Desequilibrio Económico en Contrato De Vigilancia Y Seguridad en Nariño: Demora Injustificada En Pagos
Apertura: En Nariño, son numerosos los contratistas que enfrentan serias dificultades debido a la demora injustificada en los pagos de sus contratos de vigilancia y seguridad con entidades como INVÍAS. Este retraso, que puede parecer un inconveniente administrativo, tiene repercusiones financieras significativas para su empresa. Los costos de operación se incrementan, resultando en un claro desequilibrio económico que puede comprometer la viabilidad del contrato. Sin embargo, es importante saber que hay soluciones legales disponibles para restaurar el equilibrio y defender sus derechos como contratista.
¿Qué dice la Ley 80 sobre el desequilibrio económico en contratos estatales?
La Ley 80 de 1993, que regula la contratación estatal en Colombia, establece claramente en sus artículos 4, 5 y 27 la obligación de las entidades estatales de restablecer el equilibrio económico de los contratos. El artículo 4 reconoce el principio de equilibrio económico, mientras que el artículo 5 menciona que la administración debe garantizar el cumplimiento de este principio durante la vigencia del contrato. Por último, el artículo 27 establece que cualquier modificación del contrato por razones de interés público debe llevar a un ajuste equitativo del precio. Estas disposiciones son plenamente aplicables a los contratos de vigilancia y seguridad, lo que le otorga una base legal sólida para exigir el debido reconocimiento de sus sobrecostos.
Sus derechos como contratista ante INVÍAS en Nariño
Como contratista afectado por la demora en los pagos, usted tiene varios derechos que pueden ser invocados para proteger sus intereses. Aquí están cinco derechos concretos:
1. Derecho a recibir los pagos oportunamente según los términos estipulados en el contrato.
2. Derecho a reclamar el reconocimiento de los sobrecostos financieros derivados de la demora.
3. Derecho a obtener una respuesta formal y justificada por parte de la entidad estatal.
4. Derecho a presentar recursos legales en caso de una negativa injustificada.
5. Derecho a recibir indemnización por daños y perjuicios ocasionados por la demora.
Es importante tener presente que el Consejo de Estado y los Tribunales Administrativos han respaldado estos derechos en múltiples pronunciamientos, lo que refuerza su validez y aplicabilidad en su caso.
¿Cuánto puede recuperar por demora injustificada en pagos?
La indemnización que puede reclamar por demora injustificada en los pagos puede variar dependiendo de la situación, pero esencialmente se divide en varios tipos de indemnización:
- **Sobrecostos Directos:** Estos son los costos adicionales tangibles que ha tenido que asumir debido a la falta de pago.
- **Lucro Cesante:** Es la pérdida de ganancias que podría haber obtenido si hubiera recibido los pagos a tiempo.
- **Daño Emergente:** Se refiere a los costos directos que ha sufrido como resultado de la falta de pagos.
- **Intereses de Mora:** Por el retraso en el pago, usted puede reclamar los intereses fijados por ley, que suelen ser significativos.
En contratos del rango de $2.000 millones a $20.000 millones, las indemnizaciones pueden llegar a ser considerables, y en ciertos casos, podrían representar una porción significativa de la cantidad adeudada.
Cómo reclamar el desequilibrio económico paso a paso
Si bien la situación puede parecer complicada, seguir estos cuatro pasos puede facilitar el proceso de reclamación:
1. **Documentar el desequilibrio con soporte técnico:** Reúna toda la documentación necesaria que respalde su reclamo, incluyendo facturas, comunicaciones con la entidad y registros de costos adicionales.
2. **Reclamación formal a la entidad:** Presente una reclamación formal a INVÍAS, detallando los motivos de su solicitud y adjuntando la documentación relevante.
3. **Conciliación extrajudicial obligatoria:** Si no recibe respuesta o esta resulta insatisfactoria, es necesario asistir a una conciliación extrajudicial, que permite buscar un acuerdo pacífico.
4. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado:** Si la conciliación no surtiera efecto, puede proceder con una demanda, garantizando que se respeten sus derechos.
Plazo para actuar — no espere más
Es crucial tener en cuenta que el plazo para actuar es fundamental. Según la normativa vigente, usted dispone de un plazo de dos años desde la liquidación del contrato para presentar cualquier reclamación relacionada con el desequilibrio económico. Este plazo es fatal e improrrogable, lo que significa que no debe esperar más, y es clave actuar antes de firmar el acta de liquidación sin salvedades.
Nisimblat Law — Abogados en desequilibrio económico contratos estatales
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.
Autor de las siguientes publicaciones:
- Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Extracontractual
- Estudios sobre Casacion
