Imposición de servidumbre pública de conducción de energía eléctrica — conflicto de competencia judicial Colombia
Analisis elaborado por
Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices
Maikel Nisimblat es abogado litigante con mas de 27 anos de experiencia en litigios civiles ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Es autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), obra basada en el analisis de 138 providencias verificadas de la Sala de Casacion Civil. Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad civil, contratos, simulacion, seguros, construccion y responsabilidad medica.
Este analisis hace parte de una coleccion de mas de 3.300 providencias de la Corte Suprema comentadas por Nisimblat Law Offices.
La imposición de una servidumbre pública de conducción de energía eléctrica puede generar conflictos legales complejos, especialmente cuando se presenta un desacuerdo sobre la competencia judicial. En el caso que analizamos, el Grupo Energía Bogotá S.A. – GEB S.A. ESP se vio involucrado en un litigio con José Avelino Peña Gómez, quien era el propietario del predio sobre el cual se solicitó la servidumbre. Este tipo de situaciones no son infrecuentes y pueden resultar en la necesidad de recurrir a instancias superiores, como la Corte Suprema de Justicia, para resolver conflictos de competencia. Si usted se encuentra en una situación similar, es fundamental entender qué es la casación y cómo puede ayudarle a buscar una solución justa. La casación es un recurso que permite a las partes impugnar decisiones judiciales ante la Corte Suprema, buscando su revisión y, en su caso, su anulación. Este recurso puede ser clave para quienes sienten que sus derechos no han sido adecuadamente protegidos en instancias anteriores.
¿Qué ocurrió en este caso ante la Corte Suprema?
En este caso, el conflicto surgió entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Cogua y el Juzgado Treinta Civil Municipal de Bogotá, ambos reclamando la competencia para conocer del juicio de imposición de servidumbre pública. El Grupo Energía Bogotá S.A. presentó una demanda ante el Juzgado Promiscuo Municipal de Cogua, solicitando la imposición de una servidumbre de conducción de energía eléctrica sobre un predio específico, conocido como «Los Lirios». Este predio estaba registrado a nombre de José Avelino Peña Gómez. La demanda fue admitida inicialmente por el juzgado de Cogua, que realizó varias actuaciones, incluyendo la inscripción de la demanda y la designación de un auxiliar de justicia. Sin embargo, posteriormente, el Juzgado Promiscuo Municipal de Cogua se declaró incompetente para continuar con el proceso, argumentando que la Corte Suprema de Justicia había establecido previamente la competencia para este tipo de casos. Así, el juzgado remitió el asunto al Juzgado Treinta Civil Municipal de Bogotá. Al recibir el caso, este último también se declaró incompetente, argumentando que el proceso debía continuar en el juzgado donde se había presentado originalmente, es decir, en Cogua. Esta situación generó un conflicto de competencia que finalmente fue elevado a la Corte Suprema para su resolución.
Lo que analizó la Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia tuvo que evaluar cuál de los dos juzgados era el competente para conocer del proceso de imposición de la servidumbre. En su análisis, la Corte consideró los principios establecidos en el Código General del Proceso, especialmente aquellos relacionados con la competencia territorial y la calidad de las partes involucradas. La Corte se centró en determinar si debía prevalecer la competencia del juzgado donde se presentó la demanda inicialmente o si, por el contrario, debía aplicarse la regla de competencia privativa que favorecía a la entidad pública demandante. Este análisis fue crucial para resolver el conflicto y establecer una jurisprudencia clara sobre la materia.
“En virtud de las pautas interpretativas previstas en los art�culos 27 y 28 del C�digo Civil, que aluden en su orden a que, ?[c]uando el sentido de la ley sea claro, no se desatender� su tenor literal a pretexto de consultar su esp�ritu?, y ?[l]as palabras de la ley se entender�n en su sentido natural y obvio, seg�n el uso general de las mismas…”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC181-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2020-03461-00 — M.P. [ver documento] — 26 de febrero de 2020
“Como se anot� anteriormente, en las controversias donde concurran los dos fueros privativos enmarcados en los numerales 7� y 10� del art�culo 28 del C�digo General del Proceso, como el que se presenta cuando una entidad p�blica pretende imponer una servidumbre de conducci�n de energ�a el�ctrica sobre un fundo privado, surge el siguiente…”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC181-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2020-03461-00 — M.P. [ver documento] — 26 de febrero de 2020
“Se desprende de lo anterior que, cuando se presenta una colisi�n de competencia entre dos fueros privativos como la que ahora concierne la atenci�n de la Sala, no es del resorte del actor elegir el lugar donde presentar el libelo genitor, sino que es la ley la que se�ala cu�l de los dos prevalece, pues, el art�culo 29 ejusdem, precept�a que ?es…”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC181-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2020-03461-00 — M.P. [ver documento] — 26 de febrero de 2020
¿Qué dice el Tratado de Casación Civil sobre esto?
El Tratado de Casación Civil establece principios fundamentales sobre la competencia judicial y la forma en que deben resolverse los conflictos de competencia. En este caso, se aplican las normas que regulan la competencia en procesos donde intervienen entidades públicas y derechos reales. Es importante destacar que el Tratado enfatiza la necesidad de respetar las reglas de competencia establecidas en el Código General del Proceso, que determinan cómo deben proceder los juzgados en situaciones de conflicto. De acuerdo con el Tratado, en casos donde una entidad pública es parte del proceso, la competencia se determina no solo por la ubicación del bien, sino también por la calidad de las partes involucradas. Esto significa que, en situaciones como la presente, el juez del domicilio de la entidad pública puede tener competencia privativa.
