Desequilibrio Económico en Contrato De Suministro en Nariño: Extensión De Plazo No Remunerada


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Desequilibrio Económico en Contrato De Suministro en Nariño: Extensión De Plazo No Remunerada

Apertura: Muchos contratistas en Nariño se encuentran en una situación complicada al tener contratos de suministro con hospitales públicos. Especialmente aquellos que han enfrentado una extensión de plazo no remunerada por causas atribuibles a la entidad. Este desequilibrio económico puede generar serias dificultades financieras, ya que no solo se debe continuar con el cumplimiento de las obligaciones contractuales, sino que además, se incurre en costos fijos adicionales que no son reconocidos. Sin embargo, hay una solución legal. Es fundamental entender sus derechos y el camino a seguir para recuperar lo que le corresponde.

¿Qué dice la Ley 80 sobre el desequilibrio económico en contratos estatales?

La Ley 80 de 1993 establece en sus artículos 4, 5 y 27 la obligación de las entidades estatales de garantizar el equilibrio económico de los contratos que celebran. Estos artículos son claros al señalar que cualquier modificación en las condiciones del contrato que afecte dicho equilibrio, como la ampliación del plazo, debe ser compensada. En el caso de los contratos de suministro, esto implica que, si la entidad pública decide extender el plazo de ejecución sin reconocer los costos adicionales, está vulnerando su derecho como contratista.

Sus derechos como contratista ante hospital público en Nariño

Como contratista de bienes y materiales para entidades públicas, usted tiene derechos fundamentales que deben ser atendidos. A continuación, se enumeran cinco derechos clave:

1. Derecho a la revisión del equilibrio económico del contrato.

2. Derecho a ser indemnizado por los costos y gastos que haya generado la extensión de plazo no remunerada.

3. Derecho a presentar pruebas sobre el impacto financiero de dicha extensión.

4. Derecho a conciliación y a que se reconozca la deuda por parte de la entidad.

5. Derecho a acudir al Consejo de Estado y a los Tribunales Administrativos para resolver conflictos que no se logren solucionar de manera directa.

Estos derechos están respaldados por la jurisprudencia del Consejo de Estado, que ha señalado la necesidad de restablecer el equilibrio en las relaciones contractuales.

¿Cuánto puede recuperar por extensión de plazo no remunerada?

La recuperación por extensión de plazo no remunerada puede incluir diferentes tipos de indemnización. Es relevante identificar qué costos adicionales ha soportado y cómo estos se desglosan. Puede reclamar:

  • Sobrecostos directos ocasionados por la prolongación del contrato.
  • Lucro cesante, que se refiere a las ganancias que dejó de percibir por la dilación en la entrega.
  • Daño emergente, que incluye los gastos adicionales por el incumplimiento del plazo.
  • Intereses de mora por el tiempo que se ha demorado el reconocimiento de la indemnización.

Las reclamaciones por un contrato de suministro de entre $2.000 millones y $20.000 millones pueden ser significativas y es crucial actuar con base en pruebas documentales.

Cómo reclamar el desequilibrio económico paso a paso

Acceder a la compensación por desequilibrio económico es un proceso estructurado. Aquí se detallan cuatro pasos fundamentales:

1. **Documentar el desequilibrio**: Recoja toda la evidencia técnica que respalde su reclamación, incluyendo informes de costos y correspondencia con la entidad.

2. **Reclamación formal a la entidad**: Presente su solicitud de reconocimiento de costos adicionales de manera escrita, señalando claramente los fundamentos jurídicos que respaldan su caso.

3. **Conciliación extrajudicial obligatoria**: Si no obtiene respuesta, la normativa exige un intento de conciliación antes de continuar con procedimientos judiciales. Procese esta etapa con un abogado especializado en desequilibrio económico de contratos estatales.

4. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: Si las etapas anteriores no resultan efectivas, su próximo paso será presentar un litigio formal en las instancias correspondientes.

Plazo para actuar — no espere más

Es crucial que sea consciente del plazo para formular su reclamación. La caducidad de dos años desde la liquidación del contrato se aplica de manera estricta e improrrogable. Esto implica que si no actúa dentro de este tiempo, pierde la posibilidad de reclamar lo que se le debe. Es fundamental que no firme el acta de liquidación sin salvedades, ya que esto podría interpretarse como una renuncia a sus derechos.

Nisimblat Law — Abogados en desequilibrio económico contratos estatales

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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