Competencia judicial en procesos penales: ¿quién decide?
Análisis elaborado por
Maikel Nisimblat — Nisimblat Law Offices
Maikel Nisimblat es abogado litigante con más de 27 años de experiencia ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Autor del Tratado General y Especial de Casación Civil Colombiana (Amazon, 2026). Especialista en delitos contra la administración pública, delitos económicos y técnica casacional penal.
La competencia judicial en procesos penales es un aspecto fundamental que garantiza el debido proceso y la correcta administración de justicia. En Colombia, la asignación de competencias entre diferentes jurisdicciones puede generar controversias que impactan el desarrollo de los casos. Estas disputas no solo afectan a los acusados y a las víctimas, sino que también pueden influir en la percepción pública sobre la eficacia del sistema judicial. La correcta identificación de la autoridad competente para llevar a cabo audiencias y decisiones es crucial, especialmente en casos complejos donde intervienen múltiples jurisdicciones. Este artículo abordará un caso reciente que ilustra cómo se determina la competencia judicial en el contexto penal, centrándose en la audiencia de control de legalidad y la asignación de competencias entre diferentes jurisdicciones. A través de este análisis, se espera ofrecer claridad sobre las normativas que rigen la competencia judicial penal y su aplicación práctica.
¿Qué ocurrió en este caso ante la Sala de Casación Penal?
En un reciente caso, la Corte tuvo que definir cuál era la autoridad judicial competente para presidir la audiencia de control de legalidad posterior a la recuperación de información obtenida a través de la transmisión de datos por parte de la Fiscalía General de la Nación. La controversia surgió tras la realización de una audiencia concentrada en Barranquilla, donde el Juzgado 101 Penal con Función de Control de Garantías declaró la legalidad de ciertos procedimientos, pero no resolvió otras solicitudes relevantes. Posteriormente, el Tribunal Superior de Barranquilla asignó la competencia a los Jueces Ambulantes de la ciudad. Sin embargo, la Fiscalía solicitó la programación de una audiencia en Bogotá, lo que generó un conflicto de competencia, ya que los defensores argumentaron que los hechos ocurrieron en Soledad, Atlántico, y, por ende, debían ser resueltos por los jueces de esa jurisdicción. Este desacuerdo llevó a la juez a remitir el asunto a la Corte para que dirimiera la controversia, planteando así una cuestión crucial sobre la asignación de competencias en procesos penales.
Lo que analizó la Sala de Casación Penal
La Sala de Casación Penal analizó la situación a la luz de la normativa vigente, en particular, el artículo 32 de la Ley 906 de 2004, que establece las pautas para resolver impugnaciones de competencia. La Corte determinó que la discusión involucraba despachos de distritos judiciales diferentes, lo que justificaba su intervención. Asimismo, se enfatizó que la función de control de garantías puede ser ejercida por cualquier juez penal municipal, pero se debe preferir al juez del lugar donde ocurrieron los hechos. Sin embargo, la Corte también reconoció que existen circunstancias que pueden justificar la asignación de competencia a un juez en una ubicación diferente, como la privación de libertad del indiciado en otro lugar o la necesidad de recopilar evidencias en otro territorio. Este análisis subraya la importancia de aplicar los principios de competencia de manera flexible, siempre en busca de garantizar el debido proceso y la justicia efectiva.
Sala de Casación Penal · Corte Suprema de Justicia
Consideraciones de la Corte — AP4627-2025
M.P. José Joaquín Urbano Martínez · Radicación ·
La definición de competencia. Es el mecanismo previsto en el ordenamiento jurídico para establecer, de manera perentoria y definitiva, cuál autoridad judicial es la llamada a conocer la fase procesal del juzgamiento o la de ejecución de la pena, o para ocuparse de un trámite determinado. Según el artículo 39 de la Ley 906 de 2004, modificado por el 48 de la Ley 1453 de 2011, la función de control de garantías podrá ser ejercida por cualquier juez penal municipal. Así, en principio, los jueces de
Caso concreto. La defensa y la Fiscalía disputan el lugar de competencia del funcionario judicial que debe presidir la diligencia de control de legalidad posterior de recuperación de información producto de la trasmisión de datos a través de las redes de comunicaciones que el ente acusador requirió en la investigación con radicado 110016000000202501073. Si bien la Fiscalía 8ª de la Dirección Especializada contra la Corrupción con sede en Bogotá argumentó que, por la connotación nacional del asun
En consecuencia, al no concurrir circunstancia excepcional, se aplicará el artículo 52 de la Ley 906 de 2004 que, al referirse al juzgamiento de delitos conexos, señala como criterios excluyentes y preferentes los siguientes: «donde se haya cometido el delito más grave; donde se haya realizado el mayor número de delitos; donde se haya producido la primera aprehensión o donde se haya formulado primero imputación». La primera regla de competencia territorial por conexidad indica que será competent
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — AP4627-2025 — M.P. José Joaquín Urbano Martínez — Radicación —
¿Esta sentencia aplica a su caso?