“A lo largo de mi carrera profesional he encontrado múltiples barreras como litigante para la construcción de demandas de casación en diferentes áreas del derecho, especialmente en lo relacionado con la técnica del recurso extraordinario de casación.”
Maikel Nisimblat — Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026)
El Tratado también señala que la interpretación de las normas de competencia debe hacerse de manera que se garantice el acceso a la justicia y se protejan los derechos de las partes. En este sentido, es fundamental que los jueces actúen con base en los principios establecidos y no dejen de lado la normativa que rige la materia, asegurando así un proceso justo y equitativo.
¿Qué errores del Tribunal pueden dar lugar a casación?
En el contexto de este caso, varios errores procesales podrían dar lugar a la casación. Uno de los principales errores podría ser la incorrecta aplicación de las normas de competencia. Si un tribunal se declara incompetente sin justificación adecuada o si no aplica correctamente las reglas de competencia privativa establecidas en el Código General del Proceso, esto podría ser motivo de casación. Además, si se ignoran los principios de perpetuatio jurisdictionis, que establece que una vez que un tribunal ha asumido el conocimiento de un asunto, no puede ser desplazado por otro, también se estaría cometiendo un error que podría dar lugar a la casación. Otro aspecto a considerar es la falta de motivación en las decisiones judiciales. Si un tribunal no fundamenta adecuadamente su decisión sobre la competencia o si no responde a los argumentos presentados por las partes, esto podría ser considerado un defecto que justifique el recurso de casación. Por último, la vulneración de derechos fundamentales de las partes, como el derecho al debido proceso, también puede ser un motivo para impugnar la decisión ante la Corte Suprema.
Nisimblat Law · Casacion Civil Colombia
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¿Cuándo procede el recurso de casación en casos como este?
El recurso de casación es procedente en situaciones donde se han agotado todas las instancias judiciales y se busca impugnar una decisión que se considera errónea. En el caso de la imposición de servidumbre pública, es importante que se cumplan ciertos requisitos para que el recurso sea admitido. Uno de los requisitos es que el valor del litigio supere los 1,000 SMLMV, lo que establece un umbral económico para la procedencia del recurso. Además, el recurso debe interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la decisión que se desea impugnar. Es fundamental que el recurso de casación se base en causales específicas, como la violación de normas procesales, la falta de aplicación de la ley o la incorrecta interpretación de las normas aplicables. En este sentido, es esencial que las partes que deseen recurrir a la casación se asesoren adecuadamente para identificar las causales que pueden ser invocadas y preparar un argumento sólido que respalde su solicitud ante la Corte Suprema.
Obra de referencia
Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana
Maikel Nisimblat · Amazon, 2026 · 33 capitulos · 223 secciones
Esta investigacion hace parte del analisis sistematico desarrollado en el Tratado, basado en 138 providencias verificadas de la Sala de Casacion Civil. Desarrolla: tecnica del recurso, causales, errores de hecho y de derecho, valoracion probatoria, jurisprudencia comentada y metodologia practica para litigantes ante la Corte Suprema de Justicia.
¿Qué significa esto para usted?
Si usted se encuentra en una situación similar a la del caso analizado, es fundamental que comprenda la importancia de la competencia judicial y cómo puede afectar el resultado de su proceso. La imposición de servidumbres públicas puede ser un tema complejo y, a menudo, genera conflictos que requieren una resolución adecuada. Conocer sus derechos y las vías legales disponibles, como el recurso de casación, puede ser crucial para proteger sus intereses. Además, es importante contar con el apoyo de un abogado especializado que le ayude a navegar por el sistema judicial y a presentar su caso de manera efectiva. No subestime la importancia de actuar a tiempo y de manera informada, ya que esto puede marcar la diferencia en el resultado de su situación legal.
Sobre el autor
Maikel Nisimblat
Maikel Nisimblat es abogado colombiano, autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), investigador en derecho procesal civil y director de Nisimblat Law Offices. Durante mas de 27 anos ha estudiado la jurisprudencia de la Sala de Casacion Civil, desarrollando metodologias que combinan tecnica casacional y analisis sistematico de providencias.
Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad contractual y extracontractual, simulacion, seguros, sucesiones, responsabilidad medica y litigios comerciales de alta complejidad. Nisimblat Law Offices presta servicios de concepto de viabilidad, elaboracion de demanda, contestacion y representacion ante la Corte Suprema.
Preguntas frecuentes sobre imposición de servidumbre pública y conflicto de competencia
¿Qué es una servidumbre pública? La servidumbre pública es un derecho que permite a una entidad, generalmente del estado o una empresa de servicios públicos, utilizar un terreno privado para el desarrollo de actividades de interés público, como la conducción de energía eléctrica.
¿Qué hacer si se presenta un conflicto de competencia? Si se presenta un conflicto de competencia, es fundamental que se eleve el asunto a la Corte Suprema de Justicia, que tiene la facultad de resolver este tipo de disputas entre juzgados.
¿Cuáles son las causales para interponer un recurso de casación? Las causales incluyen la incorrecta aplicación de normas procesales, la falta de motivación en las decisiones judiciales y la vulneración de derechos fundamentales, entre otras.
¿Qué plazo tengo para interponer el recurso de casación? El plazo para interponer el recurso de casación es de cinco días a partir de la notificación de la decisión que se desea impugnar.
Nisimblat Law · 27 anos en casacion civil
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.
Autor de las siguientes publicaciones:
- Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Extracontractual
- Estudios sobre Casacion
