No Pago De Reajustes De Precios en Contrato Hospitalario con ICBF: Qué Hacer


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No Pago De Reajustes De Precios en Contrato Hospitalario con ICBF: Qué Hacer

Como contratista en Bogotá que ha suscrito un contrato hospitalario con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), seguramente se siente frustrado por el no pago de los reajustes de precios que le corresponden. Esta situación no solo afecta su flujo de caja, sino que también puede comprometer la ejecución de otros proyectos. La buena noticia es que hay soluciones legales disponibles para recuperar lo que le pertenece, y aquí le explicaremos cómo proceder.

¿Qué es el no en la contratación estatal?

El «no» en la contratación estatal se refiere a la negativa o la imposibilidad de pago de obligaciones por parte del ente estatal. Según la Ley 80 de 1993, la contratación estatal se rige por principios de transparencia, eficiencia y economía. En este sentido, los artículos 4 y 5 establecen que cualquier contrato debe respetar los derechos del contratista, asegurando que reciba el pago por los servicios prestados. El artículo 27, por su parte, establece el derecho del contratista a ser indemnizado por los perjuicios ocasionados por la inejecución de las obligaciones por parte de la entidad estatal, como es el caso del no pago de reajustes.

Sus derechos como contratista ante ICBF

Como contratista, tiene derechos específicos que puede hacer valer ante el ICBF en caso de no pago de reajustes de precios. Algunos de estos derechos incluyen:

1. Derecho a recibir los reajustes estipulados en el contrato.

2. Derecho a ser indemnizado por los perjuicios causados por la mora en los pagos.

3. Derecho a solicitar información sobre el estado de su contrato y los pagos asociados.

4. Derecho a presentar recursos de apelación ante decisiones desfavorables.

5. Derecho a demandar si no se resuelven adecuadamente sus reclamos.

El Consejo de Estado se erige como el tribunal competente para dirimir las controversias que surjan en esta relación contractual.

¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Bogotá?

Puede proceder con una demanda contra el Estado en Bogotá en las siguientes situaciones concretas:

1. Si la entidad ha incumplido los términos contractuales establecidos, incluyendo el no pago de reajustes.

2. Cuando ha transcurrido el tiempo razonable para que se realice el pago y no ha habido respuesta de la entidad.

3. Si la entidad ha modificado unilateralmente el contrato en perjuicio de sus derechos.

4. En caso de que no se logre una conciliación efectiva en la fase extrajudicial.

Es importante destacar que las demandas exitosas suelen superar los $5.000 millones de pesos, lo que demuestra la seriedad de su situación.

El proceso legal paso a paso

El proceso legal para recuperar el pago de reajustes de precios se puede desglosar en los siguientes pasos:

1. **Reclamación directa ante la entidad:** Es el primer paso donde deberá presentar su reclamo formalmente al ICBF.

2. **Conciliación extrajudicial:** Si no obtiene respuesta, puede intentar una conciliación para llegar a un acuerdo sin llegar a instancias judiciales.

3. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado:** Si la conciliación no resulta, puede proceder a presentar una demanda formal.

4. **Liquidación y cobro de la sentencia:** Si gana la demanda, podrá proceder a ejecutar la sentencia y cobrar los montos ordenados por el juez.

¿Cuánto tiempo tiene para demandar?

El tiempo para presentar una demanda en estos casos está sujeto a la caducidad de la acción contractual, que es de 2 años a partir de la liquidación del contrato o desde el momento en que se conoció el daño ocasionado. Actuar rápidamente es crucial para no perder su derecho a reclamar lo que le corresponde.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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