Litigio en Petróleos: El deber de la operadora de sanear servidumbres para evitar el Inseguridad jurídica para la ejecución del contrato EPC
I. Introducción
El sector petrolero es un ámbito complejo que, debido a su naturaleza, está subordinado a múltiples regulaciones y requisitos legales. En este contexto, las servidumbres juegan un papel crucial al permitir a las operadoras realizar tareas de exploración, explotación y producción de hidrocarburos en terrenos que no son de su propiedad. No obstante, el contexto normativo y las dinámicas del mercado pueden generar inseguridades jurídicas que afectan la realización de contratos de ingeniería, procuración y construcción (EPC, por sus siglas en inglés). Este artículo examina el régimen legal de las servidumbres en el sector petrolero, la responsabilidad de las operadoras en el saneamiento de títulos, y cómo, en última instancia, la falta de este saneamiento puede generar inseguridad jurídica en la ejecución de contratos EPC.
II. Análisis del régimen legal de las servidumbres
2.1. Ley 1274 de 2009 y Código de Petróleos
La Ley 1274 de 2009 regula la exploración y explotación de hidrocarburos en el país y establece el régimen de servidumbres para el sector. En su articulado, se señala que las servidumbres son derechos reales que permiten a la operadora realizar actividades que, de otro modo, estarían restringidas por la propiedad privada. Este marco legal busca equilibrar el interés público de explotación de recursos naturales y la propiedad privada de los terrenos.
El Código de Petróleos, complementando la Ley 1274, establece las condiciones bajo las cuales se pueden establecer servidumbres, enfatizando la obligación de la operadora no solo de notificar a los propietarios sobre la necesidad de estas servidumbres, sino también de indemnizarlos por el uso de sus tierras. Este enfoque busca proteger los derechos de los propietarios mientras se facilita el desarrollo de proyectos estratégicos para la nación.
2.2. Proceso de establecimiento y saneamiento
El establecimiento de servidumbres debe cumplir un proceso formal, que incluye la obtención del consentimiento del propietario o, en su defecto, la obtención de una resolución judicial que las formalice. Sin embargo, la situación puede complicarse cuando se presentan defectos en los títulos que dan soporte a estas servidumbres.
El saneamiento de títulos se refiere a la corrección de cualquier defecto que pudiera invalidar la existencia de la servidumbre. Cuando las operadoras fallan en realizar un adecuado saneamiento, se generan vacíos legales que pueden conducir a situaciones de inseguridad jurídica.
III. Saneamiento defectuoso y su impacto en la ejecución del contrato EPC
3.1. Inseguridad jurídica derivada del saneamiento deficiente
La inseguridad jurídica es un fenómeno que afecta tanto a las operadoras como a las uniones temporales (UT) encargadas de ejecutar contratos EPC. Cuando las operadoras no completan adecuadamente el proceso de saneamiento de las servidumbres, se corre el riesgo de que los contratos celebrados sean cuestionados por pronunciamientos judiciales que pongan en tela de juicio la validez de la ocupación del terreno.
En un entorno altamente regulado como el petrolero, la inseguridad jurídica puede traducirse en litigios que impidan la continuidad del proyecto y que, en última instancia, pueden resultar en costos adicionales que las UT no deben asumir. Las cláusulas del contrato EPC, en muchos casos, delimitan la responsabilidad de las partes en relación a los eventuales conflictos que surjan, estableciendo expresamente que la operadora debe garantizar la viabilidad jurídica del área de operación, incluida la correcta formalización de las servidumbres.
3.2. Responsabilidad de la operadora
Si se establece que la inseguridad jurídica es resultado directo de un saneamiento defectuoso por parte de la operadora, se puede justificar que las UT aleguen su falta de responsabilidad ante los inconvenientes relacionados con el contrato EPC. En este sentido, podría argumentarse que la operadora debe asumir todos los costos y responsabilidades legados de su incumplimiento, dado que la ejecución del contrato depende en gran parte de la solidez del acceso a los terrenos en los que se ejecutan las obras.
IV. Conflicto de interés en la asesoría jurídica
4.1. Denuncia sobre las firmas ‘Big Law’
El ecosistema del derecho petrolero es frecuentemente permeado por un claro conflicto de interés. Las grandes firmas de abogados, conocidas comúnmente como ‘Big Law’, asumen el papel de representantes legales tanto de las operadoras como de otros actores en el sector, costumbre que a menudo les lleva a priorizar los intereses de sus clientes a expensas de garantizar un adecuado cumplimiento de la normativa.
Por su naturaleza, estas firmas prefieren mantener relaciones duraderas y estables con las operadoras, lo que puede resultar en lenidad hacia el incumplimiento de sus obligaciones, como el saneamiento adecuado de las servidumbres. Esta postura puede ser perjudicial para los contratistas de EPC, así como para los propietarios de las tierras afectadas, quienes se ven atrapados en una red de intereses que no consideran sus derechos o sus necesidades.
4.2. Repercusiones sobre la litispendencia
Dicha situación puede incidir en el aumento de la litispendencia en el sector petrolero, ya que las UT se encuentran en una posición de desventaja al confrontar a las operadoras en el ámbito judicial, donde los biases de la asesoría legal pueden ser decisivos en el resultado de los casos.
V. Jurisprudencia sobre la responsabilidad de la operadora
La jurisprudencia ha sido clara al establecer que las operadoras son responsables por asegurar el acceso a las áreas de operación. En un fallo relevante, la Corte Suprema de Justicia ha argumentado que «las operadoras deben realizar las gestiones necesarias para garantizar que los títulos de las servidumbres estén libres de cualquier defecto que ponga en riesgo el desarrollo de las actividades de exploración y explotación».
En este sentido, se ha enfatizado que el incumplimiento de esta obligación no solo debe ser considerado un acto de negligencia, sino también un posible incentivo a la litigiosidad que puede derivar en severas consecuencias económicas para las operadoras y sus contratistas.
VI. Conclusiones
A medida que la industria petrolera continúa desarrollándose, es fundamental que las operadoras asuman de manera proactiva su deber de saneamiento de servidumbres. La ética profesional y el compromiso de las grandes firmas de abogados con la legalidad son cruciales para el mantenimiento de un entorno de trabajo justo y equitativo.
Sin el debido saneamiento, la inseguridad jurídica se perpetúa, convirtiéndose en un obstáculo para la ejecución de contratos EPC y generando conflictos que finalmente pueden ser costosos y perjudiciales para todas las partes involucradas. Por tanto, es imperativo que se realicen cambios tanto a nivel regulatorio como en las prácticas de asesoría legal, orientando hacia una mayor responsabilidad por parte de las operadoras y una defensa más robusta de los derechos de los propietarios de tierras.
Palabras clave: servidumbres, saneamiento, inseguridad jurídica, contrato EPC, conflicto de interés, responsabilidad de la operadora, jurisprudencia.
MAIKEL NISIMBLAT
Director Jurídico | Experto en Servidumbres y Derecho de Tierras en el Sector Petrolero
Abogado de la Universidad de los Andes y especialista en Derecho de Petróleos.
En el Sector Petrolero, la viabilidad de un proyecto depende de la correcta gestión de las servidumbres legales de hidrocarburos.
Estrategia de Defensa: Nisimblat Law interviene en conflictos por limitaciones al dominio y falta de saneamiento predial por parte de las operadoras, garantizando que las Uniones Temporales no asuman los costos de los retrasos por falta de acceso a las áreas de perforación o transporte.
