Demanda de Servidumbre — Conflicto de Competencia Colombia
Analisis elaborado por
Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices
Maikel Nisimblat es abogado litigante con mas de 27 anos de experiencia en litigios civiles ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Es autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), obra basada en el analisis de 138 providencias verificadas de la Sala de Casacion Civil. Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad civil, contratos, simulacion, seguros, construccion y responsabilidad medica.
Este analisis hace parte de una coleccion de mas de 3.300 providencias de la Corte Suprema comentadas por Nisimblat Law Offices.
Recientemente, un caso de gran relevancia ha surgido en el ámbito judicial colombiano, donde el Grupo de Energía de Bogotá S.A. E.S.P. presentó una demanda de imposición de servidumbre contra Manuel Antonio Castro Sierra. Este tipo de demandas son comunes en el contexto de la expansión de infraestructuras, especialmente en el sector energético. Sin embargo, lo que hace este caso particularmente interesante es el conflicto de competencia que se generó entre dos juzgados: el Tercero Civil Municipal de Zipaquirá y el Séptimo Civil Municipal de Oralidad de Bogotá. Esta situación es un claro ejemplo de cómo la elección del juez puede influir en el desarrollo de un proceso judicial. La casación, en este contexto, se convierte en un recurso esencial para resolver disputas sobre la competencia de los juzgados. A través de este artículo, exploraremos los detalles de este caso, la decisión de la Corte Suprema y qué significa esto para aquellos que se encuentran en situaciones similares.
Qué ocurrió en este caso ante la Corte Suprema?
En este caso, el Grupo de Energía de Bogotá S.A. E.S.P. presentó una demanda de imposición de servidumbre el 12 de febrero de 2018, argumentando que necesitaba establecer una servidumbre de conducción de energía eléctrica sobre un predio perteneciente a Manuel Antonio Castro Sierra. La elección del juzgado fue justificada por la ubicación del predio, que contaba con matrícula 156-17024. El juzgado de Zipaquirá, al recibir la demanda, realizó varias diligencias, incluyendo la práctica de una inspección judicial y la recolección de un dictamen pericial. Sin embargo, el 25 de febrero de 2020, el juzgado declaró su falta de competencia, argumentando que la competencia debía recaer en los jueces del domicilio de la entidad demandante, en este caso, el Grupo de Energía de Bogotá. Este argumento se basó en el numeral 10 del artículo 28 del Código General del Proceso, que establece que en los procesos donde interviene una entidad pública, la competencia es privativa del juez del domicilio de dicha entidad. La decisión del juzgado de Zipaquirá generó un conflicto de competencia con el Séptimo Civil Municipal de Oralidad de Bogotá, que también se declaró incompetente, lo que llevó a la Corte Suprema a intervenir y decidir sobre este conflicto.
Lo que analizó la Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia tuvo que evaluar el conflicto de competencia entre los dos juzgados mencionados. En su análisis, la Corte se basó en los principios establecidos en el Código General del Proceso, especialmente en lo que respecta a la competencia territorial y la naturaleza de las partes involucradas. La Corte consideró que, dado que el Grupo de Energía de Bogotá es una entidad pública, la competencia debía ser determinada en función de su domicilio, lo que implica que el juez de Bogotá debía ser el competente para conocer la demanda de imposición de servidumbre. Este análisis se fundamentó en la necesidad de garantizar la seguridad jurídica y el respeto a los derechos de las partes involucradas, así como en la interpretación de las normas que regulan la competencia judicial en Colombia.
“Dilema que conforme el criterio prevalente de la Sala plasmado en AC140-2020, del que el suscrito ponente disinti� con salvamento de voto, pero que conforme dijera en AC388-2020, en sometimiento a los principios de igualdad y seguridad jur�dica aplica en los casos semejantes que debe resolver, tiene soluci�n en el inciso primero del art�culo 29…”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC507-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2020-03333-00 — M.P. [ver documento] — 12 de febrero de 2018
“Ahora bien, atinente a las contiendas sobre servidumbres, sea imposici�n, variaci�n o extinci�n, el numeral 7 del art�culo 28 ejusdem establece una �competencia privativa�, asign�ndolas en forma exclusiva, �nica y excluyente al juzgador del lugar donde est� el bien involucrado en la litis, en cuanto prescribe que �[e]n los procesos en que se…”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC507-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2020-03333-00 — M.P. [ver documento] — 12 de febrero de 2018
“Siendo consecuentes con lo expuesto, cabe reconocer que opera el privilegio reconocido por el numeral 10� del art�culo 28 citado a favor de la entidad p�blica, para que se adelante el litigio en su sede, independientemente de que lo haya incoado ante el fallador del territorio donde se encuentra el bien objeto de la servidumbre, por cuanto…”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC507-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2020-03333-00 — M.P. [ver documento] — 12 de febrero de 2018
Qué dice el Tratado de Casación Civil sobre esto?
El Tratado de Casación Civil establece principios fundamentales que guían la interpretación y aplicación de las normas procesales en Colombia. En este contexto, se hace hincapié en la importancia de la competencia judicial y cómo esta puede afectar el desarrollo de un proceso. En el caso de la demanda de servidumbre, el Tratado refuerza la idea de que la competencia debe ser determinada no solo por la ubicación del bien objeto de la litis, sino también por la naturaleza de las partes involucradas. Esto significa que, en situaciones donde una entidad pública es parte del proceso, su domicilio prevalece a la hora de determinar el juez competente. Esta interpretación es crucial para evitar conflictos de competencia y asegurar que los procesos se desarrollen de manera ordenada y eficiente.
“A lo largo de mi carrera profesional he encontrado múltiples barreras como litigante para la construcción de demandas de casación en diferentes áreas del derecho, especialmente en lo relacionado con la técnica del recurso extraordinario de casación.”
