Peculado por apropiación: defensa en casación penal
Análisis elaborado por
Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices
Maikel Nisimblat es abogado litigante con más de 27 años de experiencia ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Autor del Tratado General y Especial de Casación Civil Colombiana (Amazon, 2026). Especialista en delitos contra la administración pública, delitos económicos y técnica casacional penal.
El peculado por apropiación agravado es un delito que ha generado un intenso debate en el ámbito jurídico colombiano, especialmente en lo que respecta a la defensa de los acusados en procesos de casación. En este contexto, es fundamental comprender cómo se desarrolla el proceso de casación y cuáles son los argumentos que pueden ser utilizados por la defensa para cuestionar las decisiones de los tribunales inferiores. La condena por peculado, en este caso derivada de conciliaciones laborales ilegales, plantea un escenario complejo donde la defensa debe demostrar la existencia de errores en la valoración de las pruebas y en la interpretación de la ley. La defensa en casación no solo busca la revocación de la sentencia, sino también la protección de los derechos fundamentales del acusado, garantizando un debido proceso y una justicia equitativa. En este artículo, se analizarán los hechos, los errores que pueden dar lugar a la casación y las implicaciones de este recurso para quienes enfrentan acusaciones de peculado por apropiación. La comprensión de estos aspectos es crucial para quienes se encuentran en situaciones similares y buscan una defensa efectiva ante la Corte.
¿Qué ocurrió en este caso ante la Sala de Casación Penal?
En el presente caso, se condenó a varios individuos por el delito de peculado por apropiación agravado, relacionado con la obtención de beneficios económicos a través de conciliaciones laborales que resultaron ser ilegales. Los acusados, en su mayoría ex trabajadores de una entidad pública, habían recibido pagos que no les correspondían tras la firma de conciliaciones que fueron posteriormente revocadas por los tribunales. La Fiscalía inició la investigación en 2007, y tras varios años de proceso, se dictó sentencia en primera instancia en 2021, que condenó a los acusados como determinadores del delito. La defensa argumentó que sus representados carecían del dominio del injusto, dado su escaso nivel educativo y su falta de formación jurídica. A pesar de ello, el Tribunal Superior confirmó la condena en 2024, lo que llevó a la defensa a interponer un recurso de casación ante la Corte, buscando cuestionar la legalidad de la decisión y los fundamentos utilizados para sustentar la condena.
Lo que analizó la Sala de Casación Penal
La Sala de Casación Penal se centró en evaluar las demandas presentadas por la defensa, que argumentaban errores en la apreciación de la prueba y en la motivación de la sentencia. Uno de los puntos clave fue la falta de consideración de las circunstancias personales de los acusados, quienes, según la defensa, no tenían la capacidad para comprender la ilegalidad de las conciliaciones que firmaron. Además, se cuestionó la calificación de los acusados como determinadores del delito, argumentando que no se demostró el dolo necesario para tal imputación. La Corte revisó si la relación laboral y la pertenencia a sindicatos eran suficientes para establecer la responsabilidad penal, así como si se había respetado el principio de presunción de inocencia y el derecho a un juicio justo. La defensa también planteó la posibilidad de que la acción penal hubiera prescrito, lo que podría haber influido en la decisión de la Corte.
Sala de Casación Penal · Corte Suprema de Justicia
Consideraciones de la Corte — AP4611-2025
M.P. Hugo Quintero Bernate · Radicación ·
de Peculado por apropiación agravado por la cuantía, descrito en el artículo 397, inciso segundo, del Código Penal, en su texto original de la Ley 599 de 2000. Respecto a la última acusada mencionada (el procesado), se aclaró que el llamamiento a juicio se hacía única y exclusivamente respecto a los hechos derivados del acta de conciliación No. 03 de 05 de mayo de 1998 y cuyos emolumentos recibió, por cuanto por aquellos relacionados en el acta de conciliación No. 60 de 03 de abril de 1998, ésta
Iniciada la etapa de juzgamiento, la cual correspondió al Juzgado 16 Penal del Circuito de la capital, mediante auto interlocutorio de 28 de enero de 2016 declaró la nulidad parcial de lo actuado respecto del abogado procesado el procesado, a partir de la notificación del auto de cierre de la investigación, ordenándose en consecuencia la ruptura de la unidad procesal respecto a éste. Adelantada de manera ordinaria la etapa del juicio, el 16 de diciembre de 2021 se emitió sentencia de primera ins
Interpuesto el recurso de apelación en contra del fallo de primera instancia, el Tribunal Superior de Bogotá, mediante sentencia de 1º de febrero de 2024 confirmó la condena, modificando la decisión impugnada en el sentido de conceder a todos los procesados la suspensión condicional de la ejecución de la pena de acuerdo con lo normado por el artículo 362 de la Ley 600 de 2000, al superar éstos los 65 años de edad (CAMPO OLIVARES, 70; RÚA CHARRIS, 86; RÚA MALDONADO 74; GARCÍA FONTALVO, 77; PELÁEZ
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — AP4611-2025 — M.P. Hugo Quintero Bernate — Radicación —
¿Esta sentencia aplica a su caso?
