Desequilibrio Económico en Contrato De Obra Pública en Nariño: Demora Injustificada En Pagos


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Desequilibrio Económico en Contrato De Obra Pública en Nariño: Demora Injustificada En Pagos

Apertura: La situación de muchos contratistas en Nariño es preocupante. Si usted tiene un contrato de obra pública con la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y enfrenta demoras injustificadas en los pagos, es posible que su proyecto esté en riesgo y que su empresa sufra sobrecostos financieros importantes. Esta problemática, que afecta a contratistas con proyectos que oscilan entre $2.000 millones y $20.000 millones, puede generar frustración, así como dificultades en la operatividad de su negocio. Sin embargo, existe una solución legal que puede ayudarle a restablecer el equilibrio perdido en su contrato.

¿Qué dice la Ley 80 sobre el desequilibrio económico en contratos estatales?

La Ley 80 de 1993 es clave para entender los derechos de los contratistas en el marco de los contratos estatales. En particular, los artículos 4, 5 y 27 son fundamentales para abordar situaciones de desequilibrio económico. El artículo 4 establece que la entidad contratante tiene la obligación de garantizar el equilibrio económico del contrato. Por su parte, el artículo 5 reafirma el principio de la buena fe contractual. Finalmente, el artículo 27 establece que los contratistas tienen derecho a la indemnización por los daños causados por actos injustificados de la administración pública. La aplicación de estos artículos es relevante para los contratos de obra pública, brindando un respaldo legal al contratista que enfrenta demoras en los pagos.

Sus derechos como contratista ante ANI en Nariño

Como contratista afectado por la demora injustificada en los pagos, usted cuenta con varios derechos. A continuación, se enumeran cinco derechos concretos que puede ejercer:

1. Derecho a la indemnización por sobrecostos generados.

2. Derecho a la protección del equilibrio económico del contrato.

3. Derecho a presentar reclamaciones formales y recibir respuestas en tiempos adecuados.

4. Derecho a conciliar y buscar una solución extrajudicial.

5. Derecho a iniciar acciones legales ante el Consejo de Estado o Tribunal Administrativo si la respuesta de la ANI no es satisfactoria.

Estas garantías son fundamentales para que su situación sea atendida y resuelta de manera efectiva.

¿Cuánto puede recuperar por demora injustificada en pagos?

En caso de que se reconozca el desequilibrio económico generado por la demora en los pagos, usted podría tener derecho a reclamar diferentes tipos de indemnización. Esto incluye:

  • Sobrecostos directos: Gastos adicionales que haya incurrido a raíz de la mora en los pagos.
  • Lucro cesante: La utilidad que dejó de percibir debido a esta situación.
  • Daño emergente: Costos ocasionados directamente por la demora.
  • Intereses de mora: Por el tiempo que ha transcurrido sin recibir el pago correspondiente.

Los casos pueden llegar a ascender desde $2.000 millones, lo que significa que el impacto económico en su empresa puede ser significativo.

Cómo reclamar el desequilibrio económico paso a paso

Si desea reclamar el desequilibrio económico en su contrato de obra pública, siga estos cuatro pasos:

1. Documentar el desequilibrio con soporte técnico: Reúna toda la información y documentación que respalde su reclamación, incluyendo contratos, actas de pago pendientes y comunicaciones con la ANI.

2. Reclamación formal a la entidad: Presente una solicitud formal a la ANI, detallando la situación y solicitando el reconocimiento de sus derechos.

3. Conciliación extrajudicial obligatoria: Si no recibe respuesta satisfactoria, inicie el proceso de conciliación que es obligatorio antes de acudir a instancias judiciales.

4. Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado: Si la conciliación no resulta, está en su derecho de presentar una demanda en estas instancias.

Plazo para actuar — no espere más

Es importante que no demore más en actuar. Debe tener en cuenta que el plazo de caducidad para reivindicar sus derechos es de dos años a partir de la liquidación del contrato. Este plazo es fatal e improrrogable, por lo que es crucial que actúe antes de firmar el acta de liquidación sin salvedades.

Nisimblat Law — Abogados en desequilibrio económico contratos estatales

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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