No Pago De Obras Ejecutadas en Contrato De Interventoría con empresa de servicios públicos: Qué Hacer
Como contratista que ha ejecutado obras en un contrato de interventoría con una empresa de servicios públicos en Medellín, es probable que se encuentre enfrentando una situación frustrante: el no pago de las obras ejecutadas. Esta situación no solo afecta su flujo de caja, sino que también pone en riesgo la operación de su empresa. Existe una solución legal a su problema y es fundamental que actúe de manera efectiva para recuperar lo que le corresponde.
¿Qué es el no en la contratación estatal?
El «no pago» en la contratación estatal se refiere a la falta de cumplimiento por parte del Estado o de sus entidades en el pago de las obligaciones contractuales. La Ley 80 de 1993 establece las bases de la contratación estatal en Colombia y en sus artículos 4, 5 y 27 se delinean los principios fundamentales de la misma, tales como la legalidad, la transparencia y la equidad. Estos principios garantizan que los contratos deben cumplirse, y si la entidad estatal no paga lo que debe, se está incurriendo en una violación clara de las obligaciones contractuales. La falta de pago por parte de una empresa de servicios públicos no solo es ilegal, sino que le otorga derecho a usted, como contratista, a tomar acciones legales.
Sus derechos como contratista ante empresa de servicios públicos
Como contratista en un contrato de interventoría, usted tiene múltiples derechos que pueden ser alegados cuando enfrenta el problema del no pago. Entre estos derechos se incluyen:
1. **Derecho al pago**: Tiene el derecho de recibir el pago por las obras ejecutadas y los servicios prestados en los plazos estipulados en el contrato.
2. **Derecho a la indemnización**: Si el incumplimiento le ha causado perjuicios, puede reclamar una indemnización por los daños ocasionados.
3. **Derecho a presentar reclamaciones**: Puede presentar reclamaciones ante la entidad que le debe, así como ante las instancias correspondientes como el Consejo de Estado.
4. **Derecho a la protección judicial**: Tiene derecho a acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa para hacer valer sus derechos.
5. **Derecho a la ejecución de la obligación**: Puede exigir la ejecución de las cláusulas contractuales que permitan hacer efectivo el pago debido.
¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Medellín?
Una demanda contra el Estado en Medellín puede proceder en diversas situaciones concretas. Aquí le mencionamos algunas:
1. **Incumplimiento de contrato**: Si la entidad no cumple con las obligaciones de pago estipuladas en el contrato de interventoría.
2. **Negativa injustificada al pago**: Si ha solicitado el pago y la entidad se niega sin justificación válida.
3. **Retrasos en los plazos acordados**: Cuando hay demoras prolongadas, sin que se evidencie una causa justificada que las explique.
4. **Vulneración de derechos**: Si se han vulnerado sus derechos contractuales, especialmente si hay en juego montos que superen los $5.000 millones de pesos.
El proceso legal paso a paso
El proceso legal para reclamar el pago de obras ejecutadas se puede desglosar en cuatro pasos fundamentales:
1. **Reclamación directa ante la entidad**: Debe iniciar el proceso realizando una reclamación formal ante la empresa de servicios públicos, solicitando el pago adeudado.
2. **Conciliación extrajudicial**: Si la reclamación no da resultado, puede buscar un mecanismo de conciliación, donde ambas partes intenten llegar a un acuerdo.
3. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: En caso de fracasar en la conciliación, deberá preparar y presentar una demanda en la jurisdicción correspondiente, donde explique claramente su situación y las pruebas que sustentan su reclamación.
4. **Liquidación y cobro de la sentencia**: Si su demanda es exitosa, el tribunal emitirá una sentencia que deberá ser liquidada y cobrada al Estado.
¿Cuánto tiempo tiene para demandar?
Es crucial que actúe con celeridad, ya que la caducidad de la acción contractual es de dos años. Este plazo se cuenta desde la liquidación del contrato o desde el momento en que se tuvo conocimiento del daño. No permita que el tiempo se agote; es fundamental que inicie el proceso a la brevedad.
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.
Autor de las siguientes publicaciones:
- Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Extracontractual
- Estudios sobre Casacion
