Modificación Unilateral Del Contrato en Contrato De Interventoría con colegio público: Qué Hacer
Como contratista que tiene un contrato de interventoría con un colegio público en Manizales, es natural sentirse frustrado y ansioso. La modificación unilateral de su contrato por parte de la entidad pública no solo afecta su flujo de caja, sino que también pone en riesgo el éxito de su empresa. Entendemos que el Estado le debe dinero o está generando daños a su negocio. La buena noticia es que esta situación tiene una solución legal y es de vital importancia que actúe de manera estratégica y con conocimiento de sus derechos.
¿Qué es la modificación en la contratación estatal?
La modificación de un contrato estatal se encuentra regulada por la Ley 80 de 1993. De manera sencilla, esta ley establece que los contratos estatales pueden ser modificados por razones de interés general o cuando se presentan circunstancias imprevistas que cambien el equilibrio económico del contrato. Los artículos 4, 5 y 27 especifican que el contratista tiene derecho a una compensación si estas modificaciones afectan su desempeño o sus ingresos, lo que es esencial para proteger sus intereses.
Sus derechos como contratista ante colegio público
Como contratista en ejecución de un contrato de interventoría, tiene derechos claros que proteger. Algunos de estos derechos son:
1. Recibir información clara sobre las modificaciones realizadas al contrato.
2. Solicitar una evaluación del impacto económico que esa modificación genera sobre su ejecución.
3. Demandar la resolución del contrato en caso de incumplimiento por parte de la entidad.
4. Ser indemnizado por los perjuicios y pérdidas causados por la modificación unilateral.
5. Acudir al Consejo de Estado para resolver cualquier conflicto que surja del contrato.
¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Manizales?
Existen varias situaciones que justifican interponer una demanda contra el Estado en Manizales. Aquí hay algunas de ellas:
1. Modificaciones que alteren de manera significativa el equilibrio económico del contrato sin un acuerdo previo.
2. Incumplimientos en los tiempos de pago que generen perjuicios significativos.
3. Falta de respuesta o solución a las reclamaciones realizadas de manera formal.
4. Daños causados por acciones u omisiones de la entidad que fueron previsibles y no se evitaron.
Es importante mencionar que las demandas exitosas tienden a superar los $5.000 millones de pesos, lo que puede ser un alivio considerable para su situación financiera.
El proceso legal paso a paso
Si decide emprender acciones legales, le ofrecemos un panorama claro del proceso:
1. **Reclamación directa ante la entidad**: Comuníquese oficialmente con el colegio público para manifestar su desacuerdo y solicitar una solución a la modificación.
2. **Conciliación extrajudicial**: Si no obtiene respuesta o resultado, intente llegar a un acuerdo a través de un proceso de conciliación, lo que puede evitar litigios prolongados.
3. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: Si las etapas anteriores no prosperan, procederá a presentar una demanda formal. Dependiendo del monto de la pretensión, podrá acudir al Consejo de Estado.
4. **Liquidación y cobro de la sentencia**: Una vez que obtenga un fallo favorable, deberá realizar una liquidación para cobrar el monto que le corresponde.
¿Cuánto tiempo tiene para demandar?
Es crucial que esté atento a los plazos legales. La caducidad de la acción contractual es de 2 años. Este término comienza a contarse desde la liquidación del contrato o desde el momento en que se conoció el daño. No le conviene esperar, pues actuar rápido es esencial para salvaguardar sus derechos y recuperar su dinero.
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.
Autor de las siguientes publicaciones:
- Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Extracontractual
- Estudios sobre Casacion
