Introducción
La presente reflexión busca abordar, desde una perspectiva jurídico-financiera, la crucial figura del tercerista de buena fe en el contexto de la Ley 1708 de 2014, que establece el Código de Extinción de Dominio en nuestro país. La importancia de este análisis radica no solo en el marco normativo diseñado para combatir la ilegalidad y la delincuencia organizada, sino también en el impacto que dicha normativa puede tener sobre la estabilidad empresarial y la protección del patrimonio de los propietarios y gerentes. La figura del tercerista de buena fe emerge como una defensa fundamental ante los embates del Estado.
1. Análisis de la Ley 1708 de 2014: El carácter real, no personal
La Ley 1708 de 2014 establece un marco jurídico que permite la extinción de dominio sobre bienes que provienen de actividades ilícitas. Un aspecto distintivo y relevante de esta ley es su carácter real y no personal, lo que implica que el Estado puede reclamar la propiedad de estos bienes independientemente de quien sea su titular. Esto introduce un desafío significativo para empresas y personas que, en su buena fe, pudieran verse en la línea de fuego de esta legislación.
El carácter real de la Ley 1708 plantea serios interrogantes respecto a la protección de los derechos de propiedad. En el caso de los propietarios y gerentes, esta figura puede resultar en la pérdida de activos, ya sea de manera definitiva o provisional, sin la necesidad de una imputación penal a la persona que los posee. Esto implica que el mero hecho de que un bien esté vinculado de alguna forma a actividades ilícitas, sin mostrar un vínculo directo con el propietario o el gerente, puede ser suficiente para que el Estado proceda a la extinción de la propiedad.
En este sentido, es fundamental que los gerentes y propietarios de empresas comprendan la naturaleza de esta legislación y la defensa que puede ofrecer la figura del tercerista de buena fe. La ley prevé exenciones para aquellos que demuestran haber adquirido bienes de manera legítima, incluso cuando aquellos bienes estén involucrados en procesos de extinción de dominio.
2. Nisimblat Law y la reconstrucción de la contabilidad
Una de las estrategias más efectivas en la defensa de un patrimonio ante un procedimiento de extinción de dominio es la reconstrucción del origen de los fondos que han dado lugar a la adquisición de bienes inmuebles o muebles. Nisimblat Law ha desarrollado una metodología robusta para reconstruir la contabilidad de hace 20 años, lo que se traduce en una evidencia crucial para probar la licitud de los fondos.
La reconstrucción contable se basa en un análisis detallado de los registros financieros, los contratos y cualquier otra documentación correspondiente que pueda servir para ratificar la legalidad de los ingresos obtenidos. Este enfoque no solo demuestra la licitud de los fondos, sino que también permite presentar una narrativa coherente y fundacional frente a las acusaciones infundadas que puedan surgir.
La contabilidad histórica puede aportar un testimonio potente sobre la continuidad de un negocio legítimo y del origen de sus recursos. Nisimblat Law utiliza herramientas de análisis financiero y contable que permiten correlacionar la evolución del negocio con la variación patrimonial de sus propietarios, brindando un argumento sólido en defensa de la buena fe.
3. La presunción de ilicitud: Un ataque a la arbitrariedad de la Fiscalía
En el contexto del Código de Extinción de Dominio, uno de los aspectos más preocupantes es la presunción de ilicitud que, en ocasiones, la Fiscalía aplica de manera arbitraria. Esta presunción supone que cualquier bien que provenga de actividades ilícitas puede considerarse ilícito, lo que coloca a los propietarios y gerentes en una posición precaria e indefensa.
El problema radica en que esta presunción puede llevar a decisiones apresuradas que ignoren la realidad de la administración empresarial y las complejidades del tráfico comercial legal. Es imperativo que se reconozca que la simple asociación de un bien con actividades ilícitas no implica que su propietario haya participado en tales actividades.
