Responsabilidad Extracontractual en la Sentencia 00902-01 — Colombia



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Responsabilidad Extracontractual en la Sentencia 00902-01 — Colombia

Análisis elaborado por

Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices

Maikel Nisimblat es abogado litigante con más de 27 años de experiencia en litigios civiles y comerciales ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Es autor del Tratado de Casación Civil Colombiana (Amazon, 2026), obra en la que analiza sistemáticamente la jurisprudencia de la Sala de Casación Civil mediante inteligencia artificial y clasificación de providencias. Ha elaborado recursos extraordinarios de casación en asuntos de responsabilidad civil, contratos, simulación, seguros, construcción, responsabilidad médica y litigios comerciales de alta complejidad.

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Este análisis hace parte de una colección de más de 3.300 providencias de la Corte Suprema comentadas por Nisimblat Law Offices.

Usted recibió una sentencia que no esperaba, y ahora se encuentra en una situación de incertidumbre. La decisión del Tribunal Superior no fue favorable, y la posibilidad de apelar ante la Corte Suprema puede parecerle un camino complicado y lleno de obstáculos. Sin embargo, es fundamental entender que el recurso de casación es una herramienta que puede permitirle buscar justicia, especialmente si considera que hubo errores en la interpretación o aplicación de la ley en su caso.

La casación es un recurso extraordinario que se interpone ante la Corte Suprema de Justicia, con el objetivo de revisar las sentencias proferidas por tribunales inferiores. En este contexto, la Corte tiene la responsabilidad de garantizar que se respeten los derechos fundamentales y que se aplique correctamente la ley. En este artículo, analizaremos la Sentencia 00902-01 de la Corte Suprema, que trata sobre la responsabilidad extracontractual y la competencia de la jurisdicción civil, para ayudarle a comprender cómo puede afectar su situación y qué pasos puede tomar a continuación.

¿Qué ocurrió en este caso ante la Corte Suprema?

El caso que nos ocupa se origina en una demanda presentada por Juan Vicente Mariño Abril contra la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P. El demandante solicitó que se declarara a la empresa responsable por la «falla en la prestación continua del servicio telefónico», argumentando que su línea telefónica había dejado de funcionar sin justificación desde el 1º de noviembre de 1997. En su demanda, Mariño solicitó el resarcimiento de perjuicios morales, daños emergentes y lucro cesante, argumentando que la suspensión del servicio había afectado su actividad profesional como abogado.

El demandante alegó que la línea telefónica era indispensable para su trabajo, y que la falta de servicio había generado una disminución en sus ingresos. A pesar de no tener acceso a la línea durante 27 meses, continuó pagando las facturas, las cuales incluían un cargo fijo y otros impuestos, aunque no reflejaban ningún consumo. Esto llevó a Mariño a presentar su demanda ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, que inicialmente conoció del caso, pero luego lo remitió a la jurisdicción ordinaria, argumentando que carecía de competencia.

El Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Bogotá negó las pretensiones del demandante en una sentencia de 15 de noviembre de 2005. Posteriormente, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, en un fallo de 15 de agosto de 2007, confirmó la decisión del a quo. El Tribunal argumentó que el demandante no había sido claro en la formulación de su demanda, y que la responsabilidad invocada era más civil extracontractual que contractual, lo que complicaba la situación del demandante.

El Tribunal también destacó que no existían pruebas suficientes que demostraran que la suspensión del servicio era atribuible a la empresa demandada. A pesar de que se reconocía que la línea telefónica no funcionaba correctamente, no se logró establecer una relación de causalidad entre la falla del servicio y una posible negligencia por parte de la empresa de telecomunicaciones. En consecuencia, el Tribunal concluyó que no concurrían los elementos necesarios para establecer la responsabilidad civil extracontractual, es decir, la culpa, el daño y la relación de causalidad entre ambos.

Lo que dijo la Corte Suprema — Citas textuales

La Corte Suprema, al revisar el recurso de casación interpuesto por el demandante, se centró en la admisibilidad de la demanda y en los argumentos presentados por las partes. En su análisis, la Corte señaló que:

“la Corte concluye la necesidad de inaplicar esa regla jurídica, por ser abiertamente contraria a la Carta Política” (Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil — SC 00902-01 — Radicación 11001-31-03-007-2001-00902-01 — M.P. Edgardo Villamil Portilla — 15 de agosto de 2007).

Este fragmento indica que la Corte se mostró dispuesta a revisar la normativa que limitaba el acceso a la justicia y a garantizar que se respeten los derechos de los ciudadanos, en este caso, del demandante. Además, la Corte destacó que:

“no existen medios demostrativos que acrediten que la suspensión del servicio telefónico se deba a una causa imputable a la empresa de telecomunicaciones” (Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil — SC 00902-01 — Radicación 11001-31-03-007-2001-00902-01 — M.P. Edgardo Villamil Portilla — 15 de agosto de 2007).

