Conflicto de competencia entre juzgados — competencia territorial en procesos de familia Colombia
Analisis elaborado por
Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices
Maikel Nisimblat es abogado litigante con mas de 27 anos de experiencia en litigios civiles ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Es autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), obra basada en el analisis de 138 providencias verificadas de la Sala de Casacion Civil. Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad civil, contratos, simulacion, seguros, construccion y responsabilidad medica.
Este analisis hace parte de una coleccion de mas de 3.300 providencias de la Corte Suprema comentadas por Nisimblat Law Offices.
En el contexto de un proceso judicial, es común que surjan conflictos de competencia entre diferentes juzgados, lo que puede generar incertidumbre y ansiedad en las partes involucradas. En este caso, se presenta un conflicto de competencia entre dos juzgados, donde se discutió la suspensión de la patria potestad de dos menores. Esta situación puede ser particularmente angustiante para los padres y familiares que buscan proteger los intereses de los menores. La casación es un recurso que permite a las partes impugnar decisiones judiciales que consideran erróneas, buscando una revisión por parte de la Corte Suprema de Justicia. La casación no solo se utiliza para cuestionar el fondo del asunto, sino también para abordar cuestiones de competencia, como es el caso que analizaremos a continuación.
Que ocurrió en este caso ante la Corte Suprema?
En el caso que nos ocupa, la actora, identificada como “C”, presentó una demanda ante el Juzgado de Familia “A”, solicitando la suspensión de la patria potestad de los convocados “F” y “G” sobre los menores “D” y “E”. En su escrito, la actora argumentó que el juzgado tenía competencia territorial debido al domicilio y residencia de las partes. Sin embargo, el Juzgado “A” rechazó la demanda, argumentando que el demandado residía en otra ciudad y que, por lo tanto, no tenía competencia territorial para conocer del asunto. Posteriormente, el Juzgado “B”, al que se remitió el caso, también se abstuvo de asumir el conocimiento, alegando que la competencia debía corresponder al juez del domicilio de los menores, quienes residían con su abuela materna en una ciudad diferente. Esta situación generó un conflicto de competencia entre los dos juzgados, lo que llevó a la Corte Suprema de Justicia a intervenir y decidir sobre la cuestión.
Lo que analizó la Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia tuvo que evaluar las razones expuestas por ambos juzgados para determinar cuál de ellos era competente para conocer del caso. En su análisis, la Corte consideró las normas de competencia territorial establecidas en el Código General del Proceso, así como la especialidad del asunto, dado que se trataba de una cuestión relacionada con la patria potestad de menores de edad. La Corte debía decidir si el Juzgado “A” o el Juzgado “B” tenía la autoridad para conocer del caso, tomando en cuenta el interés superior de los menores involucrados.
“Esas exceptivas, a su vez, pueden ser concurrentes por elecci�n, concurrentes sucesivas o exclusivas (privativas), as�: (i) Los fueros concurrentes por elecci�n operan, precisamente, en virtud de la voluntad del actor de elegir entre varias opciones predispuestas por el legislador, como ocurre con las demandas donde se reclaman indemnizaciones…”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC2744-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-02059-00 — M.P. [ver documento] — [ver documento]
“Y el fuero contractual ata�e, finalmente, a �los procesos originados en un negocio jur�dico o que involucren t�tulos ejecutivos� en los que �es tambi�n competente el juez del lugar de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones�. (iv) El Factor Funcional consulta la competencia en atenci�n a las espec�ficas funciones de los jueces en las…”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC2744-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-02059-00 — M.P. [ver documento] — [ver documento]
“El fuero personal, traducido en el domicilio del demandado, constituye la regla general en materia de atribuci�n territorial (pues opera �salvo disposici�n legal en contrario�); pero no puede perderse de vista que son de la misma naturaleza (personal) las pautas especiales de atribuci�n previstas en los numerales 2 (domicilio de los ni�os, ni�as o…”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil — AC2744-2021 — Radicacion 11001-02-03-000-2021-02059-00 — M.P. [ver documento] — [ver documento]
Que dice el Tratado de Casación Civil sobre esto?
El Tratado de Casación Civil establece directrices claras sobre la competencia en procesos relacionados con la familia, especialmente en lo que respecta a la patria potestad. En este sentido, se resalta que la competencia territorial en estos casos debe ser determinada por el domicilio o residencia de los menores involucrados. Esto es fundamental para garantizar que los procesos se desarrollen en un entorno que favorezca el bienestar de los menores, evitando situaciones que puedan resultarles traumáticas. La Corte, al decidir sobre el conflicto de competencia, se alineó con estos principios, enfatizando la importancia de proteger los derechos de los menores y asegurar que los procesos judiciales se lleven a cabo en el lugar más adecuado para ellos.
“Muchas de esas dificultades he logrado superarlas mediante el estudio sistemático de las sentencias de la Corte Suprema de Justicia y de las posiciones asumidas por cada magistrado frente a los distintos problemas jurídicos sometidos a su consideración.”
Maikel Nisimblat — Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026)
Además, el Tratado subraya que la competencia en estos casos es privativa, lo que significa que no puede ser alterada por otras consideraciones, como el domicilio de los padres o tutores. Esto se hace con el fin de priorizar el interés superior del menor, asegurando que su bienestar sea el eje central de cualquier decisión judicial que les afecte.
