración pública. Es esencial asegurar que estos cambios no impacten adversamente los derechos adquiridos.

Sus derechos como contratista ante FONADE

Como contratista frente a FONADE, usted dispone de diversos derechos que debe conocer y hacer valer:

1. Derecho a recibir los pagos pendientes de manera oportuna y completa.

2. Derecho a ser informado sobre cualquier modificación que afecte su contrato.

3. Derecho a reclamar indemnización por perjuicios ocasionados por la modificación unilateral.

4. Derecho a acceder a un proceso de conciliación antes de iniciar acciones legales.

5. Derecho a demandar ante el Consejo de Estado si sus derechos han sido vulnerados.

El Consejo de Estado es el tribunal competente para dirimir estos conflictos, lo que implica que tiene la capacidad de sentenciar a favor de los contratistas que demanden por incumplimientos o modificaciones no justificados.

¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Medellín?

Existen varias situaciones concretas en las que puede ser viable presentar una demanda contra el Estado en Medellín, particularmente en el contexto de un contrato de aseo y servicios generales con FONADE:

1. Cuando se realice una modificación unilateral que afecte de manera significativa las condiciones del contrato.

2. Si no se cumplen los plazos de pago establecidos en el contrato.

3. Ante cambios o ajustes en el alcance del servicio que no son justificados.

4. Cuando los perjuicios económicos superan los $5.000 millones, lo cual puede dar pie a una demanda sólida que puede resultar exitosa.

Cada una de estas situaciones representa una vulneración a los derechos del contratista, por lo que es esencial actuar rápidamente.

El proceso legal paso a paso

Para demandar a FONADE, es importante seguir un proceso estructurado que lo lleve a la resolución de su conflicto. Aquí están los pasos que debe seguir:

1. **Reclamación directa ante la entidad**: Presente su queja de manera formal y documentada ante FONADE, solicitando una solución específica.

2. **Conciliación extrajudicial**: Si no obtiene respuesta o no es satisfactoria, la conciliación puede ser un camino a considerar antes de proceder judicialmente.

3. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: Si la conciliación no resuelve su situación, se puede proceder a presentar una demanda, donde el Consejo de Estado es la instancia principal para cuestiones que superan $5.000 millones.

4. **Liquidación y cobro de la sentencia**: Una vez se obtenga una sentencia favorable, se debe proceder a la liquidación del monto a cobrar y la ejecución de la sentencia para obtener su dinero.

¿Cuánto tiempo tiene para demandar?

Es crucial tener en cuenta los plazos de caducidad. En materia de contratación estatal, la acción contractual caduca a los 2 años desde la liquidación del contrato o desde que se conoció el daño, por lo que actuar rápidamente es esencial. No permita que el tiempo se convierta en un obstáculo para reclamar lo que legítimamente le corresponde.

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MAIKEL NISIMBLAT — Abogado Contratación Estatal Colombia

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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