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¿Qué errores del Tribunal pueden dar lugar a casación en este tipo de caso?
La casación en el ámbito penal puede ser procedente ante diversos errores que cometan los tribunales. Según el artículo 181 de la Ley 906 de 2004, se pueden presentar causales como la falta de competencia, que se configura cuando un juez asume el conocimiento de un proceso que no le corresponde. En este contexto, si un tribunal decide sobre asuntos que deben ser resueltos por otro juez, se puede alegar que se ha vulnerado el derecho a un debido proceso. También es relevante la incorrecta aplicación de normas sobre la competencia, lo que puede llevar a decisiones que no se ajusten a la legalidad. Además, la falta de motivación en las decisiones que afectan la asignación de competencias puede ser un motivo de casación, ya que los actores del proceso tienen derecho a conocer las razones que fundamentan las decisiones judiciales. En resumen, cualquier error que comprometa la correcta asignación de competencias puede ser objeto de revisión por parte de la Corte, garantizando así el respeto a los derechos fundamentales de las partes involucradas.
Nisimblat Law · Casación Penal Colombia
Concepto de Viabilidad del Recurso de Casación Penal
Revisión integral de la sentencia de segunda instancia
Identificación de causales aplicables (Art. 181 Ley 906/2004)
Análisis de errores del Tribunal en la valoración de pruebas
Evaluación de nulidades y violación de garantías fundamentales
Elaboración de la demanda ante el Tribunal
Representación ante la Sala de Casación Penal
Término fatal: 5 días hábiles desde la notificación — Art. 183 Ley 906/2004.
¿Cuándo procede el recurso de casación penal en este tipo de caso?
El recurso de casación penal es un mecanismo que permite a las partes impugnar decisiones judiciales que consideren erróneas. Según los artículos 181 a 184 de la Ley 906 de 2004, este recurso puede ser interpuesto dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la decisión que se pretende impugnar. Posteriormente, se cuenta con un plazo de 30 días para presentar la demanda ante el tribunal correspondiente. Es importante destacar que la falta de selección de la competencia por parte del tribunal puede dar lugar a la insistencia del magistrado o del Ministerio Público, lo que puede resultar en la nulidad de las actuaciones. Por lo tanto, es fundamental que las partes estén atentas a los plazos y formalidades establecidos en la ley para garantizar la correcta interposición del recurso de casación, asegurando así la protección de sus derechos en el proceso penal.
¿Qué significa esto para usted?
La correcta asignación de competencias en procesos penales es un tema que puede parecer técnico, pero tiene implicaciones directas en la vida de las personas involucradas. Para los acusados, una decisión errónea sobre la competencia puede resultar en un juicio injusto o en la vulneración de sus derechos. Para las víctimas, la falta de claridad en la competencia puede dificultar el acceso a la justicia y la reparación de los daños sufridos. Por ello, es fundamental que tanto los abogados como los ciudadanos en general comprendan la importancia de la competencia judicial y cómo puede influir en el desarrollo de un proceso penal. Estar informado sobre estos aspectos puede empoderar a las partes y permitirles tomar decisiones más acertadas en el marco de un procedimiento judicial. Además, conocer los mecanismos de impugnación disponibles, como el recurso de casación, es esencial para garantizar que se respeten los derechos de todos los involucrados en el proceso.
Preguntas frecuentes — competencia judicial penal
¿Qué es la competencia judicial penal? La competencia judicial penal se refiere a la capacidad de un juez o tribunal para conocer y decidir sobre un caso penal específico, basado en criterios como la ubicación de los hechos o la naturaleza del delito.
¿Cómo se determina la competencia en un proceso penal? La competencia se determina según la normativa vigente, considerando factores como el lugar de ocurrencia de los hechos y la naturaleza de los delitos involucrados, así como la legislación aplicable.
¿Qué sucede si hay controversia sobre la competencia? Si existe controversia sobre la competencia, el asunto puede ser remitido a una instancia superior, como la Corte, para que dirima el conflicto y determine qué juez debe conocer el caso.
¿Cuáles son las consecuencias de un error en la asignación de competencias? Un error en la asignación de competencias puede dar lugar a la nulidad de las actuaciones y a la posibilidad de interponer recursos de casación, afectando el desarrollo del proceso penal y los derechos de las partes.
Nisimblat Law · 27 años en casación
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.