Lesiones Personales Médicos NISIMBLAT LAW
Lesiones Personales Médicos. NISIMBLAT LAW cuenta con un experto grupo de abogados especializados en defensa medica ante la Fiscalia General de la Nacion, Tribunales de Etica Medica, jurisdicción civil ante los Juzgados Civiles, Secretaria de Salud, Superintendencia de Salud y Superintendencia de Industria y Comercio (estatuto del consumidor por servicios médicos.
Director. MAIKEL NISIMBLAT. Abogado Universidad de Los Andes, Negociador Certificado Harvard Mit , Tufts USA. Miembro de la Asociación Americana de Abogados de la Salud. Autor Guía práctica para demandar a un médico, Guía Práctica para demandar a un cirujano Plástico, Guía Práctica para demandar a un Hospital y una Eps. Fundador del Instituto Latinamericano de Responsabilidad Médica y Hospitalaria FUNDESPO y Presidente del Instituto Colombiano de Responsabilidad Médica y Hospitalaria
La pertinencia de adelantar un caso depende de la exposición detallada con el abogado en la cita personal. En virtud de lo anterior no pueden emitirse conceptos vía teléfonica, salvo casos excepcionales tratándose de personas que viven fuera de Bogotá. Las secretarías, recepcionistas y personal de asistencia no son profesionales del derecho y por consiguiente no emiten conceptos ni en forma personal ni por teléfono sobre la pertinencia de un proceso legal.
En que consiste la cita con el abogado?.
La cita puede durar entre una a dos horas. En esta cita el abogado revisa la documentación que tenga en su poder el afectado, y le expondrá en líneas generales las posibilidades jurídicas que en su concepto considere existen para abordar el caso médico, expondiendo en forma detallada y en líneas generales el monto de los perjuicios que se podrán solicitar y el tipo de reclamación que se adelantará.
La revisión de un caso de responsabilidad médica por un experto permitirá al afectado establecer en líneas generales si existe la posibilidad de presentar una reclamación judicial y si amerita desde el punto de vista técnico abordar una demanda en el futuro.
Lesiones Personales Médicos
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SERVICIOS:
- Responsabilidad Médica Derivada de Procedimientos Estéticos.
- Responsabilidad Médica Derivada de Procedimientos de Cirugía General
- Responsabilidad Médica Derivada de Infecciones Intrahospitalarias o Nosocomiales
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Cardiología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Obstetricia
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Oftalmología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Gastroenterología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en Enfermedades del Sistema Circulatorio
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Endocrinología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Neumología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Otorrinolaringología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Neurología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Ortopedia
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Oncología
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en Procedimientos de Cirugía Plástica Reconstructiva
- Responsabilidad Médica Derivada de Negligencias en el Área de Nefrología
- Asesoría
- Elaboración de demandas
- Revisión de demandas
- Casación civil
- Interposición de recursos casación ante tribunales
- Recursos de queja en caso de rechazo de recursos
- Sustentación de demanda casación ante la Corte Suprema Justicia
- Recurso Súplica corte suprema de justicia
- Responsabilidad médica
- Negligencia médica
- Errores médicos
- Errores hospitalarios
Causales
- La violación directa de una norma jurídica sustancial.
- La violación indirecta de la ley sustancial, como consecuencia de error de derecho derivado del desconocimiento de una norma probatoria, o por error de hecho manifiesto y trascendente en la apreciación de la demanda, de su contestación, o de una determinada prueba.
- No estar la sentencia en consonancia con los hechos, con las pretensiones de la demanda, o con las excepciones propuestas por el demandado que el juez ha debido reconocer de oficio.
- Contener la sentencia decisiones que hagan más gravosa la situación del apelante único.
- Haberse dictado sentencia en un juicio viciado de algunas de las causales de nulidad consagradas en la ley, a menos que tales vicios hubieren sido saneados.
DIRECTOR: Maikel Nisimblat
CONTACTENOS: (601) 9143033
Bogotá, Colombia
Cartagena de Indias Centro de convenciones (tercer piso)
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Lesiones Personales Médicos
DEBER DE ACTUAR PRUDENTEMENTE EN SITUACIONES DE PELIGRO.
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