No Pago De Actas De Obra en Contrato De Obra De Vías con INVÍAS: Qué Hacer
Es comprensible que se sienta frustrado, especialmente cuando ha cumplido con sus obligaciones en un contrato de obra de vías con INVÍAS y aún no ha recibido el pago correspondiente por las actas de obra realizadas. El Estado le debe dinero y esta situación está causando perjuicios económicos significativos a su empresa. Sin embargo, es importante que sepa que esta situación tiene solución legal. Existen pasos claros que puede seguir para recuperar su dinero.
¿Qué es el no pago en la contratación estatal?
El no pago en la contratación estatal se rige principalmente por la Ley 80 de 1993, la cual establece el marco legal para la actividad contractual del Estado. Según esta ley, el Estado tiene la obligación de cumplir con sus compromisos contractuales, incluyendo el pago en tiempo y forma de las actas de obra. Cuando esto no ocurre, como en su caso, el contratista tiene derecho a exigir dicho cumplimiento. Los artículos 4, 5 y 27 de la ley detallan la responsabilidad del Estado y los derechos fundamentales de los contratistas, dejando en claro que cualquier incumplimiento puede ser objeto de reclamación y, en casos necesarios, de demanda judicial.
Sus derechos como contratista ante INVÍAS
Como contratista afectado, usted tiene varios derechos que puede hacer valer frente a INVÍAS:
1. Derecho a recibir el pago oportuno por las actas de obra realizadas.
2. Derecho a exigir la ejecución de obligaciones contractuales que no han sido cumplidas.
3. Derecho a presentar reclamaciones y recibir respuestas adecuadas de la entidad.
4. Derecho a solicitar la conciliación antes de interponer una demanda.
5. Derecho a acudir ante el Consejo de Estado si las respuestas no son satisfactorias.
El Consejo de Estado será el tribunal competente para resolver las controversias que surjan en la ejecución de su contrato, garantizando que sus derechos sean protegidos.
¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Medellín?
En Medellín, puede judicializar su caso ante algunas situaciones concretas que justifican la demanda contra el Estado:
1. Incumplimiento en el pago de las actas de obra.
2. Demoras significativas en la respuesta a sus reclamaciones.
3. Cambios unilaterales en el contrato que afecten su situación económica.
4. Situaciones de fuerza mayor que no hayan sido reconocidas y compensadas.
Recuerde que las demandas exitosas en estos casos suelen superar los $5.000 millones de pesos, por lo que le conviene actuar con conocimiento y asesoría adecuada.
El proceso legal paso a paso
Para recuperar su dinero de INVÍAS, existen varios pasos claros que debe seguir:
1. Reclamación directa ante la entidad: Presente una reclamación formal por escrito donde exprese el incumplimiento y solicite el pago de las actas de obra.
2. Conciliación extrajudicial: Si no recibe respuesta, solicite una conciliación en la que pueda discutir la situación directamente con un representante de INVÍAS.
3. Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado: Si no se llega a un acuerdo en la conciliación, está en su derecho de interponer una demanda ante el Tribunal Administrativo correspondiente o ante el Consejo de Estado.
4. Liquidación y cobro de la sentencia: Una vez obtenida la sentencia favorable, inicie el proceso de liquidación y cobro.
¿Cuánto tiempo tiene para demandar?
Es fundamental que esté atento al tiempo que tiene para demandar. La caducidad de la acción contractual es de 2 años, contados desde la liquidación del contrato o desde que tuvo conocimiento del daño. Por eso, actuar rápido es crítico. No permita que pase el tiempo sin reclamar lo que es suyo.
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.
Autor de las siguientes publicaciones:
- Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Extracontractual
- Estudios sobre Casacion