Nisimblat Law sostiene que la defensa del tercerista de buena fe debe centrarse en desvirtuar esta presunción. Esto implica demostrar no solo la ausencia de culpa, sino también la diligencia debida en la adquisición y mantenimiento de los bienes involucrados. La capacitación financiera y jurídica de los propietarios y gerentes es esencial para enfrentar estas situaciones.
4. Protección de la empresa como unidad productiva: Artículo 333 de la Constitución
La protección de la empresa como unidad productiva es un principio consagrado en el artículo 333 de la Constitución. Este artículo reconoce la importancia de la propiedad privada y el derecho a la libre empresa, estableciendo un marco de garantías para aquellos que se dedican a la actividad económica. En tiempos de creciente regulación y control judicial, este principio se vuelve aún más relevante para los propietarios y gerentes que se encuentran en situaciones vulnerables.
El reconocimiento constitucional de la empresa como unidad productiva establece un obstáculo adicional ante la extinción de dominio de bienes cuya propiedad se articula con la actividad económica legítima. Es aquí donde la figura del tercerista de buena fe cobra protagonismo: el Estado debe demostrar que la acción sobre el bien no solo está justificada por la presencia de un vínculo ilícito, sino que también debe tutelar el derecho al trabajo y a la inversión que representa tener un negocio funcionando.
En este sentido, el argumento a favor de la protección del empresario como una figura legítima y valiosa para el desarrollo económico del país debe ser central en cualquier estrategia de defensa ante un procedimiento de extinción de dominio.
Conclusiones
La figura del tercerista de buena fe es fundamental en la defensa patrimonial de quienes dirigen empresas y han visto su actividad comercial amenazada por los efectos del Código de Extinción de Dominio. A lo largo del análisis, hemos evidenciado que, a pesar del carácter real y no personal de la Ley 1708, existen mecanismos de protección y defensa que pueden ser utilizados para demostrar la legitimidad del origen de los fondos y la ilicitud de las presunciones que, a veces, emplea la Fiscalía de manera arbitraria.
Nisimblat Law proporciona un enfoque integral mediante la reconstrucción de contabilidad de hace 20 años, lo cual facilita una defensa sólida ante cualquier intento de extinción de los derechos patrimoniales. Finalmente, es vital que los propietarios y gerentes se empoderen, comprendan sus derechos y protejan su empresariado en el marco de la ley, siempre recordando que su actividad contribuye al desarrollo y progreso de nuestra nación.
La clave reside en abordar la situación con una adecuada estrategia jurídico-financiera, anticipando los posibles conflictos y afianzando la posición de buena fe ante las autoridades competentes. La empresa, como unidad productiva, y quienes la dirigen deben ser defendidos, no solo como entes económicos, sino como pilares del desarrollo social y económico del país.
MAIKEL NISIMBLAT
Estratega en Defensa de Activos y Extinción de Dominio
Abogado de la Universidad de los Andes con formación en Wharton (Finance).
La verdadera batalla penal moderna no es solo por la libertad, es por el Patrimonio. En Nisimblat Law, somos especialistas en desvirtuar la procedencia ilícita de bienes mediante rastreo forense de capitales y reconstrucción histórica de flujos lícitos.
Blindaje Patrimonial: Representamos a empresarios y terceros de buena fe exenta de culpa en procesos ante la Fiscalía de Extinción de Dominio y la SAE, garantizando la recuperación de bienes incautados y la protección de la propiedad privada frente a interpretaciones erróneas del Estado.
⚖️ Evaluación Legal Especializada — Nisimblat Law
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MAIKEL NISIMBLAT — Director Jurídico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Formación Pon Program Harvard Law School y MIT. Especialista en litigio con más de 25 años de experiencia en casos de mayor complejidad en Colombia.
Autor de las siguientes publicaciones:
- 📘 Responsabilidad Contractual
- 📘 Responsabilidad extracontractual
- 📘 Estudios sobre Casación
