Ejecución de cláusula penal en contrato de arrendamiento — inexigibilidad Colombia



ejecución de cláusula penal en contrato de arrendamiento — inexigibilidad Colombia

Analisis elaborado por

Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices

Maikel Nisimblat es abogado litigante con mas de 27 anos de experiencia en litigios civiles ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Es autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), obra basada en el analisis de 138 providencias verificadas de la Sala de Casacion Civil. Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad civil, contratos, simulacion, seguros, construccion y responsabilidad medica.

Este analisis hace parte de una coleccion de mas de 3.300 providencias de la Corte Suprema comentadas por Nisimblat Law Offices.

La situación que enfrenta un arrendador que intenta ejecutar una cláusula penal en un contrato de arrendamiento puede ser frustrante, especialmente si se encuentra con la inexigibilidad de dicha cláusula. Este fue el caso de Jhon Alexánder Celis Lozano, quien se vio obligado a recurrir a la Corte Suprema de Justicia tras una decisión adversa en segunda instancia. La casación es un recurso que permite a las partes cuestionar las decisiones de los tribunales inferiores, buscando una revisión de la interpretación y aplicación del derecho. En este contexto, es fundamental entender cómo se aplica la cláusula penal en los contratos de arrendamiento y qué condiciones deben cumplirse para que sea exigible. La Corte Suprema, en su sentencia STC047-2021, abordó estos temas, estableciendo criterios importantes sobre la inexigibilidad de las cláusulas penales en contratos de arrendamiento.

Que ocurrió en este caso ante la Corte Suprema?

El caso que llegó a la Corte Suprema de Justicia involucra a Jhon Alexánder Celis Lozano, quien actuó como arrendador en un contrato de arrendamiento. Este demandó a César Torres Bernal y otros por el incumplimiento de los cánones de arrendamiento y la ejecución de una cláusula penal acordada en el contrato. La demanda fue presentada ante el Juzgado Treinta y Siete Civil del Circuito de Bogotá, donde se solicitó el pago de los cánones insolutos y la cláusula penal. El tribunal de primera instancia emitió un mandamiento de pago el 22 de febrero de 2018, pero los demandados presentaron excepciones, entre ellas la de inexigibilidad de la cláusula penal. En una sentencia posterior, el tribunal de primera instancia decidió que solo se debía pagar parcialmente los cánones de arrendamiento y declaró no probada la excepción de inexigibilidad de la cláusula penal. Esto llevó a los demandados a apelar la decisión. En la alzada, el tribunal de segunda instancia ratificó el pago parcial, pero revocó la decisión sobre la cláusula penal, argumentando que los demandados no habían sido constituidos en mora, lo que hacía inviable la reclamación de la cláusula penal. Ante esta situación, el arrendador decidió presentar un recurso de casación, argumentando que se habían vulnerado sus derechos al no considerar que los demandados habían renunciado a la constitución en mora.

Lo que analizó la Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema de Justicia evaluó si el tribunal de segunda instancia había vulnerado los derechos del actor al declarar improcedente la ejecución de la cláusula penal. En su análisis, la Corte revisó los argumentos presentados por las partes y la interpretación de las cláusulas del contrato de arrendamiento. La Corte se centró en determinar si existía una renuncia expresa a la constitución en mora y si la notificación del mandamiento de pago era suficiente para considerar a los deudores en mora. La Corte concluyó que el tribunal de segunda instancia había cometido un error al no reconocer que la notificación del mandamiento de pago constituía suficiente evidencia de la mora, lo que permitía la exigibilidad de la cláusula penal. Esto llevó a la Corte a revocar la decisión del tribunal inferior y a dar la razón al arrendador, estableciendo así criterios importantes sobre la ejecución de cláusulas penales en contratos de arrendamiento.

“Para la Sala, se incurri� en la vulneraci�n denunciada, de un lado, porque contrario a lo sostenido por el colegiado convocado, los deudores s� renunciaron a la constituci�n en mora, seg�n se observa en la cl�usula d�cima del contrato de arrendamiento[4] y, de otro, por cuanto, al tenor de lo reglado en el art�culo 423 del C�digo General del…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — STC047-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2020-03468-00 — M.P. [ver documento] — 22 de febrero de 2018

“?(?) [S]e insiste, los contratantes acordaron una cl�usula penal por incumplimiento, sin renunciar a la constituci�n en mora, circunstancia de medular importancia, pues hasta que ello ocurriera no era posible perseguir la obligaci�n principal (pago de c�nones de arrendamiento), y la penalidad; por lo que resulta fundada esta censura y, por ende,…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — STC047-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2020-03468-00 — M.P. [ver documento] — 22 de febrero de 2018

“Este contrato ser� prueba suficiente para el cobro de la pena? (?). [S]e advierte que los [pactantes] no renunciaron al requerimiento de ser constituidos en mora para el pago de dicha cl�usula; entonces, no es posible tener acreditada la causaci�n de la pena, pues para que ello ocurriera deb�a probar el ejecutante [aqu� actor] que constituy� en…”

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — STC047-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2020-03468-00 — M.P. [ver documento] — 22 de febrero de 2018

Que dice el Tratado de Casación Civil sobre esto?

El Tratado de Casación Civil establece principios fundamentales sobre la naturaleza y exigibilidad de las cláusulas penales en los contratos. En este contexto, se resalta la importancia de la constitución en mora como un requisito para la exigibilidad de la cláusula penal. La Corte, al analizar el caso, se basó en estos principios para determinar que la notificación del mandamiento de pago era suficiente para considerar a los deudores en mora. Esto implica que, en situaciones similares, los arrendadores deben estar atentos a las estipulaciones contractuales y a la forma en que se comunican las obligaciones a los arrendatarios. La Corte enfatizó que la existencia de una cláusula penal no garantiza su exigibilidad si no se cumplen los requisitos establecidos por la ley y el contrato.

