Desequilibrio Económico en Contrato De Vigilancia Y Seguridad en Santander: Extensión De Plazo No Remunerada
Apertura: Muchos contratistas en Santander que tienen contratos de vigilancia y seguridad con entidades estatales, como la Gobernación de Cundinamarca, enfrentan la compleja realidad del desequilibrio económico. Cuando la entidad extiende plazos sin reconocimiento de los costos adicionales, la situación se vuelve frustrante. Sin embargo, existe una solución legal que puede ayudarle a recuperar lo que le corresponde. La clave está en entender sus derechos y cómo actuar efectivamente.
¿Qué dice la Ley 80 sobre el desequilibrio económico en contratos estatales?
La Ley 80 de 1993 establece principios claros sobre los contratos estatales en Colombia. En su Artículo 4, se define el principio de equilibrio financiero, el cual obliga a las entidades a garantizar que los contratistas reciban el pago adecuado por su prestación. El Artículo 5, por su parte, establece la obligación de la entidad de restablecer dicho equilibrio cuando existan situaciones que generen desequilibrio, como en el caso de la extensión de plazos no remunerada. Por último, el Artículo 27 reconoce el derecho del contratista a ser indemnizado por los perjuicios causados por el incumplimiento de la entidad. Estos fundamentos aplican de manera específica a los contratos de vigilancia y seguridad.
Sus derechos como contratista ante Gobernación de Cundinamarca en Santander
Como contratista afectado, tiene derechos fundamentales que debe conocer:
1. Derecho a la estabilidad económica: La entidad debe restablecer el equilibrio financiero tras una extensión de plazo no remunerada.
2. Derecho a ser indemnizado por sobrecostos: Tiene derecho a reclamar los gastos adicionales ocasionados por la extensión del plazo.
3. Derecho a solicitar una revisión de los costos: Puede pedir una modificación del valor del contrato para incluir los nuevos costos.
4. Derecho a la conciliación: Puede solicitar un trámite de conciliación para resolver la situación directamente con la entidad.
5. Derecho a recurrir a la justicia: Si no obtiene respuesta, puede presentar su caso ante el Tribunal Administrativo o el Consejo de Estado.
¿Cuánto puede recuperar por extensión de plazo no remunerada?
Un contratista puede reclamar varios tipos de indemnización por la extensión de plazo no remunerada. Es esencial calcular de forma correcta:
- Sobrecostos directos: Gastos adicionales en personal, insumos y operativos debido a la extensión del contrato.
- Lucro cesante: Ganancias que dejó de percibir durante el tiempo que permaneció sin el reconocimiento de sus costos.
- Daño emergente: Pérdidas financieras directas que resultaron a raíz de la falta de pago.
- Intereses de mora: Intereses generados por el tiempo que la entidad tardó en reconocer y pagar los sobrecostos.
En casos que manejan cifras entre $2.000 millones y $20.000 millones, estos factores pueden generar montos significativos a su favor.
Cómo reclamar el desequilibrio económico paso a paso
El proceso para reclamar el desequilibrio económico por extensión de plazo no remunerada se puede dividir en cuatro pasos claros:
1. Documentar el desequilibrio con soporte técnico: Es fundamental contar con informes que respalden su solicitud y evidencien los costos adicionales.
2. Reclamación formal a la entidad: Presentar una carta formal a la Gobernación de Cundinamarca argumentando el desequilibrio y solicitando el pago de los sobrecostos.
3. Conciliación extrajudicial obligatoria: Si no obtiene respuesta, debe solicitar una conciliación, proceso obligatorio antes de presentar una demanda.
4. Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado: Si la conciliación no resuelve el conflicto, puede proceder a interponer una demanda ante la jurisdicción correspondiente.
Plazo para actuar — no espere más
Recuerde que la caducidad para reclamar el desequilibrio económico es de dos años a partir de la liquidación del contrato. Este plazo es fatal e improrrogable. Es crucial que actúe antes de firmar el acta de liquidación sin salvedades para no perder su derecho a reclamar.
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.
Autor de las siguientes publicaciones:
- Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Extracontractual
- Estudios sobre Casacion