Que errores del Tribunal pueden dar lugar a casación?
En el contexto de este caso, los errores que pueden dar lugar a casación incluyen la incorrecta aplicación de las normas de competencia territorial. Si un juzgado se declara incompetente sin fundamento adecuado, o si se niega a asumir el conocimiento de un caso que le corresponde, esto puede ser motivo suficiente para que la parte afectada interponga un recurso de casación. En este caso, el Juzgado “A” cometió un error al rechazar la demanda basándose en la residencia de los demandados, sin considerar que la competencia en asuntos de patria potestad se determina por el domicilio de los menores. Por otro lado, el Juzgado “B” también incurrió en un error al abstenerse de conocer el caso, dado que la norma establece claramente que la competencia debe ser asignada al juez del domicilio de los menores, en este caso, el Juzgado “A”. Estos errores son fundamentales para entender por qué la Corte Suprema decidió intervenir y resolver el conflicto de competencia, reafirmando la importancia de seguir las pautas establecidas en el Código General del Proceso.
Nisimblat Law · Casacion Civil Colombia
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Cuando procede el recurso de casación en casos como este?
El recurso de casación en casos de conflicto de competencia como el que hemos analizado procede cuando se cumplen ciertos requisitos. En primer lugar, es necesario que el valor de la pretensión supere los mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). Además, el recurso debe interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la decisión que se impugna. En cuanto a las causales, el artículo 63 del Código General del Proceso establece que se puede interponer el recurso de casación por violación de normas sobre competencia, así como por errores en la interpretación y aplicación de las disposiciones legales. En este sentido, si una de las partes considera que un juzgado ha actuado de manera incorrecta al declararse incompetente o al no asumir el conocimiento de un caso que le corresponde, tiene la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema para que revise la decisión y determine la competencia adecuada. Este recurso es fundamental para garantizar que se respeten los derechos de las partes involucradas y que se asegure un debido proceso en la administración de justicia.
Obra de referencia
Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana
Maikel Nisimblat · Amazon, 2026 · 33 capitulos · 223 secciones
Esta investigacion hace parte del analisis sistematico desarrollado en el Tratado, basado en 138 providencias verificadas de la Sala de Casacion Civil. Desarrolla: tecnica del recurso, causales, errores de hecho y de derecho, valoracion probatoria, jurisprudencia comentada y metodologia practica para litigantes ante la Corte Suprema de Justicia.
Que significa esto para usted?
Para usted, como parte interesada en un proceso de familia, es crucial entender cómo funciona el sistema judicial en relación con la competencia de los juzgados. La decisión de la Corte Suprema en este caso resalta la importancia de que los procesos se lleven a cabo en el lugar adecuado, especialmente cuando se trata de asuntos que afectan a menores. Si se encuentra en una situación similar, es fundamental que conozca sus derechos y las opciones que tiene para impugnar decisiones que considere injustas. La casación puede ser una herramienta poderosa para corregir errores judiciales y asegurar que se respeten los principios de justicia y equidad. Además, es importante que busque asesoría legal adecuada para navegar por el sistema judicial y proteger los intereses de su familia. La claridad sobre la competencia de los juzgados puede marcar la diferencia en el resultado de su caso y en la protección de los derechos de los menores involucrados.
Sobre el autor
Maikel Nisimblat
Maikel Nisimblat es abogado colombiano, autor del Tratado General y Especial de Casacion Civil Colombiana (Amazon, 2026), investigador en derecho procesal civil y director de Nisimblat Law Offices. Durante mas de 27 anos ha estudiado la jurisprudencia de la Sala de Casacion Civil, desarrollando metodologias que combinan tecnica casacional y analisis sistematico de providencias.
Ha elaborado recursos de casacion en responsabilidad contractual y extracontractual, simulacion, seguros, sucesiones, responsabilidad medica y litigios comerciales de alta complejidad. Nisimblat Law Offices presta servicios de concepto de viabilidad, elaboracion de demanda, contestacion y representacion ante la Corte Suprema.
Preguntas frecuentes sobre conflicto competencia juzgados familia
¿Qué es un conflicto de competencia entre juzgados? Un conflicto de competencia se presenta cuando dos o más juzgados reclaman la autoridad para conocer un mismo caso. Esto puede generar incertidumbre sobre cuál juzgado debe asumir el conocimiento del asunto.
¿Cuáles son las causas más comunes de conflictos de competencia? Las causas más comunes incluyen la falta de claridad sobre el domicilio de las partes, la incorrecta aplicación de las normas de competencia territorial y la confusión sobre la naturaleza del proceso.
¿Qué hacer si mi caso se encuentra en un conflicto de competencia? Si su caso se encuentra en un conflicto de competencia, es recomendable buscar asesoría legal para entender sus derechos y las opciones disponibles, incluyendo la posibilidad de interponer un recurso de casación.
¿Cuánto tiempo tengo para interponer un recurso de casación? Tiene un plazo de cinco días para interponer el recurso de casación, contados a partir de la notificación de la decisión que se impugna.
Nisimblat Law · 27 anos en casacion civil
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.
Autor de las siguientes publicaciones:
- Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Extracontractual
- Estudios sobre Casacion
