Desequilibrio Económico en Contrato De Infraestructura Hospitalaria en Córdoba: Extensión De Plazo No Remunerada


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Desequilibrio Económico en Contrato De Infraestructura Hospitalaria en Córdoba: Extensión De Plazo No Remunerada

La situación actual de muchas empresas en Córdoba que tienen contratos de infraestructura hospitalaria con la Alcaldía Municipal es preocupante. Estos contratistas, enfrentando extensiones de plazo no remuneradas, se ven en la difícil circunstancia de asumir costos adicionales sin recibir compensación alguna. Este desequilibrio económico no solo afecta su flujo de caja, sino que también pone en riesgo la viabilidad de sus operaciones. Sin embargo, existe una solución legal.

¿Qué dice la Ley 80 sobre el desequilibrio económico en contratos estatales?

La Ley 80 de 1993 establece un marco legal claro respecto al equilibrio económico en contratos estatales. En sus artículos 4, 5 y 27, se especifica que la administración pública tiene la obligación de restablecer el equilibrio financiero cuando ocurren circunstancias que impactan el contrato, como es el caso de la ampliación de plazos por causas atribuibles a la entidad. Esta ley es aplicable a los contratos de infraestructura hospitalaria, por lo que usted, como contratista, tiene el derecho a exigir el reconocimiento de sus costos fijos adicionales.

Sus derechos como contratista ante Alcaldía Municipal en Córdoba

Como contratista, tiene derechos que son fundamentales en este tipo de situaciones. Estos incluyen:

1. Derecho a ser indemnizado por los sobrecostos generados por la extensión de plazo no remunerada.

2. Derecho a reclamar el lucro cesante derivado de la prolongación del contrato.

3. Derecho a que la entidad respecte sus condiciones contractuales, especialmente en lo que se refiere a tiempo y costos.

4. Derecho a presentar recursos administrativos ante la Alcaldía si no se reconocen sus derechos.

5. Derecho a recurrir al Consejo de Estado o Tribunales Administrativos en caso de no obtener respuesta satisfactoria.

La protección de estos derechos ha sido reafirmada por el Consejo de Estado y los Tribunales Administrativos en numerosas ocasiones, considerando que el equilibrio del contrato es esencial para la relación entre el Estado y sus contratistas.

¿Cuánto puede recuperar por extensión de plazo no remunerada?

El monto que puede recuperar por una extensión de plazo no remunerada depende de varios factores, pero existen tipos específicos de indemnización que normalmente se pueden reclamar:

1. Sobrecostos directos: Gastos extraordinarios que ha tenido que asumir debido a la ampliación del plazo.

2. Lucro cesante: Pérdidas que ha sufrido por la falta de ingresos esperados durante el tiempo adicional.

3. Daño emergente: Costos adicionales relacionados con la ejecución del contrato.

4. Intereses de mora: Intereses aplicables por la falta de pago de los sobrecostos.

Para contratos valorados entre $2.000 millones y $20.000 millones, las reclamaciones pueden ser significativas y perjudiciales para la entidad si no se manejan adecuadamente.

Cómo reclamar el desequilibrio económico paso a paso

El procedimiento para reclamar un desequilibrio económico por extensión de plazo no remunerada se puede simplificar en cuatro pasos:

1. Documentar el desequilibrio con soporte técnico: Reúna pruebas que evidencien la extensión de plazos y los costos adicionales incurridos.

2. Reclamación formal a la entidad: Presente una reclamación clara y documentada a la Alcaldía Municipal, exigiendo el reconocimiento de sus derechos.

3. Conciliación extrajudicial obligatoria: Si no se llega a un acuerdo, se debe asistir a una conciliación antes de llevar el asunto a instancias judiciales.

4. Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado: Si la conciliación no es fructífera, se puede presentar una demanda ante estas entidades.

Este proceso debe ejecutarse con el acompañamiento de un abogado especializado en desequilibrio económico en contratos estatales en Colombia, que pueda asesorarlo en cada etapa.

Plazo para actuar — no espere más

Es fundamental que actúe pronto. La caducidad de las acciones por desequilibrio económico es de dos años, contados desde la liquidación del contrato. Este plazo es fatal e improrrogable, por lo que le exhortamos a no esperar más y a iniciar su reclamación antes de firmar el acta de liquidación sin salvedades.

Nisimblat Law — Abogados en desequilibrio económico contratos estatales

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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