No Reconocimiento De Mayores Cantidades De Obra en Contrato De Interventoría con ICBF: Cómo Demandar
Como contratista que ha trabajado arduamente en un contrato de interventoría con el ICBF en Bucaramanga, es comprensible que se sienta frustrado y preocupado por el no reconocimiento de mayores cantidades de obra. La situación de que el Estado le deba dinero o le esté causando perjuicios no es solo injusta, sino que también tiene una solución legal a su alcance. A continuación, le brindamos una guía detallada para que conozca sus derechos y las acciones que puede tomar para recuperar su dinero.
¿Qué es el no en la contratación estatal?
El no reconocimiento de mayores cantidades de obra en la contratación estatal está relacionado con las disposiciones reglamentarias establecidas en la Ley 80 de 1993. Esta ley define los principios de la contratación pública en Colombia y resalta la importancia de la transparencia y la equidad en las relaciones entre el Estado y los contratistas. El artículo 4 menciona que las entidades deben cumplir a cabalidad con las obligaciones contractuales, mientras que los artículos 5 y 27 enfatizan la responsabilidad del Estado en su calidad de contratante, lo que incluye la obligación de reconocer las obras ejecutadas y sus correspondientes costos, siempre y cuando estén debidamente sustentadas. El no reconocimiento de mayores cantidades de obra implica una falta de cumplimiento que afecta directamente su situación financiera.
Sus derechos como contratista ante ICBF
Como contratista en Bucaramanga, tiene una serie de derechos que debe conocer y exigir ante el ICBF. Estos incluyen:
1. Derecho a la remuneración adecuada por las obras ejecutadas.
2. Derecho a presentar modificaciones al contrato cuando se justifiquen mayores cantidades de obra.
3. Derecho a ser notificado sobre cualquier decisión que afecte su contrato.
4. Derecho a presentar recursos administrativos ante la entidad en caso de desacuerdos.
5. Derecho a acceder a la justicia y demandar ante el Consejo de Estado si no se resuelve su situación.
El Consejo de Estado es el tribunal competente para tratar estos casos y proteger sus derechos como contratista.
¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Bucaramanga?
Existen varias situaciones que justifican una demanda contra el estado, especialmente en el contexto de un contrato de interventoría. Algunas de ellas son:
1. Cuando el ICBF incumple con la obligación de reconocer las mayores cantidades de obra que ha ejecutado.
2. Cuando la entidad se niega a dar respuesta a sus reclamaciones dentro de un plazo razonable.
3. Cuando las decisiones tomadas por el ICBF son arbitrarias y afectan su situación contractual.
4. Cuando se presentan defectos en la liquidación del contrato que afectan su derecho a recibir lo adeudado.
Es importante mencionar que las demandas exitosas en este contexto pueden superar los $5.000 millones de pesos, lo que representa una oportunidad valiosa para recuperar lo que le corresponde.
El proceso legal paso a paso
El proceso legal para demandar al ICBF por el no reconocimiento de mayores cantidades de obra puede dividirse en cuatro pasos clave:
1. Reclamación directa ante la entidad: Es esencial que primero intente resolver la situación directamente con el ICBF, presentando formalmente su reclamación y exigiendo el reconocimiento de las obras ejecutadas.
2. Conciliación extrajudicial: Si la reclamación no prospera, el siguiente paso es solicitar una conciliación extrajudicial. Este proceso puede permitirle llegar a un acuerdo sin necesidad de ir a juicio.
3. Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado: Si no se logra un acuerdo, puede proceder a presentar una demanda ante el Tribunal Administrativo de su región o ante el Consejo de Estado, dependiendo de la cuantía involucrada.
4. Liquidación y cobro de la sentencia: Si la sentencia es favorable, podrá realizar el proceso de liquidación y cobro del monto adeudado.
¿Cuánto tiempo tiene para demandar?
Es fundamental actuar rápidamente, ya que la caducidad de la acción contractual es de dos años. Este plazo comienza a contarse desde la liquidación del contrato o desde el momento en que se conoció el daño sufrido. Si no actúa dentro de este tiempo, podría perder su derecho a reclamar lo que le corresponde, así que no demore.
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.
Autor de las siguientes publicaciones:
- Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Extracontractual
- Estudios sobre Casacion
