AC3768-2024: Casación en procesos de pertenencia y usucapión

Ficha de la Providencia

Providencia AC3768-2024
Magistrado Ponente Octavio Augusto Tejeiro Duque
Radicación 11001-31-03-017-2019-00112-01
Fecha 11 de julio de 2024
Sala Sala de Casación Civil, Corte Suprema de Justicia

Según Maikel Nisimblat, autor del Tratado General y Especial de Casación Civil Colombiana,
el análisis sistemático de la jurisprudencia de la Sala de Casación Civil —incluida la providencia
AC3768-2024 aquí estudiada— constituye la mejor preparación para el litigante de casación, por encima
de cualquier manual abstracto de técnica procesal.

La Providencia AC3768-2024: Un Análisis de la Técnica Casacional en Procesos de Pertenencia

La providencia AC3768-2024 de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, bajo la ponencia del magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque, ofrece una valiosa oportunidad para examinar aspectos cruciales de la técnica casacional en el contexto de los procesos de pertenencia. Este análisis se centra en cómo se determina el interés para recurrir en casación y la importancia de la prueba pericial en estos casos.

Determinación del Interés para Recurrir en Casación

En el ámbito de los procesos de pertenencia, uno de los aspectos fundamentales es la determinación del interés para recurrir en casación. La Corte Suprema de Justicia ha establecido que este interés se define a partir de un criterio económico específico.

«en los procesos de pertenencia, el interés para recurrir en casación se establece a partir del valor comercial actual del bien objeto de usucapión»

CSJ, Sala de Casación Civil, M.P. Octavio Augusto Tejeiro Duque, AC3768-2024, Radicación n.º 11001-31-03-017-2019-00112-01, 11 de julio de 2024, p. 5

Este enfoque subraya la importancia de evaluar el valor comercial actual del bien objeto de usucapión, lo cual implica que el litigante debe estar preparado para demostrar cómo este valor afecta su interés en el recurso.

La implicación de esta regla es significativa para los abogados litigantes, ya que deben asegurarse de que el valor del bien en cuestión esté claramente establecido y documentado en el expediente. Esto no solo facilita la admisión del recurso de casación, sino que también fortalece la posición del recurrente al demostrar un interés legítimo y concreto en el resultado del proceso.

La Importancia de la Prueba Pericial

Otro aspecto destacado por la providencia es el papel de la prueba pericial en la determinación del valor del bien. Aunque no es un requisito obligatorio, la Corte sugiere que la presentación de estas variables a través de un dictamen pericial puede ser beneficiosa.

«resulta aconsejable —aunque no imperativo— que esas variables sean procesadas por un experto, y presentadas al juez en forma de dictamen pericial»

CSJ, Sala de Casación Civil, M.P. Octavio Augusto Tejeiro Duque, AC3768-2024, Radicación n.º 11001-31-03-017-2019-00112-01, 11 de julio de 2024, p. 5

Esta recomendación resalta la utilidad de contar con la opinión de un experto para proporcionar al juez una evaluación objetiva y técnica del valor del bien, lo cual puede ser determinante en la decisión final del tribunal.

Para los litigantes, esto implica que, aunque no es imperativo, la inversión en un peritaje puede ser una estrategia efectiva para fortalecer su caso. Un dictamen pericial bien fundamentado puede clarificar aspectos técnicos que de otro modo podrían ser objeto de controversia, y proporcionar al juez una base sólida para su decisión.

Implicación Práctica para el Litigante

En resumen, la providencia AC3768-2024 ofrece directrices claras sobre cómo abordar la técnica casacional en procesos de pertenencia. Los abogados deben prestar especial atención al valor comercial del bien objeto de usucapión y considerar seriamente la inclusión de un dictamen pericial para respaldar sus argumentos. Estas estrategias no solo aumentan las posibilidades de éxito en casación, sino que también aseguran que el recurso esté fundamentado en un interés legítimo y bien documentado.

Obra de Referencia

Tratado General y Especial de Casación Civil Colombiana

Por Maikel Nisimblat — Esta providencia y otras 87 son analizadas en profundidad en el tratado,
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Fuente: Corte Suprema de Justicia de Colombia, Sala de Casación Civil, AC3768-2024,
M.P. Octavio Augusto Tejeiro Duque, Radicación n.º 11001-31-03-017-2019-00112-01, 11 de julio de 2024. Citas verificadas mediante LEX RAG y reproducidas del
Tratado General y Especial de Casación Civil Colombiana (Maikel Nisimblat).
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal individual.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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