Demanda Ejecutiva Por Incumplimiento De Pago De Un Pagaré — Conflicto De Competencia Colombia



Demanda Ejecutiva Por Incumplimiento De Pago De Un Pagaré — Conflicto De Competencia Colombia

Analisis elaborado por

Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices

Maikel Nisimblat es abogado litigante con mas de 27 anos de experiencia en litigios civiles ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Es autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), obra basada en el analisis de 138 providencias verificadas de la Sala de Casacion Civil. Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad civil, contratos, simulacion, seguros, construccion y responsabilidad medica.

Este analisis hace parte de una coleccion de mas de 3.300 providencias de la Corte Suprema comentadas por Nisimblat Law Offices.

Recibir una demanda ejecutiva puede ser un momento estresante y complicado, especialmente si se trata de un incumplimiento de pago de un pagaré. En este contexto, Jorge Julio Rivas Reinoso se vio involucrado en un conflicto de competencia entre dos juzgados, lo que generó incertidumbre sobre cuál debía asumir el caso. La situación de Jorge puede resonar con muchos que se sienten perdidos en el laberinto del sistema judicial colombiano. La casación es un recurso que permite a las partes impugnar decisiones judiciales ante la Corte Suprema de Justicia, buscando una revisión de los fallos en instancias previas. Este proceso es fundamental para garantizar que se respeten los derechos de los ciudadanos y que se aplique correctamente la ley. En este artículo, exploraremos el caso de Jorge y cómo la Corte Suprema resolvió el conflicto de competencia, así como las implicaciones que esto tiene para quienes se encuentran en situaciones similares.

Que ocurrió en este caso ante la Corte Suprema?

El caso en cuestión se originó a partir de una demanda ejecutiva presentada por CREDIVALORES-CREDISERVICIOS S.A. contra Jorge Julio Rivas Reinoso, quien había incumplido el pago de un pagaré. La empresa demandante solicitó que se librara un mandamiento de pago para que se le cancelaran las acreencias insatisfechas que se encontraban en el pagaré No. 04010930002009726. CREDIVALORES argumentó que la competencia para conocer del asunto recaía en los juzgados de Bogotá, ya que allí se encontraba el lugar de cumplimiento de la obligación. Sin embargo, el Juzgado Cincuenta y Uno de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá rechazó esta afirmación, señalando que la competencia debía determinarse por el domicilio del demandado, en este caso, Villavicencio. Esto generó un conflicto de competencia, ya que el juzgado de Villavicencio también se declaró incompetente, argumentando que el asunto debía ser resuelto por el juzgado de Bogotá. Así, la controversia llegó a la Corte Suprema de Justicia, que debía decidir cuál de los juzgados tenía la competencia para conocer del caso.

Lo que analizó la Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema de Justicia evaluó el conflicto de competencia entre los dos juzgados involucrados. En su análisis, la Corte consideró los principios establecidos en el Código General del Proceso, específicamente en relación con la competencia territorial. La Corte se centró en determinar si debía prevalecer el domicilio del demandado o el lugar de cumplimiento de la obligación, en este caso, el pagaré. Este análisis fue crucial para resolver el conflicto y establecer cuál de los juzgados debía asumir el conocimiento del caso. La Corte también tuvo en cuenta las disposiciones específicas que regulan la competencia en procesos ejecutivos y la importancia de respetar la voluntad del demandante al elegir el foro correspondiente.

“Ahora bien, el Consejo Seccional de la Judicatura del Meta, por medio de Acuerdo CSJMEA17-827 de 13 de febrero de 2017, en ejercicio de las facultades conferidas por el canon 101 de la ley 270 de 1996 y el art�culo sexto del Acuerdo PSAA16-10561 de 17 de agosto de 2016, proferido por el Consejo Superior de la Judicatura, ampli� las reglas de…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC2659-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-01886-00 — M.P. [ver documento] — [ver documento]

“Esa escogencia de la capital de la Rep�blica, sin embargo, carece de respaldo persuasivo, si se tiene en cuenta que el pagar� aludido no hace referencia alguna respecto a ese lugar, lo cual significa que la intenci�n de la compa��a actora, prescinde de prueba inequ�voca en lo relativo a que la plaza destinada para consumar las acreencias es esta…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC2659-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-01886-00 — M.P. [ver documento] — [ver documento]

“El caso concreto Conforme al contexto expuesto en p�rrafos precedentes se advierte que, en el caso motivo de discusi�n, pese a la facultad legal de atribuci�n que en virtud del factor general permit�a irrogar la competencia a la sede judicial del domicilio del extremo pasivo, la sociedad ejecutante eligi� a prevenci�n el fuero negocial, al radicar…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC2659-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-01886-00 — M.P. [ver documento] — [ver documento]

Que dice el Tratado de Casación Civil sobre esto?

El Tratado de Casación Civil establece lineamientos claros sobre la competencia de los juzgados en procesos ejecutivos. En este sentido, se hace hincapié en que la elección del foro por parte del demandante debe ser respetada, siempre que se ajuste a las disposiciones legales pertinentes. En el caso de Jorge, la Corte tuvo que analizar si la elección de Bogotá como lugar de cumplimiento era válida, considerando que el pagaré no especificaba dicho lugar. Esto resalta la importancia de la claridad en los documentos legales y cómo la falta de especificaciones puede llevar a conflictos de competencia. La Corte, al resolver el caso, aplicó los principios del Tratado para garantizar que se hiciera justicia y se respetaran los derechos de las partes involucradas.

“Mediante el uso de la tecnología, el análisis de datos y el estudio sistemático de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, busca exponer las líneas jurisprudenciales que gobiernan la técnica del recurso de casación civil en Colombia.”

