Estrategia Penal: El rol del tercerista de buena fe en la Medidas Cautelares sobre Acciones y Sociedades

# Estrategia Penal: El rol del tercerista de buena fe en las Medidas Cautelares sobre Acciones y Sociedades

Introducción

La peculiaridad del Derecho Penal Económico, especialmente en el marco de la Ley 1708 de 2014, que establece el Código de Extinción de Dominio, plantea retos significativos para propietarios y gerentes de empresas que, a menudo, se ven inmersos en situaciones en las que pueden verse afectadas sus actividades productivas, sus activos y su reputación. La figura del tercerista de buena fe adquiere un rol crucial en este contexto, ya que ofrece una defensa vital ante medidas cautelares que pueden surgir de presunciones de ilicitud, y es fundamental entender su relevancia en la protección de los derechos de propiedad y la estabilidad económica de las empresas.

Análisis de la Ley 1708 de 2014

La Ley 1708 de 2014, conocida como el Código de Extinción de Dominio, regula el proceso mediante el cual el Estado busca la extinción de derechos sobre bienes que, por su origen, se consideran vinculados a actividades delictivas, sin tener en cuenta la titularidad personal de quien posea dichos bienes. Esta ley, al ser de carácter real y no personal, retira la consideración de la culpabilidad del propietario en el análisis del patrimonio y se centra en el bien mismo.

Esto significa que, en un proceso de extinción de dominio, no importa si el titular de la acción o sociedad ha actuado de buena o mala fe. La ley apunta a eliminar de circulación aquellos bienes que, por su naturaleza, se asocian a actividades delictivas como el lavado de activos o el narcotráfico. Sin embargo, esta característica real de la ley también conlleva serios riesgos para aquellos que, sin tener conocimiento de la ilicitud, operan en un entorno empresarial legítimo.

Un aspecto fundamental que debemos destacar es que, pese a la presunción de ilicitud, las empresas deben contar con mecanismos que les permitan defenderse adecuadamente, garantizando que la presunción no funcione como un mecanismo de sanción sin el debido proceso.

La reconstrucción de la contabilidad: Nisimblat Law y la licitud del origen de los fondos

Nisimblat Law ha adoptado una postura proactiva en la defensa de los intereses de sus clientes, especialmente cuando se trata de demostrar la licitud del origen de los fondos que sostienen un determinado negocio. Históricamente, se han adoptado métodos que permiten reconstruir la contabilidad y los flujos de fondos de actividades productivas, incluso cuando estos datos se remontan hasta 20 años atrás.

La reconstrucción de la contabilidad no es una tarea fácil. Implica un análisis exhaustivo de documentos financieros, libros contables y contratos, para arrojar luz sobre la legalidad de cada transacción. En este sentido, se utilizan herramientas tecnológicas avanzadas y un equipo de expertos en auditoría forense que permite establecer una cadena de custodia y veracidad de los fondos.

Este proceso no solo permite demostrar la procedencia legítima de los activos, sino que también se convierte en una herramienta para combatir la presunción de ilicitud que, afortunadamente, está bajo el foco crítico mencionado anteriormente.

La presunción de ilicitud y el abuso de poder de la Fiscalía

Un tema recurrente en la práctica penal económica es el abuso de la presunción de ilicitud por parte de la Fiscalía. Es alarmante cómo, en ocasiones, la Fiscalía puede actuar de manera arbitraria, afectando a terceros que carecen de cualquier vínculo con actividades delictivas. La aplicación indiscriminada de esta presunción puede llevar a la incautación de bienes de personas que no solo son ajenas al delito, sino que han actuado siempre de buena fe.

El principio de protección del orden jurídico y la seguridad jurídica exige que la Fiscalía actúe con prudencia y exhaustividad. Nisimblat Law ha puesto énfasis en que en cada actuación de este tipo se respeten los derechos fundamentales de todos los involucrados. Esto está alineado con el deber de proteger los derechos de los ciudadanos y permitir que se desarrolle la actividad económica sin el temor de ser objeto de procedimientos penales injustificados.

La protección de la empresa como unidad productiva

La Constitución Política de la República, en su artículo 333, establece que “la propiedad es inviolable”. Este precepto es crucial para entender el rol de las empresas como unidades productivas y la necesidad de protegerlas frente a los abusos de la administración pública y las injerencias injustificadas en sus operaciones.

La empresa, como unidad de producción y fuente de empleo, contribuye al desarrollo social y económico del país. La protección de la empresa no solo se traduce en la defensa de su patrimonio, sino que también es una garantía de estabilidad y crecimiento económico. Esto es especialmente importante en momentos en que la actividad empresarial puede verse amenazada por medidas cautelares que resultan de supuestos ilícitos, donde el tercerista de buena fe juega un papel clave en la defensa de los derechos de propiedad.

Cuando la Fiscalía o alguna otra entidad decide intervenir cautelarmente, es de suma importancia que se garantice un debido proceso, y que la empresa tenga la oportunidad de demostrar la legalidad de sus activos y de sus operaciones. Nisimblat Law incide en esta temática al abogar por una defensa firme de los derechos empresariales en estos procedimientos, desafiando penas irrazonables y decidiendo interponer recursos para la protección de la unidad productiva.

Conclusión

El papel de los propietarios y gerentes de empresas en el escenario actual es crucial. Entender la Ley 1708 de 2014 y su carácter real permite una mejor preparación frente a intervenciones del Estado que podrían poner en jaque la continuidad de un negocio. A su vez, la reconstrucción de la contabilidad y la demostración de la licitud del origen de los fondos se convierten en armas fundamentales en la lucha legal contra el abuso de la presunción de ilicitud.

Es vital también que se protejan los derechos fundamentales que garantizan a las empresas operar en un esquema de libertad y seguridad, como lo establece la Constitución. Mediante una estrategia penal adecuada y con la correcta asesoría jurídica, es posible salir avante de situaciones adversas en el ámbito económico-penal.

En este complejo entramado, el tercerista de buena fe no solo es un defensor de la legalidad, sino también un garante del desarrollo económico y social del país. La lucha contra la injusticia en el uso del poder punitivo del Estado debe ser la bandera de cada profesional en el área jurídico-financiera, protegiendo tanto los derechos individuales como los intereses del colectivo empresarial.

MAIKEL NISIMBLAT

Estratega en Defensa de Activos y Extinción de Dominio

Abogado de la Universidad de los Andes con formación en Wharton (Finance).
La verdadera batalla penal moderna no es solo por la libertad, es por el Patrimonio. En Nisimblat Law, somos especialistas en desvirtuar la procedencia ilícita de bienes mediante rastreo forense de capitales y reconstrucción histórica de flujos lícitos.
Blindaje Patrimonial: Representamos a empresarios y terceros de buena fe exenta de culpa en procesos ante la Fiscalía de Extinción de Dominio y la SAE, garantizando la recuperación de bienes incautados y la protección de la propiedad privada frente a interpretaciones erróneas del Estado.

🛡️ PROTECCIÓN DE ACTIVOS Y BIENES: 310 485 4137

⚖️ Evaluación Legal Especializada — Nisimblat Law

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MAIKEL NISIMBLAT — Director Jurídico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Formación Pon Program Harvard Law School y MIT. Especialista en litigio con más de 25 años de experiencia en casos de mayor complejidad en Colombia.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • 📘 Responsabilidad Contractual
  • 📘 Responsabilidad extracontractual
  • 📘 Estudios sobre Casación

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