Negligencia Medica por Contagio Hospitalario de Staphylococcus Aureus NISIMBLAT LAW BOGOTA COLOMBIA.
NISIMBLAT LAW cuenta con un selecto grupo de abogados especialistas en Derecho Médico que le pueden brindar asesoría jurídica en temas relacionados con casos de negligencia medica por contagio hospitalario de Staphylococcus Aureus, orientándolo sobre los diferentes procedimientos que se deben adelantar frente a estos casos para lograr la reparación de los perjuicios ocasionados.
Definición:
Staphylococcus aureus (pronunciación: /ˌstafiloˈkokus ˈawrews/), conocido como estafilococo áureo, o comúnmente estafilococo dorado, es una bacteria anaerobia facultativa, grampositiva, productora de coagulasa, catalasa, inmóvil y no esporulada que se encuentra ampliamente distribuida por todo el mundo, estimándose que una de cada tres personas se hallan colonizadas, aunque no infectadas, por ella.1 Puede producir una amplia gama de enfermedades, que van desde infecciones cutáneas y de las mucosas relativamente benignas, tales como foliculitis, forunculosis o conjuntivitis, hasta enfermedades de riesgo vital, como celulitis, abscesos profundos, osteomielitis, meningitis, sepsis, endocarditis o neumonía. Además, también puede afectar al aparato gastrointestinal, ya sea por presencia física de Staphylococcus aureus o por la ingesta de la enterotoxina estafilocócica secretada por la bacteria. En la actualidad, este microorganismo se encuentra como el principal causante de las infecciones nosocomiales.
Esta situación se ve favorecida por el hecho de que esta especie habita tanto en las mucosas como en la piel de los seres humanos, lo que permite que a través de las heridas quirúrgicas pueda penetrar en el torrente sanguíneo del paciente por medio del contacto directo o indirecto con el personal sanitario, con un objeto contaminado o incluso con otro paciente.
NISIMBLAT LAW cuenta con un selecto grupo de abogados especialistas en Derecho Médico que le pueden brindar asesoría jurídica en temas relacionados con casos de negligencia medica por contagio hospitalario de Staphylococcus Aureus, orientándolo sobre los diferentes procedimientos que se deben adelantar frente a estos casos para lograr la reparación de los perjuicios ocasionados.
Definición:
Staphylococcus aureus (pronunciación: /ˌstafiloˈkokus ˈawrews/), conocido como estafilococo áureo, o comúnmente estafilococo dorado, es una bacteria anaerobia facultativa, grampositiva, productora de coagulasa, catalasa, inmóvil y no esporulada que se encuentra ampliamente distribuida por todo el mundo, estimándose que una de cada tres personas se hallan colonizadas, aunque no infectadas, por ella.1
Puede producir una amplia gama de enfermedades, que van desde infecciones cutáneas y de las mucosas relativamente benignas, tales como foliculitis, forunculosis o conjuntivitis, hasta enfermedades de riesgo vital, como celulitis, abscesos profundos, osteomielitis, meningitis, sepsis, endocarditis o neumonía. Además, también puede afectar al aparato gastrointestinal, ya sea por presencia física de Staphylococcus aureus o por la ingesta de la enterotoxina estafilocócica secretada por la bacteria.
En la actualidad, este microorganismo se encuentra como el principal causante de las infecciones nosocomiales. Esta situación se ve favorecida por el hecho de que esta especie habita tanto en las mucosas como en la piel de los seres humanos, lo que permite que a través de las heridas quirúrgicas pueda penetrar en el torrente sanguíneo del paciente por medio del contacto directo o indirecto con el personal sanitario, con un objeto contaminado o incluso con otro paciente.
Dirigida actualmente por MAIKEL NISIMBLAT abogado de la Universidad de los Andes, Negociador Certificado Harvard Mit Tufts USA. Miembro de la Asociación Americana de Abogados de la Salud. Autor Guía práctica para demandar a un médico, Guía Práctica para demandar a un cirujano Plástico, Guía Práctica para demandar a un Hospital y una EPS. Fundador del Instituto Latinoamericano de Responsabilidad Médica y Hospitalaria FUNDESPO y Presidente del Instituto Colombiano de Responsabilidad Médica y Hospitalaria.
SERVICIOS:
- Responsabilidad Médica Derivada de Procedimientos Estéticos.
- Responsabilidad Médica Derivada de Procedimientos de Cirugía General
- Responsabilidad Médica Derivada de Infecciones Intrahospitalarias o Nosocomiales
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Cardiología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Obstetricia
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Oftalmología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Gastroenterología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en Enfermedades del Sistema Circulatorio
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Endocrinología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Neumología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Otorrinolaringología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Neurología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Ortopedia
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Oncología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en Procedimientos de Cirugía Plástica Reconstructiva
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Nefrología
- Asesoría
- Elaboración de demandas
- Revisión de demandas
- Casación civil
- Interposición de recursos casación ante tribunales
- Recursos de queja en caso de rechazo de recursos
- Sustentación de demanda casación ante la Corte Suprema Justicia
- Recurso Súplica corte suprema de justicia
- Responsabilidad médica
- Negligencia médica
- Errores médicos
- Errores hospitalarios
Causales
- La violación directa de una norma jurídica sustancial.
- La violación indirecta de la ley sustancial, como consecuencia de error de derecho derivado del desconocimiento de una norma probatoria, o por error de hecho manifiesto y trascendente en la apreciación de la demanda, de su contestación, o de una determinada prueba.
- No estar la sentencia en consonancia con los hechos, con las pretensiones de la demanda, o con las excepciones propuestas por el demandado o que el juez ha debido reconocer de oficio.
- Contener la sentencia decisiones que hagan más gravosa la situación del apelante único.
- Haberse dictado sentencia en un juicio viciado de algunas de las causales de nulidad consagradas en la ley, a menos que tales vicios hubieren sido saneados.
DIRECTOR: Maikel Nisimblat
CONTACTENOS: (601) 9143033
Bogotá, Colombia
Cartagena de Indias Centro de convenciones (tercer piso)
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