No Pago De Obras Ejecutadas en Contrato De Interventoría con FONADE: Cómo Recuperar Su Dinero


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No Pago De Obras Ejecutadas en Contrato De Interventoría con FONADE: Cómo Recuperar Su Dinero

Es probable que se encuentre en una situación frustrante. Usted, como contratista de un contrato de interventoría con FONADE en Ibagué, ha ejecutado obras y, sin embargo, el Estado le adeuda una cantidad considerable de dinero. Si su demanda oscila entre los $5.000 millones y $20.000 millones de pesos, es comprensible que se sienta impotente. Sin embargo, quiero que sepa que existe solución legal para recuperar su dinero. A continuación, le daré información concreta sobre sus derechos y los pasos a seguir.

¿Qué es el no pago en la contratación estatal?

El no pago en la contratación estatal se refiere a la falta de cumplimiento de las obligaciones de pago por parte de las entidades públicas hacia los contratistas. Según la Ley 80 de 1993, artículos 4, 5 y 27, este incumplimiento puede estar relacionado con la falta de apropiación presupuestal, la retención indebida de pagos o el reconocimiento tardío de obligaciones. Esto afecta directamente la viabilidad económica de su empresa y representa un riesgo que debe ser abordado con urgencia.

Sus derechos como contratista ante FONADE

Como contratista, tiene derechos que son fundamentales para proteger su interés económico. Algunos de sus derechos son:

1. Derecho a recibir el pago oportuno por las obras ejecutadas.

2. Derecho a demandar por cumplimiento de contrato ante el Consejo de Estado si no recibe respuesta adecuada a sus reclamaciones.

3. Derecho a obtener información clara y veraz sobre el estado de sus pagos.

4. Derecho a realizar reclamaciones a través de los medios establecidos por la ley para hacer valer sus derechos.

5. Derecho a indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por el no pago.

¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Ibagué?

Existen situaciones específicas en las que es justificado presentar una demanda contra el Estado. Estos son algunos ejemplos:

1. La entidad no ha respondido a su reclamación dentro del término legal.

2. Ha pasado un tiempo significativo desde la ejecución de la obra y, a pesar de las gestiones, no ha recibido el pago.

3. El Estado ha reconocido la deuda, pero no ha cumplido con el pago correspondiente.

4. La suma reclamada supera los $5.000 millones, lo que puede facilitar la aceptación de su demanda por parte de las autoridades competentes.

El proceso legal paso a paso

Si decide avanzar con una reclamación, aquí le presento el proceso legal que debe seguir:

1. **Reclamación directa ante la entidad**: Primero, realice una reclamación formal a FONADE, documentando su solicitud y el tema del no pago.

2. **Conciliación extrajudicial**: Si la respuesta no es satisfactoria, busque un proceso de conciliación. Este es un paso clave que puede ayudar a resolver el conflicto sin necesidad de ir a juicio.

3. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: Si los pasos anteriores no resuelven su situación, puede presentar una demanda formal. El Consejo de Estado es el tribunal competente para estos casos.

4. **Liquidación y cobro de la sentencia**: Una vez que obtenga una sentencia favorable, debe proceder a la liquidación del monto adeudado y al cobro de la misma.

¿Cuánto tiempo tiene para demandar?

Es crucial que esté atento a los plazos. La caducidad de la acción contractual es de 2 años, contados desde la liquidación del contrato o desde el momento en que se conoció el daño. Actuar rápidamente es fundamental para asegurar su derecho a reclamar. Si se excede este plazo, podría perder la oportunidad de recuperar el dinero que le adeuda el Estado.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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