Expropiación de bien inmueble por utilidad pública — conflicto de competencia Colombia



Expropiación de bien inmueble por utilidad pública — conflicto de competencia Colombia

Analisis elaborado por

Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices

Maikel Nisimblat es abogado litigante con mas de 27 anos de experiencia en litigios civiles ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Es autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), obra basada en el analisis de 138 providencias verificadas de la Sala de Casacion Civil. Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad civil, contratos, simulacion, seguros, construccion y responsabilidad medica.

Este analisis hace parte de una coleccion de mas de 3.300 providencias de la Corte Suprema comentadas por Nisimblat Law Offices.

Si usted ha sido parte de un proceso judicial relacionado con la expropiación de un bien inmueble, es posible que se haya sentido abrumado por la complejidad de los procedimientos legales y las decisiones que se toman en instancias superiores. La situación se complica aún más cuando se presenta un conflicto de competencia entre diferentes juzgados, como ocurrió en la sentencia AC1756-2021, donde la Corte Suprema de Justicia tuvo que decidir entre dos juzgados que reclamaban la competencia para conocer del caso de expropiación promovido por la Agencia Nacional de Infraestructura. La expropiación por utilidad pública es un proceso que permite al Estado adquirir propiedades privadas para fines de interés general, pero también puede generar conflictos legales que afectan a los propietarios. En este contexto, es fundamental entender qué es la casación y cómo puede ayudar a quienes se sienten perjudicados por decisiones judiciales que consideran injustas.

Que ocurrió en este caso ante la Corte Suprema?

En el caso que nos ocupa, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) solicitó la expropiación de un bien inmueble conocido como «CASA LOTE», ubicado en el barrio Chuchuribí de Cereté, Córdoba. Este bien estaba registrado a nombre de José Miguel Ochoa Herrera. La ANI argumentó que la expropiación era necesaria por motivos de utilidad pública, lo que implica que el bien sería utilizado para un proyecto que beneficiaría a la comunidad en general. La demanda fue presentada ante el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cereté, que inicialmente asumió la competencia del caso basándose en la ubicación del inmueble y en el valor estimado de la propiedad, que era de 62.683.731 pesos. Sin embargo, el juzgado rechazó la demanda al considerar que no tenía competencia para continuar con el proceso, citando una providencia anterior de la Corte que establecía que en casos de expropiación, la competencia debía recaer en el juez del domicilio de la entidad pública demandante. Así, el caso fue remitido al Juzgado Veintiocho Civil del Circuito de Bogotá, que también se declaró incompetente, argumentando que la ANI había renunciado a su fuero privativo al presentar la demanda en el lugar donde se encontraba el bien. Esta situación generó un conflicto de competencia que finalmente fue resuelto por la Corte Suprema de Justicia.

Lo que analizó la Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema tuvo que evaluar la competencia judicial para conocer del proceso de expropiación en el que se discutía si debía aplicarse el fuero privativo del juez del domicilio de la entidad pública o el del lugar donde se encontraba el bien. La Corte actuó como superior funcional de los juzgados en conflicto y se basó en las disposiciones del Código General del Proceso para resolver la controversia. La decisión se centró en determinar cuál de las reglas de competencia era prevalente en este caso específico, considerando la naturaleza del proceso de expropiación y la calidad de las partes involucradas.

“En virtud de las pautas interpretativas previstas en los art�culos 27 y 28 del C�digo Civil, que aluden en su orden a que, ?[c]uando el sentido de la ley sea claro, no se desatender� su tenor literal a pretexto de consultar su esp�ritu?, y ?[l]as palabras de la ley se entender�n en su sentido natural y obvio, seg�n el uso general de las mismas…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC1756-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-00597-00 — M.P. [ver documento] — 22 de julio de 2020

“Como se anot� anteriormente, en las controversias donde concurran los dos fueros privativos enmarcados en los numerales 7� y 10� del art�culo 28 del C�digo General del Proceso, como el que se presenta cuando una entidad p�blica pretende imponer una servidumbre de conducci�n de energ�a el�ctrica sobre un fundo privado, surge el siguiente…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC1756-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-00597-00 — M.P. [ver documento] — 22 de julio de 2020

“Se desprende de lo anterior que, cuando se presenta una colisi�n de competencia entre dos fueros privativos como la que ahora concierne la atenci�n de la Sala, no es del resorte del actor elegir el lugar donde presentar el libelo genitor, sino que es la ley la que se�ala cu�l de los dos prevalece, pues, el art�culo 29 ejusdem, precept�a que ?es…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC1756-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-00597-00 — M.P. [ver documento] — 22 de julio de 2020

Que dice el Tratado de Casación Civil sobre esto?

El Tratado de Casación Civil establece principios fundamentales que guían la resolución de conflictos de competencia en procesos judiciales, especialmente en aquellos que involucran a entidades públicas. Este tratado resalta la importancia de la competencia territorial y subjetiva, y cómo estas deben ser interpretadas en función de la naturaleza del litigio. En el contexto del caso de expropiación, el tratado enfatiza que la ley debe ser aplicada de manera que se respete la calidad de las partes, lo que significa que cuando una entidad pública es parte del proceso, el juez del domicilio de esta entidad tiene la competencia privativa. Esto se conecta directamente con la decisión de la Corte, que tuvo que decidir entre dos fueros privativos y aplicar la normativa vigente para determinar cuál debía prevalecer en este caso.

