No Reconocimiento De Mayores Cantidades De Obra en Contrato Educativo con FONADE: Cómo Reclamar


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No Reconocimiento De Mayores Cantidades De Obra en Contrato Educativo con FONADE: Cómo Reclamar

Como contratista en Manizales, usted se enfrenta a una situación frustrante: el no reconocimiento de mayores cantidades de obra por parte de FONADE en su contrato educativo. Este escenario no solo afecta su flujo de caja, sino que también puede llevar a pérdidas significativas. Sin embargo, es importante que sepa que tiene alternativas legales para reclamar lo que es justo. Aquí le describimos los pasos y derechos que le asisten para recuperar su dinero.

¿Qué es el no en la contratación estatal?

El no reconocimiento de mayores cantidades de obra se encuentra regulado por la Ley 80 de 1993, que establece las normas básicas de la contratación estatal en Colombia. En términos sencillos, este no reconocimiento implica que el Estado no está dispuesto a pagar por trabajos adicionales que usted ha realizado, a pesar de que estos estén debidamente justificados. Según los artículos 4 y 5 de la ley, los contratos estatales deben cumplir con el principio de buena fe y el deber de concurrencia, lo que implica que, si hay variaciones en las cantidades contractuales, estas deben ser reconocidas económicamente. El artículo 27 establece que todo contratista tiene derecho a recibir el pago correspondiente por el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Sus derechos como contratista ante FONADE

Como contratista afectado por el no reconocimiento de mayores cantidades de obra, tiene derechos fundamentales que la ley le otorga. Algunos de estos incluyen:

1. Derecho al reconocimiento y pago de las cantidades adicionales de obra ejecutadas.

2. Derecho a que se le responda en un plazo razonable ante cualquier solicitud de información o resolución.

3. Derecho a interponer recursos administrativos y, en última instancia, a demandar ante los tribunales competentes.

4. Derecho a ser escuchado y a presentar pruebas que respalden su reclamo.

5. Derecho a la protección de sus intereses a través del Consejo de Estado, el tribunal competente en materia de contratación estatal.

¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Manizales?

Interponer una demanda contra el Estado en Manizales puede ser necesario en varias situaciones concretas:

1. Cuando FONADE niega de manera injustificada el reconocimiento de nuevos costos por cambios en la obra.

2. Si la entidad incumple su obligación de pagar sumas adeudadas que hacen parte de su contrato educativo.

3. Cuando agotó los recursos administrativos dentro de la entidad y no obtuvo respuesta satisfactoria.

4. En caso de que los montos reclamados superen los $5.000 millones de pesos, lo que le da un sustento para buscar respaldo judicial.

El proceso legal paso a paso

El proceso para reclamar el reconocimiento de mayores cantidades de obra es claro y consta de los siguientes pasos:

1. **Reclamación directa ante la entidad**: Debe presentar una petición formal a FONADE, donde detalle las cantidades no reconocidas y justifique su reclamación con documentos probatorios.

2. **Conciliación extrajudicial**: Si no recibe respuesta favorable, puede solicitar una conciliación. Este paso busca llegar a un acuerdo amistoso con la entidad, lo cual es un requisito previo antes de acudir a la vía judicial.

3. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: Si la conciliación no es exitosa, puede interponer la demanda formal ante el tribunal competente. En este contexto, el Consejo de Estado se convierte en una alternativa efectiva para buscar justicia.

4. **Liquidación y cobro de la sentencia**: Una vez que el tribunal emita una decisión favorable, deberá proceder a la liquidación del monto reconocido y al cobro de la sentencia.

¿Cuánto tiempo tiene para demandar?

La caducidad de la acción contractual es un aspecto fundamental a considerar. De acuerdo con la normativa, usted tiene un plazo de 2 años para presentar su demanda, contado desde la liquidación del contrato o desde que tuvo conocimiento del daño causado por el no reconocimiento. Por ello, actuar rápidamente es crítico; no deje pasar este tiempo para no perder su derecho al reclamo.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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