Acción Ejecutiva Por Incumplimiento De Pagaré — Conflicto De Competencia Colombia



Acción Ejecutiva Por Incumplimiento De Pagaré — Conflicto De Competencia Colombia

Analisis elaborado por

Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices

Maikel Nisimblat es abogado litigante con mas de 27 anos de experiencia en litigios civiles ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Es autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), obra basada en el analisis de 138 providencias verificadas de la Sala de Casacion Civil. Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad civil, contratos, simulacion, seguros, construccion y responsabilidad medica.

Este analisis hace parte de una coleccion de mas de 3.300 providencias de la Corte Suprema comentadas por Nisimblat Law Offices.

En el ámbito jurídico, las acciones ejecutivas son procedimientos que buscan hacer cumplir obligaciones de pago a través de la intervención de la justicia. En este caso, se presenta una acción ejecutiva promovida por la Cooperativa Multiactiva COPROYECCIÓN contra Manuel Antonio Arteaga Asmaza, debido al incumplimiento de obligaciones derivadas de un pagaré. Esta situación no solo implica la necesidad de recuperar una deuda, sino que también ha generado un conflicto de competencia entre dos juzgados, lo que puede resultar confuso para quienes no están familiarizados con los procedimientos legales. Si usted se encuentra en una situación similar, donde ha perdido en segunda instancia o ha recibido una demanda de casación, es fundamental entender cómo funciona el sistema judicial y qué opciones tiene a su disposición. La casación es un recurso que permite impugnar decisiones de tribunales superiores, buscando la revisión de errores en la aplicación del derecho. En este artículo, analizaremos los detalles de la sentencia AC2669-2021 y cómo se resolvió el conflicto de competencia en este caso específico.

Que ocurrió en este caso ante la Corte Suprema?

La disputa legal se origina en una acción ejecutiva interpuesta por la Cooperativa Multiactiva COPROYECCIÓN, que busca el cumplimiento de las obligaciones de pago de Manuel Antonio Arteaga Asmaza, quien había firmado un pagaré. La cooperativa argumentó que el lugar de cumplimiento de la obligación era Bogotá, basándose en una cláusula específica del pagaré que indicaba esta ciudad como el lugar donde debía realizarse el pago. Sin embargo, el Juzgado Treinta y Siete de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá rechazó la demanda y remitió el caso al Juzgado Municipal de Popayán, argumentando que la competencia debía recaer en el domicilio del demandado, conforme a las disposiciones del Código General del Proceso. Esta decisión generó un conflicto de competencia, ya que ambos juzgados se negaron a asumir el conocimiento del caso, lo que llevó a la Corte Suprema de Justicia a intervenir para resolver la controversia. En este contexto, la Corte tuvo que analizar las normas que regulan la competencia territorial y determinar cuál de los juzgados tenía la facultad de conocer el asunto, considerando las especificaciones del pagaré y la elección de la parte demandante.

Lo que analizó la Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema de Justicia evaluó el conflicto de competencia entre los juzgados de Bogotá y Popayán, considerando las reglas de competencia territorial establecidas en el Código General del Proceso. En particular, se centró en la interpretación de las disposiciones que regulan el lugar de cumplimiento de las obligaciones y cómo esto afecta la competencia de los jueces. La Corte destacó que, según el artículo 28 del Código General del Proceso, el demandante tiene la facultad de elegir el juez competente, ya sea en el domicilio del demandado o en el lugar donde se debe cumplir la obligación. Este análisis fue crucial para determinar si la elección del foro por parte de la cooperativa era válida y si el juzgado de Bogotá debía asumir el conocimiento del caso.

“Sobre lo anterior, la Corte se ha pronunciado en reiteradas oportunidades, para destacar que ?Al demandante es a quien la ley lo faculta para escoger, dentro de los distintos fueros del factor territorial, la autoridad judicial que debe pronunciarse sobre un asunto determinado, suficientemente se tiene dicho que una vez elegido por aqu�l su juez…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC2669-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-01843-00 — M.P. [ver documento] — [ver documento]

“Como la discusi�n planteada involucra dos autoridades judiciales de diferente distrito judicial, corresponder�a dirimirla a esta Sala de la Corte Suprema de Justicia Especializada en lo Civil, por ser la superior funcional com�n a ambos, seg�n lo establecido en los art�culos 139 de la ley 1564 de 2012 (C�digo General del Proceso), y 16 de la ley…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC2669-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-01843-00 — M.P. [ver documento] — [ver documento]

“Por ello debe recordarse que al momento de acometer el estudio preliminar sobre el conocimiento del asunto que se le ha encomendado, el administrador de justicia tiene la carga de valorar las reglas que consagra el referido estatuto, y en particular las contenidas en el T�tulo II, Libro Primero, las cuales le han de orientar para que adopte la…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC2669-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-01843-00 — M.P. [ver documento] — [ver documento]

Que dice el Tratado de Casación Civil sobre esto?

El Tratado de Casación Civil establece principios fundamentales sobre la competencia en los procesos judiciales, subrayando la importancia de la elección del juez por parte del demandante. En este contexto, se hace hincapié en que el demandante tiene la libertad de seleccionar el foro que considere más adecuado para la resolución de su conflicto, lo que se traduce en una garantía de acceso a la justicia. Este principio es esencial en el caso en cuestión, ya que la cooperativa eligió el juzgado de Bogotá como el foro competente, basándose en el lugar de cumplimiento de la obligación estipulada en el pagaré. Esto refuerza la idea de que la voluntad del demandante debe ser respetada, siempre que se ajuste a las disposiciones legales.

