No Pago De Actas De Obra en Contrato De Construcción De Infraestructura con Ministerio de Salud: Sus Derechos Como Contratista


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No Pago De Actas De Obra en Contrato De Construcción De Infraestructura con Ministerio de Salud: Sus Derechos Como Contratista

Como contratista colombiano que ya ha cumplido con su labor en la construcción de infraestructura para el Ministerio de Salud, es frustrante enfrentar la situación del no pago de las actas de obra. Ustedes han invertido tiempo, recursos y esfuerzo, y ahora el Estado les debe dinero. Esta realidad no solo afecta su flujo de caja, sino que también tiene repercusiones en sus proyectos y su reputación como empresario. Sin embargo, es importante que sepa que hay vías legales para hacer valer sus derechos y recuperar lo que le corresponde.

¿Qué es el no en la contratación estatal?

El no en la contratación estatal se refiere a la negativa o incumplimiento, por parte del Estado, de sus obligaciones contractuales. Según la Ley 80 de 1993, esta ley regula la contratación de entidades estatales en Colombia y establece que el contratista tiene derecho a recibir la contraprestación pactada en el contrato. En este sentido, el artículo 4 enfatiza que la entidad debe cumplir con sus obligaciones, mientras que los artículos 5 y 27 plantean que, en caso de incumplimiento, el contratista puede exigir el pago pertinente y demandar al Estado si es necesario. Su situación de no pago de actas de obra claramente entra en esta categoría, y es fundamental que conozca sus derechos.

Sus derechos como contratista ante Ministerio de Salud

Como contratista, usted tiene derechos fundamentales frente al Ministerio de Salud, que son relevantes en situaciones de incumplimiento y no pago. Estos son:

1. Derecho a recibir el pago por las actas de obra validadas en los términos acordados en el contrato.

2. Derecho a presentar reclamaciones y que estas sean atendidas en un plazo razonable.

3. Derecho a solicitar conciliaciones extrajudiciales si se enfrenta a un desacuerdo con la entidad.

4. Derecho a demandar al Estado ante el Consejo de Estado en caso de no recibir respuesta adecuada a sus reclamos.

5. Derecho a obtener indemnización por los daños derivados del incumplimiento.

Es crucial que conozca y exija estos derechos para proteger su situación económica y contractual.

¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Colombia?

La demanda contra el Estado en Colombia es un recurso que debe usarse cuando se presenta una situación de incumplimiento que merezca una solución judicial. En términos concretos, las siguientes situaciones justifican la presentación de una demanda:

1. Cuando la entidad no responde a sus reclamaciones en un plazo razonable.

2. Cuando se agoten las posibilidades de conciliación y no se llega a un acuerdo.

3. Cuando no ha recibido un pago o se le ha negado un derecho de forma injustificada.

4. Cuando el monto de la deuda supera los $5.000 millones de pesos, lo que se traduce en una demanda de alta cuantía.

Es fundamental documentar todas las interacciones previas a la demanda para respaldar su caso ante el Consejo de Estado.

El proceso legal paso a paso

La recuperación de sus pagos puede ser un proceso complejo, pero es posible seguir un camino claro. A continuación, le presentamos los pasos a seguir:

1. **Reclamación directa ante la entidad**: Documento formal que solicite el pago de las actas de obra impagadas.

2. **Conciliación extrajudicial**: Un mecanismo para intentar resolver el conflicto sin necesidad de acudir a la justicia, que puede ser solicitado si la entidad no responde adecuadamente.

3. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: Si las etapas anteriores no funcionan, presentará su caso siguiendo los procedimientos establecidos.

4. **Liquidación y cobro de la sentencia**: Una vez que se obtenga una sentencia favorable, procederá a ejecutar el cobro de lo resuelto.

¿Cuánto tiempo tiene para demandar?

Es fundamental que actúe con rapidez. La caducidad de la acción contractual es de 2 años, contados desde la liquidación del contrato o desde que se conoció el daño. No permitir que el tiempo pase sin actuar es crucial para preservar su derecho a reclamar.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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