“Mediante el uso de la tecnología, el análisis de datos y el estudio sistemático de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, busca exponer las líneas jurisprudenciales que gobiernan la técnica del recurso de casación civil en Colombia.”

Maikel Nisimblat — Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026)

Además, el Tratado menciona que las cláusulas penales pueden clasificarse en compensatorias y moratorias, lo que influye en la forma en que se pueden reclamar. En este caso, la Corte consideró que la cláusula penal en cuestión era compensatoria, lo que significa que el arrendador debía optar entre exigir el cumplimiento de la obligación principal o la pena, pero no ambas simultáneamente. Esto es un aspecto crucial que los arrendadores deben tener en cuenta al redactar sus contratos y al momento de hacer valer sus derechos en caso de incumplimiento.

Que errores del Tribunal pueden dar lugar a casación?

Existen varios errores que un tribunal puede cometer y que pueden dar lugar a la procedencia del recurso de casación. En el caso analizado, se identificaron errores relacionados con la interpretación de la cláusula penal y la constitución en mora. Uno de los errores más significativos fue la falta de reconocimiento de que la notificación del mandamiento de pago era suficiente para considerar a los deudores en mora. Este aspecto es fundamental, ya que la constitución en mora es un requisito esencial para la exigibilidad de la cláusula penal. La Corte también destacó que el tribunal de segunda instancia había ignorado la renuncia expresa a la constitución en mora, lo que constituía un error en la valoración de las pruebas presentadas. Además, la falta de claridad en la redacción de la cláusula penal y su relación con la obligación principal también puede dar lugar a confusiones y errores en la interpretación. Por lo tanto, es crucial que los contratos sean redactados de manera clara y precisa, evitando ambigüedades que puedan dar lugar a disputas legales.

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Cuando procede el recurso de casación en casos como este?

El recurso de casación es procedente en casos como este cuando se cumplen ciertos requisitos establecidos por la ley. En primer lugar, es necesario que la cuantía del litigio sea igual o superior a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). Además, el recurso debe interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la decisión que se impugna. En cuanto a las causales, el artículo 1.646 del Código Civil establece que la casación puede proceder por violación de normas sustantivas o por errores en la interpretación de las mismas. En este caso, el arrendador alegó que el tribunal había cometido errores en la interpretación de la cláusula penal y en la valoración de la prueba relacionada con la constitución en mora. Es fundamental que los abogados y las partes involucradas en un proceso judicial comprendan estos requisitos y causales para poder hacer uso efectivo del recurso de casación y proteger sus derechos.

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Que significa esto para usted?

Para usted, como arrendador o arrendatario, entender la naturaleza de la cláusula penal y los requisitos para su exigibilidad es crucial. La decisión de la Corte Suprema de Justicia en este caso resalta la importancia de redactar contratos claros y precisos, así como de cumplir con los requisitos legales para la constitución en mora. Si se encuentra en una situación similar, es fundamental que busque asesoría legal adecuada para garantizar que sus derechos sean protegidos y que pueda hacer valer sus reclamaciones de manera efectiva. La casación es una herramienta poderosa que puede ayudar a corregir errores en decisiones judiciales, pero su éxito depende de una adecuada comprensión de los procedimientos y requisitos legales. En este sentido, contar con el apoyo de un abogado especializado puede marcar la diferencia en el resultado de su caso.

Sobre el autor

Maikel Nisimblat

Maikel Nisimblat es abogado colombiano, autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), investigador en derecho procesal civil y director de Nisimblat Law Offices. Durante mas de 27 anos ha estudiado la jurisprudencia de la Sala de Casacion Civil, desarrollando metodologias que combinan tecnica casacional y analisis sistematico de providencias.

Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad contractual y extracontractual, simulacion, seguros, sucesiones, responsabilidad medica y litigios comerciales de alta complejidad. Nisimblat Law Offices presta servicios de concepto de viabilidad, elaboracion de demanda, contestacion y representacion ante la Corte Suprema.

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Preguntas frecuentes sobre cláusula penal arrendamiento inexigibilidad

¿Qué es una cláusula penal en un contrato de arrendamiento? La cláusula penal es una disposición contractual que establece una sanción económica para la parte que incumpla con sus obligaciones. En un contrato de arrendamiento, puede referirse a la penalización por el no pago de cánones o por el incumplimiento de otras obligaciones contractuales.

¿Cuándo es exigible una cláusula penal? La cláusula penal es exigible cuando se cumplen los requisitos establecidos en el contrato y la ley, lo que incluye la constitución en mora del deudor. Sin embargo, si no se ha constituido en mora, la cláusula puede ser considerada inexigible.

¿Qué significa estar constituido en mora? Estar constituido en mora significa que el deudor ha sido notificado formalmente sobre el incumplimiento de su obligación y se le ha dado la oportunidad de cumplir. Esto es un requisito previo para exigir el cumplimiento de la cláusula penal.

¿Qué hacer si la cláusula penal es declarada inexigible? Si la cláusula penal es declarada inexigible, el acreedor puede recurrir a la casación si considera que se han cometido errores en la interpretación de la ley o del contrato. Es recomendable buscar asesoría legal para evaluar las opciones disponibles.

Nisimblat Law · 27 anos en casacion civil

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