Maikel Nisimblat — Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026)
Además, el Tratado de Casación Civil señala que la correcta identificación de la competencia es esencial para la validez de las decisiones judiciales. Si un juez actúa sin competencia, sus decisiones pueden ser impugnadas, lo que genera incertidumbre y puede prolongar innecesariamente los procesos. En este sentido, el caso del Grupo de Energía de Bogotá es un claro ejemplo de cómo la falta de claridad en la competencia puede llevar a conflictos entre diferentes juzgados, lo que a su vez puede afectar los derechos de las partes involucradas.
Qué errores del Tribunal pueden dar lugar a casación?
En el contexto de la casación, es fundamental identificar qué errores pueden dar lugar a la impugnación de una decisión judicial. En este caso específico, uno de los errores que se puede señalar es la incorrecta determinación de la competencia. La Corte Suprema ha establecido que la competencia es un aspecto esencial del debido proceso y que cualquier error en su determinación puede ser objeto de casación. En este sentido, si un tribunal se declara incompetente sin fundamento suficiente o si no respeta los fueros establecidos por la ley, esto puede dar lugar a la impugnación de su decisión. Además, la falta de aplicación de los principios establecidos en el Código General del Proceso, como el respeto a la naturaleza de las partes y la correcta interpretación de los fueros de competencia, también puede ser motivo de casación. En resumen, cualquier error que afecte la validez de la competencia y, por ende, el desarrollo del proceso, puede ser objeto de revisión por parte de la Corte Suprema.
Nisimblat Law · Casacion Civil Colombia
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Cuando procede el recurso de casación en casos como este?
El recurso de casación es un mecanismo procesal que permite a las partes impugnar decisiones judiciales ante la Corte Suprema de Justicia. En el contexto de una demanda de servidumbre, como la presentada por el Grupo de Energía de Bogotá, la casación puede proceder en diversas circunstancias. En primer lugar, es importante destacar que para que proceda el recurso, la cuantía del litigio debe ser superior a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). Además, la parte interesada tiene un plazo de cinco días hábiles para presentar el recurso una vez notificada la decisión que se desea impugnar. En cuanto a las causales de casación, estas pueden incluir la violación de normas procesales, la falta de competencia del juez, o la incorrecta aplicación de la ley sustantiva. En este sentido, si una de las partes considera que se ha cometido un error en la determinación de la competencia o en la interpretación de las normas aplicables a la servidumbre, puede interponer el recurso de casación para que la Corte Suprema revise la decisión y, en su caso, la revoque o modifique.
Obra de referencia
Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana
Maikel Nisimblat · Amazon, 2026 · 33 capitulos · 223 secciones
Esta investigacion hace parte del analisis sistematico desarrollado en el Tratado, basado en 138 providencias verificadas de la Sala de Casacion Civil. Desarrolla: tecnica del recurso, causales, errores de hecho y de derecho, valoracion probatoria, jurisprudencia comentada y metodologia practica para litigantes ante la Corte Suprema de Justicia.
Qué significa esto para usted?
Para aquellos que se encuentran en situaciones similares a la del Grupo de Energía de Bogotá, es fundamental comprender la importancia de la competencia judicial y cómo esta puede afectar el desarrollo de su proceso. La decisión de la Corte Suprema en este caso resalta la necesidad de que las partes involucradas en un litigio sean conscientes de sus derechos y de las normas que rigen la competencia. Además, es esencial que conozcan los mecanismos de impugnación disponibles, como el recurso de casación, para poder defender sus intereses de manera efectiva. La correcta identificación del juez competente no solo garantiza un proceso más ágil, sino que también protege los derechos de las partes y evita conflictos innecesarios entre diferentes juzgados. En este sentido, contar con asesoría legal adecuada puede ser clave para navegar por el complejo sistema judicial colombiano y asegurar que se respeten sus derechos en el marco de una demanda de servidumbre o cualquier otro tipo de litigio.
Sobre el autor
Maikel Nisimblat
Maikel Nisimblat es abogado colombiano, autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), investigador en derecho procesal civil y director de Nisimblat Law Offices. Durante mas de 27 anos ha estudiado la jurisprudencia de la Sala de Casacion Civil, desarrollando metodologias que combinan tecnica casacional y analisis sistematico de providencias.
Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad contractual y extracontractual, simulacion, seguros, sucesiones, responsabilidad medica y litigios comerciales de alta complejidad. Nisimblat Law Offices presta servicios de concepto de viabilidad, elaboracion de demanda, contestacion y representacion ante la Corte Suprema.
Preguntas frecuentes sobre demanda de servidumbre conflicto competencia
1. ¿Qué es una demanda de servidumbre? Una demanda de servidumbre es un proceso judicial en el que se solicita la imposición de un derecho real sobre un inmueble, permitiendo a una persona utilizar parte de la propiedad de otra para un fin específico, como el paso de servicios públicos.
2. ¿Qué significa conflicto de competencia? Un conflicto de competencia ocurre cuando dos o más juzgados se declaran incompetentes para conocer un mismo asunto, lo que genera incertidumbre sobre cuál debe ser el juez que resuelva el caso.
3. ¿Cuáles son las causales de casación en este tipo de casos? Las causales de casación pueden incluir la falta de competencia del juez, la violación de normas procesales, o la incorrecta aplicación de la ley sustantiva, entre otras.
4. ¿Qué plazo tengo para interponer el recurso de casación? Una vez notificada la decisión que se desea impugnar, la parte interesada tiene un plazo de cinco días hábiles para presentar el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia.
Nisimblat Law · 27 anos en casacion civil
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.
Autor de las siguientes publicaciones:
- Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Extracontractual
- Estudios sobre Casacion