Esto refuerza la idea de que, a pesar de las alegaciones del demandante, la falta de prueba sólida fue un factor determinante en la decisión de la Corte. La Corte también enfatizó que:

“no concurren los elementos de la responsabilidad civil extracontractual, esto es, la culpa, el daño y la relación de causalidad entre estos dos” (Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil — SC 00902-01 — Radicación 11001-31-03-007-2001-00902-01 — M.P. Edgardo Villamil Portilla — 15 de agosto de 2007).

¿Qué errores del Tribunal pueden dar lugar a casación en este tipo de caso?

En el contexto de la Sentencia 00902-01, se pueden identificar varios errores que podrían dar lugar a la casación. En primer lugar, el Tribunal Superior no logró establecer con claridad la naturaleza de la responsabilidad que se invocaba, lo que generó confusión en el análisis del caso. La falta de claridad en la formulación de la demanda por parte del demandante, aunque es un aspecto relevante, no debería haber sido el único criterio para desestimar las pretensiones.

Además, el Tribunal no consideró adecuadamente las pruebas presentadas por el demandante, lo que podría interpretarse como un error de hecho. La Corte Suprema enfatizó que “no existen medios demostrativos que acrediten que la suspensión del servicio telefónico se deba a una causa imputable a la empresa de telecomunicaciones”, lo que sugiere que el Tribunal pudo haber pasado por alto pruebas relevantes que podrían haber influido en la decisión final.

Otro error que se puede señalar es la falta de análisis en relación con la responsabilidad civil extracontractual. El Tribunal se centró en la distinción entre responsabilidad contractual y extracontractual, pero no profundizó en cómo los elementos de la responsabilidad civil extracontractual se aplicaban al caso concreto. Esto podría dar lugar a un argumento de que el Tribunal no cumplió con su deber de motivar adecuadamente su decisión.

Finalmente, la Corte Suprema también hizo referencia a la inaplicabilidad de ciertas normas que limitaban el acceso a la justicia. Esto sugiere que el Tribunal no consideró adecuadamente el contexto normativo y su impacto en la capacidad del demandante para presentar su caso. La falta de atención a estos aspectos podría ser vista como un error que justifica la revisión de la decisión por parte de la Corte Suprema.

Nisimblat Law · Casación Civil Colombia

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¿Cuándo procede el recurso de casación en casos como este?

El recurso de casación es procedente en casos como el que hemos analizado, siempre que se cumplan ciertos requisitos. En primer lugar, la cuantía del asunto debe ser igual o superior a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), lo que implica que el caso debe tener un valor significativo para que la Corte Suprema lo revise. En este caso, dado que se alegan perjuicios económicos y morales significativos, se podría argumentar que se cumple este requisito.

Además, el término para presentar la demanda de casación es de 5 días hábiles desde la notificación de la sentencia que se impugna. Esto significa que es crucial actuar rápidamente para no perder la oportunidad de presentar el recurso. La casación puede basarse en varias causales, como errores de hecho o de derecho, que se pueden identificar a partir de la sentencia del Tribunal.

Como se desarrolla en el Tratado de Casación Civil de Maikel Nisimblat, el cargo debe estructurarse de forma que se identifiquen claramente los errores cometidos por el Tribunal. Esto implica un análisis detallado de la sentencia, identificando los puntos en los que se considera que la decisión fue incorrecta, ya sea por la interpretación de la ley o por la valoración de las pruebas.

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¿Qué significa esto para usted si está en una situación similar?

Si usted se encuentra en una situación similar a la de Juan Vicente Mariño, es fundamental que comprenda las implicaciones de la decisión de la Corte Suprema y cómo puede aplicar esto a su propio caso. La responsabilidad extracontractual es un concepto complejo que requiere un análisis cuidadoso de los hechos y de las pruebas disponibles.

Es posible que haya enfrentado una situación en la que un servicio no se prestó adecuadamente, y que haya sufrido daños como resultado. En tales casos, es esencial reunir toda la documentación y pruebas que respalden su reclamo. Esto incluye facturas, comunicaciones con la empresa, y cualquier otro documento que demuestre la relación entre la falta de servicio y los daños que ha sufrido.

Además, es importante que busque asesoría legal especializada en casación, ya que este tipo de recurso requiere un conocimiento profundo de la ley y de la jurisprudencia. Un abogado con experiencia en casación puede ayudarle a estructurar su demanda de manera que se identifiquen claramente los errores cometidos por el Tribunal y se argumente de manera efectiva en su favor.

Sobre el autor

Maikel Nisimblat

Maikel Nisimblat es abogado colombiano, autor del Tratado de Casación Civil Colombiana, investigador en derecho procesal civil y director de Nisimblat Law Offices. Durante más de 27 años ha estudiado la jurisprudencia de la Sala de Casación Civil y Agraria

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion
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