Maikel Nisimblat — Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026)

Además, el Tratado también menciona que en situaciones donde el domicilio del demandado no coincide con el lugar de cumplimiento, el demandante tiene la opción de elegir entre los juzgados competentes. Esta flexibilidad es fundamental para que las partes puedan ejercer sus derechos de manera efectiva y evitar complicaciones innecesarias en el proceso judicial.

Que errores del Tribunal pueden dar lugar a casación?

Existen varios errores que pueden dar lugar a la casación en un caso como el de Jorge. Uno de los principales es la incorrecta interpretación de las normas sobre competencia. Si un tribunal se declara incompetente sin fundamento legal o ignora la voluntad del demandante al elegir el foro, esto puede ser motivo suficiente para impugnar la decisión ante la Corte Suprema. Otro error común es la falta de análisis de las pruebas presentadas por las partes. Si un juzgado no considera adecuadamente las pruebas que demuestran el domicilio del demandado o el lugar de cumplimiento de la obligación, su decisión puede ser cuestionada. Además, la falta de motivación en las decisiones judiciales también puede dar lugar a casación. Los jueces deben fundamentar sus decisiones de manera clara y coherente, y cualquier omisión en este sentido puede ser objeto de revisión por parte de la Corte Suprema. Por último, la aplicación incorrecta de las normas procesales, como las relacionadas con la competencia territorial, es otro error que puede dar lugar a la casación. En resumen, cualquier decisión que no respete las disposiciones legales o que no esté debidamente fundamentada puede ser objeto de revisión en casación.

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Cuando procede el recurso de casación en casos como este?

El recurso de casación en casos como el de Jorge procede cuando se cumplen ciertos requisitos. En primer lugar, es necesario que la cuantía del asunto supere los 1,000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). Este requisito es fundamental para que la Corte Suprema pueda conocer del caso. Además, el demandante tiene un plazo de cinco días para interponer el recurso de casación, contados a partir de la notificación de la decisión que se desea impugnar. Es importante que el recurso se presente de manera adecuada, cumpliendo con las formalidades establecidas en la ley. Las causales de casación también son relevantes en este contexto. La Corte puede revisar los fallos por errores de hecho o de derecho, así como por la violación de normas procesales. En el caso de Jorge, si se demuestra que hubo un error en la determinación de la competencia o en la interpretación de las normas aplicables, el recurso de casación podría ser procedente. Por lo tanto, es esencial que las partes involucradas en un proceso judicial conozcan estos requisitos y causales para poder ejercer su derecho a la defensa de manera efectiva.

Obra de referencia

Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana

Maikel Nisimblat · Amazon, 2026 · 33 capitulos · 223 secciones

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Que significa esto para usted?

Para quienes se encuentran en situaciones similares a la de Jorge, es fundamental entender que el sistema judicial colombiano ofrece mecanismos para impugnar decisiones que pueden parecer injustas. La casación es una herramienta que permite a los ciudadanos buscar una revisión de los fallos emitidos por los juzgados, asegurando que se respeten sus derechos y que se aplique correctamente la ley. Es importante que, al enfrentarse a una demanda ejecutiva o a cualquier otro proceso judicial, se cuente con la asesoría adecuada para navegar por el sistema. La comprensión de los términos jurídicos y de los procedimientos es esencial para tomar decisiones informadas y efectivas. Además, el conocimiento sobre los plazos y requisitos para la interposición de recursos puede marcar la diferencia en el resultado de un caso. En este sentido, contar con el apoyo de profesionales del derecho puede ser determinante para garantizar que se haga justicia y que se protejan los intereses de las partes involucradas.

Sobre el autor

Maikel Nisimblat

Maikel Nisimblat es abogado colombiano, autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), investigador en derecho procesal civil y director de Nisimblat Law Offices. Durante mas de 27 anos ha estudiado la jurisprudencia de la Sala de Casacion Civil, desarrollando metodologias que combinan tecnica casacional y analisis sistematico de providencias.

Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad contractual y extracontractual, simulacion, seguros, sucesiones, responsabilidad medica y litigios comerciales de alta complejidad. Nisimblat Law Offices presta servicios de concepto de viabilidad, elaboracion de demanda, contestacion y representacion ante la Corte Suprema.

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Preguntas frecuentes sobre conflicto de competencia juzgados Colombia

1. ¿Qué es un conflicto de competencia?

Un conflicto de competencia se presenta cuando dos o más juzgados reclaman la facultad de conocer un mismo caso. Esto puede generar incertidumbre sobre cuál tribunal debe asumir el conocimiento del asunto, lo que a su vez puede retrasar el proceso judicial.

2. ¿Cómo se resuelve un conflicto de competencia?

La resolución de un conflicto de competencia corresponde a la Corte Suprema de Justicia, que evalúa los argumentos de los juzgados involucrados y determina cuál tiene la competencia para conocer del caso. Esta decisión es final y debe ser acatada por las partes.

3. ¿Cuáles son las causales de casación en un conflicto de competencia?

Las causales de casación pueden incluir errores en la interpretación de las normas sobre competencia, falta de análisis de las pruebas presentadas, y la falta de motivación en las decisiones judiciales. Cualquier decisión que no respete las disposiciones legales puede ser impugnada.

4. ¿Qué plazo tengo para interponer un recurso de casación?

El plazo para interponer un recurso de casación es de cinco días, contados a partir de la notificación de la decisión que se desea impugnar. Es fundamental presentar el recurso dentro de este plazo para que sea admitido por la Corte Suprema.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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