“El estudio de la técnica casacional constituye uno de los mayores retos en la vida profesional de un abogado litigante.”

Maikel Nisimblat — Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026)

Además, el tratado menciona que en situaciones donde hay un conflicto de competencia, es esencial que el juez actúe conforme a las reglas establecidas por el legislador, evitando que la elección del lugar donde se presenta la demanda sea una decisión arbitraria del demandante. Esto asegura que se mantenga la coherencia y la justicia en la administración de la justicia.

Que errores del Tribunal pueden dar lugar a casación?

En el contexto de la casación, es fundamental identificar los errores que pueden haber cometido los tribunales inferiores que justifiquen la intervención de la Corte Suprema. En este caso, uno de los errores más evidentes es la incorrecta aplicación de las normas sobre competencia. La Corte ha establecido que en procesos de expropiación, la competencia debe ser determinada no solo por la ubicación del bien, sino también por la calidad de las partes involucradas. Si un tribunal ignora este principio y asume competencia de manera errónea, esto puede dar lugar a la casación. Otro error podría ser la falta de motivación en las decisiones, ya que los jueces deben fundamentar adecuadamente sus resoluciones, explicando por qué consideran que tienen o no competencia. La falta de análisis de las pruebas y de los argumentos presentados por las partes también puede ser motivo de casación, ya que la Corte busca garantizar que se respeten los derechos de los litigantes y que se tomen decisiones justas y fundamentadas. En resumen, cualquier decisión que no respete las normas procesales o que carezca de una adecuada justificación puede ser susceptible de ser revisada por la Corte Suprema a través del recurso de casación.

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Cuando procede el recurso de casación en casos como este?

El recurso de casación es un mecanismo legal que permite a las partes impugnar decisiones de tribunales inferiores ante la Corte Suprema de Justicia. En el caso de conflictos de competencia, como el que hemos analizado, el recurso de casación puede proceder cuando se cumplen ciertos requisitos. En primer lugar, es necesario que la cuantía del proceso sea igual o superior a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), lo que asegura que solo se revisen casos de relevancia económica. Además, el recurso debe interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la decisión que se impugna. Es fundamental que el recurso se presente por las causales establecidas en el Código General del Proceso, que incluyen la violación de normas procesales, la falta de motivación en las decisiones y la incorrecta aplicación de la ley. En resumen, el recurso de casación es un recurso extraordinario que busca garantizar la correcta aplicación de la justicia en casos donde se han presentado errores en la decisión de los tribunales inferiores.

Obra de referencia

Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana

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Que significa esto para usted?

Si usted se encuentra en una situación similar a la del caso de expropiación analizado, es crucial que comprenda sus derechos y las opciones legales a su disposición. La expropiación de bienes inmuebles por parte del Estado puede ser un proceso complicado y, a menudo, genera incertidumbre y preocupación entre los propietarios. Es fundamental que se asesore adecuadamente para entender si la decisión tomada por los tribunales es justa y si hay fundamentos para interponer un recurso de casación. La casación no solo es un medio para corregir errores judiciales, sino que también es una herramienta para proteger sus derechos como propietario. Si ha recibido una decisión desfavorable en un proceso de expropiación, no dude en buscar asesoría legal para evaluar su situación y determinar si es posible presentar un recurso de casación. La justicia debe ser accesible y efectiva, y conocer sus derechos es el primer paso para garantizar que se respeten.

Sobre el autor

Maikel Nisimblat

Maikel Nisimblat es abogado colombiano, autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), investigador en derecho procesal civil y director de Nisimblat Law Offices. Durante mas de 27 anos ha estudiado la jurisprudencia de la Sala de Casacion Civil, desarrollando metodologias que combinan tecnica casacional y analisis sistematico de providencias.

Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad contractual y extracontractual, simulacion, seguros, sucesiones, responsabilidad medica y litigios comerciales de alta complejidad. Nisimblat Law Offices presta servicios de concepto de viabilidad, elaboracion de demanda, contestacion y representacion ante la Corte Suprema.

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Preguntas frecuentes sobre expropiación competencia judicial

¿Qué es la expropiación por utilidad pública? La expropiación por utilidad pública es un proceso mediante el cual el Estado adquiere bienes privados para destinarlos a proyectos que beneficien a la comunidad, como la construcción de carreteras o escuelas.

¿Qué hacer si considero que la expropiación de mi propiedad es injusta? Si considera que la expropiación es injusta, puede impugnar la decisión ante los tribunales y, si es necesario, presentar un recurso de casación si se cumplen los requisitos establecidos.

¿Cuáles son los plazos para presentar un recurso de casación? El recurso de casación debe presentarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la decisión que se impugna, y es importante que se cumplan todos los requisitos legales para su admisión.

¿Qué implicaciones tiene un conflicto de competencia en un proceso de expropiación? Un conflicto de competencia puede retrasar el proceso de expropiación y generar incertidumbre sobre cuál tribunal tiene la autoridad para decidir sobre el caso, lo que puede afectar los derechos de los propietarios.

Nisimblat Law · 27 anos en casacion civil

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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