La industria de petróleo y gas se enfrenta a retos complejos que influyen en la ejecución y liquidación de contratos en el sector. Uno de los mecanismos contractuales más utilizados es el de los contratos de Ingeniería, Procura y Construcción (EPC). Sin embargo, la proliferación de disputas legales relacionadas con la interpretación y aplicación de estos contratos ha puesto de manifiesto la necesidad de un análisis jurídico riguroso, especialmente en lo que respecta a la caducidad de la acción de controversias bajo el Derecho de Petróleos y el impacto del conteo erróneo de términos en la liquidación de estas controversias.
La caducidad de la acción de controversias en el Sector Petrolero
Desde un enfoque jurídico, la caducidad de la acción de controversias en el contexto del derecho de hidrocarburos tiene implicaciones significativas que deben ser averiguadas con un escrutinio minucioso. En diversas ocasiones, la jurisprudencia del Consejo de Estado ha resaltado la importancia de los plazos establecidos para la presentación de acciones regidas por la normativa de los hidrocarburos. La caducidad, cuya naturaleza es esencialmente una sanción de orden público, reduce la posibilidad de que un operador dentro de la industria de petróleo y gas pueda reclamar derechos que, de otro modo, serían válidos, pero que se ven frustrados por el transcurso del tiempo.
Esto se convierte en un aspecto crítico para las Uniones Temporales (UT) que operan en esta industria. En el marco de las liquidaciones arbitrarias de contratos EPC, las UT suelen enfrentarse a la difícil tarea de presentar reclamaciones en un contexto donde los plazos son ineludibles. La interpretación súbita y a menudo restringida de los tiempos de caducidad puede resultar en que las UT, a pesar de tener fundamentos sólidos, se vean despojadas de sus derechos a ser indemnizadas por trabajos realizados y costos incurridos.
Conteo erróneo de términos en contratos EPC
Un aspecto que se ha evidenciado en el sector petrolero es el conteo erróneo de términos en los contratos EPC. Estos contratos, que son críticos para la planificación y ejecución de proyectos en la industria de hidrocarburos, suelen presentar complejidades que pueden llevar a malentendidos en los términos acordados. La falta de claridad en la redacción, junto con la influencia del contexto operativo, puede resultar en que las partes involucradas interpretan los términos de forma diferente, lo que a su vez puede generar discrepancias severas en las liquidaciones.
Cuando ocurre un conteo erróneo de estos términos, las UT pueden reclamar y recuperar sumas millonarias que, bajo una correcta interpretación del contrato, pudieron haberse perdido. Este fenómeno no solo afecta la relación contractual entre las partes, sino que también deja ver la fragilidad de la regulación del sector, que en múltiples ocasiones no se anticipa a las posibles controversias derivadas de interpretaciones divergentes.
La capacidad de las UT para presentar reclamaciones debido a estos errores puede ser vista como una estrategia legal efectiva que apunta a equilibrar las asimetrías inherentes en el poder de negociación en la industria petrolera. En la medida en que los errores en el conteo de términos se traduce en alegaciones de incumplimiento o sobrecostos no reconocidos, se abre la puerta para que las UT realicen reclamaciones que, de otro modo, no tendrían fundamento suficiente a raíz de los términos contractuales establecidos.
Conflicto de interés en las firmas tradicionales del Sector Petrolero
En un análisis del sector, emerge también el tema del conflicto de interés que subyace en la relación entre las firmas tradicionales del sector petrolero y las operadoras. Muchas veces, las empresas que ejecutan operaciones en la industria de hidrocarburos son las mismas que mantienen relaciones contractuales con las operadoras, lo que genera un escenario donde la defensa de los intereses de sus clientes puede verse comprometida. Dicho de otro modo, la falta de acción por parte de estas empresas puede explicarse en parte por vínculos comerciales que crean un conflicto de intereses inherente.
Este dilema ético se acentúa en el ámbito del arbitraje, donde se presenta una falta de voluntad, por parte de las firmas tradicionales, para demandar a las operadoras. Esta situación crea un precedente nocivo que puede alentar la impunidad en la industria de hidrocarburos; operadoras que, conscientes del riesgo limitado de tener que rendir cuentas, continúan con prácticas que no se alinean con los estándares de calidad y cumplimiento.
Tal conflicto de interés no solo representa un desafío para la integridad del sector, sino que también plantea preguntas sobre la manera en que se manejan las reclamaciones económicas en el contexto de liquidaciones arbitrarias. Si las firmas no asumen el papel proactivo de demandar a las operadoras, la protección de los derechos de las UT queda comprometida, lo que a su vez afecta el dinamismo y la competitividad del sector petrolero.
Conclusión
En conclusión, el sector petrolero y la industria de hidrocarburos requieren de un marco normativo robusto que no solo regule los contratos EPC, sino que también contemple los riesgos de caducidad de la acción de controversias, errores en el conteo de términos y los conflictos de interés que suelen surgir entre las partes involucradas. La complejidad de la industria petrolera demanda la implementación de prácticas contractuales más transparentes y claras que prevengan la pérdida de derechos por parte de las UT y fomenten un entorno que respete la equidad y la justicia en la resolución de disputas.
El reto se centra en crear una cultura de diligencia y responsabilidad. La industria necesita no solo profesionales del derecho que actúen con fluidez en la interpretación de los contratos, sino también un sistema que incentive a las firmas a proteger proactivamente los derechos de las UT, lo que en última instancia protegería la integridad y sostenibilidad del sector petrolero y de gas. La verdadera fortaleza del sector radica en su capacidad para adaptarse y responder a estos desafíos, estableciendo bases sólidas que propicien un desarrollo sostenible y ético en el ámbito de los hidrocarburos.
MAIKEL NISIMBLAT
Director Jurídico | Experto en el Sector Petrolero e Hidrocarburos
Abogado de la Universidad de los Andes y especialista en Derecho de Petróleos.
Nuestra firma lidera el litigio de alta cuantía en el Sector Petrolero, enfocándose en la nulidad de liquidaciones unilaterales que asfixian a las Uniones Temporales.
Independencia Total: No asesoramos operadoras, lo que nos permite demandar la inoponibilidad de sus manuales de contratación, garantizando el flujo de caja que las firmas con conflictos de interés no pueden defender.
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MAIKEL NISIMBLAT — Director Jurídico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Formación Pon Program Harvard Law School y MIT. Especialista en litigio con más de 25 años de experiencia en casos de mayor complejidad en Colombia.
Autor de las siguientes publicaciones:
- 📘 Respnsabilidad Contractual
- 📘 Responsabilidad extracontractual
- 📘 Estudios sobre Casación