Solicite un análisis de viabilidad según su situación específica.
¿Qué errores del Tribunal pueden dar lugar a casación en este tipo de caso?
Existen varias causales de casación que pueden ser invocadas en casos de peculado por apropiación agravado. Según el artículo 181 de la Ley 906 de 2004, se pueden considerar los siguientes errores del Tribunal: 1) La falta de valoración adecuada de las pruebas, donde se puede argumentar que el Tribunal no tomó en cuenta elementos probatorios que demostraban la falta de dolo o la incapacidad de los acusados para comprender la ilegalidad de sus acciones. 2) La motivación aparente de la sentencia, donde se puede cuestionar si el Tribunal fundamentó adecuadamente su decisión, limitándose a afirmaciones sin un análisis profundo de las circunstancias del caso. 3) La incorrecta aplicación de la ley, en la que se puede argumentar que el Tribunal aplicó normas que no eran pertinentes para el caso en cuestión. 4) La vulneración del derecho a la defensa, si se demuestra que no se permitieron los alegatos o pruebas que podrían haber beneficiado a los acusados. Estos errores pueden ser determinantes para la revocación de la sentencia y la absolución de los acusados.
Nisimblat Law · Casación Penal Colombia
Concepto de Viabilidad del Recurso de Casación Penal
Revisión integral de la sentencia de segunda instancia
Identificación de causales aplicables (Art. 181 Ley 906/2004)
Análisis de errores del Tribunal en la valoración de pruebas
Evaluación de nulidades y violación de garantías fundamentales
Elaboración de la demanda ante el Tribunal
Representación ante la Sala de Casación Penal
Término fatal: 5 días hábiles desde la notificación — Art. 183 Ley 906/2004.
¿Cuándo procede el recurso de casación penal en este tipo de caso?
El recurso de casación penal procede en los casos en que se han agotado todas las instancias judiciales y se busca revisar la legalidad de la sentencia emitida por el Tribunal Superior. De acuerdo con los artículos 181 a 184 de la Ley 906 de 2004, la defensa tiene un plazo de cinco días para interponer el recurso de casación, contados a partir de la notificación de la sentencia. Posteriormente, la Corte tiene un plazo de 30 días para decidir sobre la admisibilidad del recurso y, en caso de ser admitido, proceder a su estudio. Es importante que la defensa formule argumentos sólidos y bien fundamentados, ya que la Corte se enfoca en la revisión de aspectos legales y no en la revalorización de pruebas. La casación no es un nuevo juicio, sino una oportunidad para corregir errores de procedimiento o interpretación que puedan haber afectado el debido proceso y la justicia en el caso.
¿Qué significa esto para usted?
Para quienes se encuentran enfrentando una condena por peculado por apropiación agravado, el recurso de casación representa una oportunidad crucial para cuestionar la legalidad de la sentencia y buscar una revisión de los hechos. Es fundamental contar con una defensa sólida que pueda identificar errores en el proceso judicial y argumentar de manera efectiva ante la Corte. La casación no solo puede resultar en la anulación de la sentencia, sino que también puede abrir la puerta a una nueva evaluación del caso, garantizando que se respeten los derechos fundamentales del acusado. En este sentido, es esencial que los acusados y sus defensores estén bien informados sobre los procedimientos y causales de casación, así como sobre la importancia de presentar argumentos claros y contundentes que puedan influir en la decisión de la Corte. La defensa en casación es un componente vital del sistema de justicia penal, y su correcta aplicación puede marcar la diferencia entre una condena y la absolución.
Preguntas frecuentes — Peculado por apropiación en casación
1. ¿Qué es el peculado por apropiación agravado? Es un delito que se configura cuando una persona se apropia de bienes ajenos, en este caso, recursos públicos, de manera ilegal y con dolo. La agravación se refiere a la cuantía o a la naturaleza del bien apropiado.
2. ¿Qué se necesita para interponer un recurso de casación? Es necesario haber agotado todas las instancias judiciales previas y contar con argumentos que demuestren errores en la valoración de pruebas o en la aplicación de la ley por parte del Tribunal Superior.
3. ¿Cuál es el plazo para presentar el recurso de casación? La defensa tiene un plazo de cinco días para interponer el recurso de casación, contados a partir de la notificación de la sentencia del Tribunal Superior.
4. ¿Qué puede lograr un recurso de casación? El recurso de casación puede resultar en la anulación de la sentencia condenatoria, permitiendo una nueva evaluación del caso y garantizando el respeto por los derechos del acusado.
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.