contratista condenado por peculado por apropiación en contrato de obra — casación penal Colombia
Análisis elaborado por
Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices
Maikel Nisimblat es abogado litigante con más de 27 años de experiencia en litigios civiles y penales ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Autor del Tratado General y Especial de Casación Civil Colombiana (Amazon, 2026). Ha elaborado recursos de casación en delitos contra la administración pública, delitos económicos, responsabilidad penal empresarial y técnica casacional.
Este análisis hace parte de una colección de más de 400 providencias de la Sala de Casación Penal comentadas por Nisimblat Law Offices.
La condena de un contratista por peculado por apropiación puede ser una experiencia desgastante y angustiante, tanto para el condenado como para sus seres queridos. En este contexto, es fundamental comprender las implicaciones de una sentencia en segunda instancia y las posibilidades que se tienen para impugnarla. La situación se torna aún más compleja cuando el fallo de un Tribunal revoca una decisión anterior de absolución, lo que puede generar incertidumbre y desesperanza. Es natural preguntarse si hay recursos legales disponibles para combatir una decisión que se considera injusta. En este artículo, abordaremos el caso de un contratista condenado por peculado por apropiación en un contrato de obra, analizando los hechos, el proceso judicial y las opciones de casación que pueden existir en este tipo de situaciones.
¿Qué ocurrió en este caso ante la Sala de Casación Penal?
En este caso, el procesado fue condenado por el delito de peculado por apropiación en el contexto de un contrato de obra suscrito con el Instituto Nacional de Vías (INVIAS). El contrato, que tenía como objetivo el mejoramiento de dos carreteras en los municipios de Yondó y Puerto Berrío, fue firmado el 30 de diciembre de 2006, con un valor total de $106’258.700 y un plazo de ejecución de tres meses. El INVIAS otorgó un anticipo de $52’777.500 al contratista, quien, según la interventoría, solo ejecutó un 26.7% de la obra, lo que equivale a $27’790.400. Sin embargo, el procesado se apropió de los restantes $24’987.100, lo que llevó a la Fiscalía a formular cargos en su contra por peculado por apropiación.
El proceso judicial comenzó en 2014, cuando la Fiscalía imputó al procesado. En primera instancia, el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bogotá absolvió al acusado, argumentando que este no cumplía con la condición de servidor público necesaria para que se configurara el delito de peculado por apropiación. Sin embargo, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá revocó esta decisión en enero de 2021, condenando al procesado por el delito mencionado. La defensa interpuso una impugnación especial, lo que llevó el caso a la Sala de Casación Penal, donde se revisaría la legalidad del fallo del Tribunal.
Lo que analizó la Sala de Casación Penal
La Sala de Casación Penal evaluó varios aspectos clave del caso, centrándose en la calidad del procesado como servidor público y la correcta aplicación de la ley en relación con el delito de peculado por apropiación. La Corte examinó si el contratista, al asumir funciones relacionadas con la ejecución del contrato, podía ser considerado un servidor público y, por ende, si su conducta se encuadraba dentro de los parámetros del tipo penal. Además, se revisaron las pruebas presentadas durante el juicio, así como las argumentaciones de la defensa y la Fiscalía. La Sala tuvo que determinar si existían errores en la valoración de las pruebas y si estos podían dar lugar a la casación de la sentencia impugnada.
Sala de Casación Penal · Corte Suprema de Justicia
Consideraciones de la Corte — AP153-2025
M.P. Myriam Ávila Roldán · Radicación ·
CONSIDERACIONES 6.1.- Competencia La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia es competente para conocer la impugnación especial presentada contra la sentencia proferida el 25 de enero de 2021, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, conforme lo dispuesto en el numeral 2º del artículo 235 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — AP153-2025 — M.P. Myriam Ávila Roldán — Radicación —
¿Esta sentencia aplica a su caso?
Solicite un análisis de viabilidad de casación según su situación específica.
“CONSIDERACIONES 6.1.- Competencia La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia es competente para conocer la impugnación especial presentada contra la sentencia proferida el 25 de enero de 2021, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, conforme lo dispuesto en el numeral 2º del artículo 235 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — AP153-2025 — Radicación [ver documento] — M.P. Myriam Ávila Roldán — [ver documento]
¿Qué errores del Tribunal pueden dar lugar a casación en casos como este?
Existen diversas causales que pueden justificar la interposición de un recurso de casación, según lo estipulado en el artículo 181 de la Ley 906 de 2004. En este caso, se pueden identificar varios errores que podrían haber influido en la decisión del Tribunal y que, por lo tanto, podrían ser objeto de revisión. Uno de los aspectos más relevantes es la incorrecta interpretación de la calidad del procesado como servidor público. El Tribunal consideró que el contratista asumió funciones públicas al ejecutar el contrato, pero la defensa argumentó que esta interpretación era errónea, ya que el procesado actuó como un particular en el marco de la ejecución de un contrato estatal.