“A lo largo de mi carrera profesional he encontrado múltiples barreras como litigante para la construcción de demandas de casación en diferentes áreas del derecho, especialmente en lo relacionado con la técnica del recurso extraordinario de casación.”

Maikel Nisimblat — Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026)

Además, el Tratado enfatiza que una vez que el demandante ha elegido su juez natural, la competencia se vuelve privativa, lo que significa que el juez no puede modificarla a menos que el demandado lo impugne de manera fundamentada. Esta perspectiva es crucial para entender por qué la Corte decidió que el juzgado de Bogotá debía conocer el caso, ya que la cooperativa había ejercido su derecho de elección de manera adecuada.

Que errores del Tribunal pueden dar lugar a casación?

En el contexto de la casación, es fundamental identificar los errores que pueden dar lugar a este recurso. En este caso, los errores de los tribunales involucrados se centraron en la interpretación de las normas de competencia. El juzgado de Bogotá cometió un error al rechazar la demanda y remitirla a Popayán, ya que ignoró la elección del foro realizada por la cooperativa, que claramente había optado por el lugar de cumplimiento de la obligación. Este tipo de error puede ser considerado como una violación del derecho de defensa del demandante, ya que se le impidió que su caso fuera conocido por el juez que había elegido. Por otro lado, el juzgado de Popayán también incurrió en un error al abstenerse de conocer el caso, lo que generó confusión y prolongó el proceso judicial. La Corte Suprema, al resolver el conflicto de competencia, dejó claro que la elección del demandante debe ser respetada y que los jueces no pueden actuar de manera arbitraria al determinar su competencia. Estos errores son causales que pueden dar lugar a la casación, ya que afectan directamente el derecho a un debido proceso y a la correcta administración de justicia.

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Cuando procede el recurso de casación en casos como este?

El recurso de casación es un mecanismo legal que permite impugnar decisiones de tribunales superiores, y su procedencia está sujeta a ciertos requisitos. En el caso de acciones ejecutivas, como la que se analiza, la casación puede proceder cuando se ha perdido en segunda instancia o cuando se ha presentado un conflicto de competencia. Para que el recurso sea admisible, es necesario que la cuantía del litigio supere los 1,000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), lo que asegura que se trata de un asunto de relevancia económica. Además, el demandante tiene un plazo de cinco días para presentar el recurso, contados a partir de la notificación de la decisión que se impugna. En cuanto a las causales, el artículo 63 de la Ley 270 de 1996 establece que se puede recurrir a la casación cuando se han vulnerado derechos fundamentales, cuando se ha incurrido en errores de hecho o de derecho, o cuando se ha producido un conflicto de competencia, como en el caso que nos ocupa. Por lo tanto, si se cumplen estos requisitos, el demandante tiene la posibilidad de recurrir a la casación para buscar una revisión de la decisión judicial que considera errónea.

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Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana

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Que significa esto para usted?

Para usted, como ciudadano que enfrenta un conflicto legal, es fundamental entender cómo funciona el sistema judicial y cuáles son sus derechos. La acción ejecutiva por incumplimiento de un pagaré puede parecer un proceso complicado, pero es importante recordar que tiene opciones a su disposición. Si ha perdido en segunda instancia o ha recibido una demanda de casación, es esencial que busque asesoría legal para evaluar su situación y determinar si es viable presentar un recurso de casación. La Corte Suprema de Justicia tiene la responsabilidad de garantizar que se respeten sus derechos y que se aplique correctamente la ley. Por lo tanto, no dude en buscar el apoyo de un abogado que pueda guiarlo en este proceso y ayudarlo a tomar las decisiones adecuadas para proteger sus intereses. En última instancia, el conocimiento de sus derechos y de los procedimientos legales puede marcar la diferencia en el resultado de su caso.

Sobre el autor

Maikel Nisimblat

Maikel Nisimblat es abogado colombiano, autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), investigador en derecho procesal civil y director de Nisimblat Law Offices. Durante mas de 27 anos ha estudiado la jurisprudencia de la Sala de Casacion Civil, desarrollando metodologias que combinan tecnica casacional y analisis sistematico de providencias.

Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad contractual y extracontractual, simulacion, seguros, sucesiones, responsabilidad medica y litigios comerciales de alta complejidad. Nisimblat Law Offices presta servicios de concepto de viabilidad, elaboracion de demanda, contestacion y representacion ante la Corte Suprema.

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Preguntas frecuentes sobre acción ejecutiva conflicto de competencia

¿Qué es una acción ejecutiva? La acción ejecutiva es un procedimiento judicial que busca hacer cumplir obligaciones de pago a través de la intervención del juez. Se utiliza cuando existe un título ejecutivo, como un pagaré, que respalda la deuda.

¿Qué es un conflicto de competencia? Un conflicto de competencia se presenta cuando dos o más juzgados reclaman la facultad de conocer un mismo asunto. Esto puede generar incertidumbre sobre cuál tribunal debe asumir el caso.

¿Cuáles son los requisitos para presentar un recurso de casación? Para que proceda el recurso de casación, es necesario que la cuantía del litigio supere los 1,000 SMLMV, que se presente dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la decisión impugnada y que se aleguen causales específicas, como errores de hecho o de derecho.

¿Qué hacer si se pierde en segunda instancia? Si se pierde en segunda instancia, es recomendable consultar a un abogado para evaluar la posibilidad de presentar un recurso de casación. El abogado podrá analizar los fundamentos del caso y determinar si hay argumentos válidos para impugnar la decisión.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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