Diagnóstico tardío de infarto en urgencias — Responsabilidad médica en Colombia



Infarto no detectado en urgencias: ¿Cuándo el médico es responsable?

Una de las preguntas más críticas que se hacen los pacientes afectados es: ¿qué pasa si el infarto no fue detectado en urgencias y eso causó un daño mayor? La respuesta es clara: el médico puede ser responsable si no actuó con la diligencia necesaria para diagnosticar y tratar la condición del paciente. En Colombia, el diagnóstico tardío de infarto puede dar lugar a demandas por negligencia médica, especialmente si hay evidencia de que el profesional de salud no siguió los procedimientos adecuados al atender al paciente.

¿Cuándo hay responsabilidad médica por diagnóstico tardío de infarto?

La responsabilidad médica en casos de diagnóstico tardío de infarto se establece a partir de varios criterios legales. En primer lugar, se debe probar que el médico actuó de manera negligente, lo que implica que no cumplió con los estándares de cuidado que se esperaban en su labor. Como señala el Consejo de Estado en su fallo sobre la «prestación irregular del servicio», “la entidad demandada no prueba diligencia y cuidado debidos al paciente; de la siguiente manera: No se trata de una presunción de responsabilidad”.

Este fallo establece que, en casos de diagnóstico tardío, la carga de la prueba recae sobre el médico y la institución para demostrar que actuaron conforme a los estándares requeridos. Si no pueden demostrar esto, se puede considerar que hubo una falta y, por lo tanto, responsabilidad.

Qué dice la jurisprudencia colombiana

La jurisprudencia colombiana ha abordado de manera clara los casos de responsabilidad médica. En una de las sentencias de la Corte Suprema, se menciona que “los demandantes solicitaron que se condene al pago de los perjuicios derivados de la muerte” de un paciente debido a una atención inadecuada, lo que enfatiza la importancia de una evaluación rigurosa de los casos de infarto no detectado en urgencias.

Asimismo, la Corte ha señalado que “violar indirectamente por errores de hecho manifiestos en la apreciación material de las pruebas” puede ser un fundamento para la responsabilidad médica, lo que implica que cualquier error en el diagnóstico o tratamiento puede resultar en consecuencias legales para el profesional y la institución.

Cómo probar la negligencia médica

Para demostrar la negligencia médica en un caso de diagnóstico tardío de infarto, es crucial contar con ciertas pruebas. A continuación, se presentan algunos elementos que se deben considerar:

1. **Historia clínica del paciente:** Debe incluir todos los registros de atención en urgencias, incluyendo síntomas, diagnóstico y tratamiento.

2. **Registro de llegada al servicio de urgencias:** Hora y fecha de ingreso son fundamentales para establecer un cronograma de atención.

3. **Resultados de pruebas diagnósticas:** Electrocardiogramas y análisis de enzimas cardíacas son esenciales para evaluar la condición del paciente.

4. **Testimonios de testigos:** Pueden ser otros pacientes o familiares que presenciaron la atención brindada.

5. **Dictamen pericial:** Un experto en cardiología puede establecer si el retraso en el diagnóstico causó un daño mayor al músculo cardíaco.

6. **Protocolos de atención de urgencias:** Evaluar si se siguieron las guías y protocolos establecidos para el manejo del infarto.

¿Cuánto puede reclamar?

En casos de diagnóstico tardío de infarto, los pacientes o sus familias pueden reclamar diferentes tipos de compensaciones, que incluyen:

  • **Daño emergente:** Gastos médicos, cirugías y tratamientos posteriores al infarto. Dependiendo de la gravedad, estos costos pueden sumar cifras significativas, fácilmente alcanzando varios millones de pesos.
  • **Lucro cesante:** Se refiere a la pérdida de ingresos debido a incapacidades ocasionadas por el infarto. Dependiendo del tiempo de incapacidad, esto podría significar una suma considerable para el paciente.
  • **Daño moral:** Este tipo de daño se refiere al sufrimiento psicológico y emocional que el paciente o sus familiares experimentan. La Corte Suprema ha establecido que este daño puede ser de hasta 100 SMLMV, lo que equivaldría a aproximadamente 100 millones de pesos colombianos.

Preguntas frecuentes

**P: ¿Cuándo hay negligencia por no detectar un infarto en urgencias?**

**R:** Cuando el médico de urgencias no ordena un electrocardiograma y enzimas cardíacas ante síntomas sugestivos de infarto, da de alta a un paciente con síntomas cardíacos activos, o demora más de lo razonable en el diagnóstico causando mayor daño al músculo cardíaco.

**P: ¿El tiempo es crítico en un infarto?**

**R:** Sí. Cada minuto de retraso en el tratamiento destruye más músculo cardíaco. La regla médica es ‘tiempo es músculo’. Si el retraso en el diagnóstico causó mayor daño cardíaco o muerte, eso puede generar responsabilidad directa del médico y la institución.

**P: ¿Responde el hospital si el médico de urgencias no detectó el infarto?**

**R:** Sí. La institución responde solidariamente por los actos de su personal médico. Si además hubo demora en la atención por falta de equipos o protocolos inadecuados, la responsabilidad institucional es aún más clara.

**P: ¿Cómo se prueba el diagnóstico tardío de infarto?**

**R:** Con el registro de llegada al servicio de urgencias, hora del electrocardiograma, hora del diagnóstico, hora del tratamiento, y dictamen cardiológico que establezca si el retraso causó mayor daño. La historia clínica de urgencias es la prueba principal.

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📚 Jurisprudencia consultada:

📋 Prestación_irregular_del_servicio.doc — Consejo de Estado

📋 ALGUNOS-ESTUDIOS-CONTEMPORÁNEOS-RESPONSABILIDAD-MÉDICA — Corte Suprema

📋 ALGUNOS-ESTUDIOS-CONTEMPORÁNEOS-RESPONSABILIDAD-MÉDICA — Corte Suprema

📋 Prestación_irregular_del_servicio.doc — Consejo de Estado

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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