Otro posible error radica en la valoración de las pruebas. La defensa presentó documentos y testimonios que, según su argumentación, demostraban que los recursos entregados al procesado fueron utilizados para la ejecución de la obra. Sin embargo, el Tribunal desestimó esta evidencia, lo que podría considerarse un error en la valoración probatoria. Además, el Tribunal no tomó en cuenta la falta de pruebas que corroboraran que el procesado se había apropiado de los recursos, lo que también podría ser motivo de casación. En resumen, la incorrecta interpretación de la ley y la valoración de las pruebas son causales que podrían dar lugar a la casación de la sentencia en este caso.
Nisimblat Law · Casación Penal Colombia
Concepto de Viabilidad del Recurso de Casación Penal
Si fue condenado en segunda instancia o si la Fiscalía o la víctima interpusieron casación contra su absolución, el primer paso es saber si su caso tiene viabilidad. El servicio incluye:
Revisión integral de la sentencia de segunda instancia
Identificación de causales aplicables (Art. 181 Ley 906/2004)
Análisis de errores del Tribunal en la valoración de pruebas
Evaluación de nulidades y violación de garantías fundamentales
Concepto jurídico escrito sobre viabilidad
Elaboración de la demanda de casación ante el Tribunal
Representación ante la Sala de Casación Penal
Término fatal: 5 días hábiles desde la notificación. No espere — Art. 183 Ley 906/2004.
¿Cuándo procede el recurso de casación penal en este tipo de caso?
El recurso de casación penal es un mecanismo que permite impugnar las sentencias de segunda instancia, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos en la Ley 906 de 2004. En primer lugar, es fundamental que el recurso sea interpuesto dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia impugnada. Posteriormente, la demanda de casación debe ser presentada ante el Tribunal correspondiente dentro de los 30 días siguientes a la interposición del recurso. La legitimación para interponer este recurso corresponde al condenado, a la víctima o a sus representantes legales, según lo estipulado en el artículo 182 de la ley mencionada.
Una vez presentada la demanda, la Sala de Casación Penal tiene un plazo de 30 días para decidir sobre la admisión del recurso. Si la demanda es admitida, se procederá a analizar el fondo del asunto. Es importante destacar que, en caso de que se considere que existen errores en la sentencia impugnada, la Corte puede anularla y ordenar la realización de un nuevo juicio, o incluso revocar la condena si se determina que el procesado es inocente. Por lo tanto, es crucial que quienes se encuentren en una situación similar comprendan estos plazos y requisitos, ya que el tiempo es un factor determinante en la viabilidad del recurso de casación.
¿Qué significa esto para usted si está en una situación similar?
Si usted se encuentra en una situación similar a la del procesado, es fundamental que comprenda que existen mecanismos legales para impugnar una condena en segunda instancia. La posibilidad de interponer un recurso de casación puede ofrecer una nueva oportunidad para revisar su caso y, potencialmente, revertir una decisión que considera injusta. Es importante que busque asesoría legal especializada para evaluar la viabilidad de su recurso y para que un abogado experimentado le asista en la preparación de la demanda de casación.
Además, es esencial que actúe con prontitud, ya que los plazos para interponer el recurso son limitados. La casación penal no solo es un medio para cuestionar la legalidad de una sentencia, sino que también puede ser una herramienta para garantizar que se respeten sus derechos y se haga justicia. Recuerde que cada caso es único y que la asesoría adecuada puede marcar la diferencia en el resultado de su situación legal.
Preguntas frecuentes — contratista condenado por peculado por apropiación
¿Qué es el recurso de casación penal? El recurso de casación penal es un mecanismo legal que permite impugnar las sentencias de segunda instancia ante la Corte Suprema de Justicia, buscando la revisión de errores en la aplicación de la ley o en la valoración de las pruebas.
¿Cuáles son los plazos para interponer un recurso de casación? El recurso debe ser interpuesto dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia impugnada, y la demanda debe presentarse ante el Tribunal correspondiente dentro de los 30 días siguientes a la interposición del recurso.
¿Quiénes pueden interponer un recurso de casación? La legitimación para interponer el recurso corresponde al condenado, a la víctima o a sus representantes legales, según lo establecido en la Ley 906 de 2004.
¿Qué puede suceder si se admite el recurso de casación? Si la Corte admite el recurso, procederá a analizar el fondo del asunto. Si se determinan errores en la sentencia impugnada, puede anularla y ordenar un nuevo juicio o revocar la condena si se considera que el procesado es inocente.
Nisimblat Law · 27 años en casación
¿Tiene una sentencia condenatoria de segunda instancia?
Cuéntenos su caso. Evaluamos la viabilidad del recurso de casación penal sin costo.
Sala de Casación Penal · Requisitos de Admisibilidad
Autos de inadmisión — Errores más frecuentes en la demanda de casación penal
99 autos analizados. Los errores más comunes: alegato de instancia (27), falta de interés para recurrir (22), falta de trascendencia (18).
⚠️ Una demanda técnicamente deficiente no se puede corregir — contra la no selección solo procede insistencia de magistrado o Ministerio Público (Art. 184 Ley 906/2004).
Si usted requiere una consulta urgente con un abogado experto el equipo de Nisimblat Law ofrece una auditoria tecnica y legal de su caso bajo los mas altos estandares internacionales.
MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.