No Reconocimiento De Mayores Cantidades De Obra en Contrato Hospitalario con Gobernación de Cundinamarca: Sus Derechos Como Contratista
Como contratista que ha asumido la responsabilidad de ejecutar un contrato hospitalario con la Gobernación de Cundinamarca en Ibagué, es comprensible que sienta frustración al enfrentar el no reconocimiento de mayores cantidades de obra. Este escenario no solo representa un perjuicio económico, sino que también afecta su capacidad para seguir operando y cumpliendo con sus compromisos. Sin embargo, es importante saber que la situación tiene un camino legal que puede llevarlo a recuperar su dinero.
¿Qué es el no reconocimiento en la contratación estatal?
El no reconocimiento en la contratación estatal ocurre cuando una entidad pública, en este caso la Gobernación de Cundinamarca, no admite o no liquida mayores cantidades de obra ejecutadas por un contratista. Esta situación se encuentra regulada por la Ley 80 de 1993, que establece principios como la buena fe, la transparencia y el equilibrio entre las partes en los contratos estatales. Los artículos 4 y 5 de esta ley enfatizan la importancia de que los contratos sean ejecutados de manera justa y equitativa. Asimismo, el artículo 27 destaca el derecho del contratista a ser compensado por las modificaciones en las condiciones del contrato, incluyendo el reconocimiento de mayores cantidades de obra.
Sus derechos como contratista ante Gobernación de Cundinamarca
Como contratista afectado por el no reconocimiento de mayores cantidades de obra, tiene los siguientes derechos:
1. **Derecho a ser compensado**: Tiene derecho a recibir el pago por las cantidades de obra que ha ejecutado y que no han sido reconocidas.
2. **Derecho a la información**: Puede solicitar información detallada sobre las razones del no reconocimiento de las mayores cantidades y su situación contractual.
3. **Derecho a reclamar**: Puede presentar reclamaciones formales ante la Gobernación, buscando una solución sin necesidad de recurrir a la vía judicial.
4. **Derecho a demandar**: Si sus reclamaciones no son atendidas, tiene el derecho de presentar una demanda ante el Consejo de Estado, que es el tribunal competente para este tipo de litigios.
5. **Derecho a la conciliación**: Puede solicitar un espacio de conciliación para resolver el conflicto de manera amistosa antes de iniciar un proceso judicial.
¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Ibagué?
Una demanda contra la Gobernación de Cundinamarca puede proceder en las siguientes situaciones:
1. **Negativa de pago**: Cuando la entidad se niega a reconocer y pagar las mayores cantidades de obra realizadas.
2. **Inexistencia de respuesta**: Si después de presentar su reclamación no recibe respuesta dentro de un plazo razonable.
3. **Incumplimiento de plazos**: Si la entidad no cumple con los plazos establecidos para el reconocimiento y pago de las obras ejecutadas.
4. **Problemas en la liquidación**: Si la liquidación del contrato no se lleva a cabo de manera justa y equitativa, afectando sus derechos patrimoniales.
Es importante resaltar que las demandas exitosas en este ámbito suelen superar los $5.000 millones de pesos, lo que puede ser significativo para su negocio.
El proceso legal paso a paso
Si desea proceder legalmente, el proceso puede dividirse en los siguientes pasos:
1. **Reclamación directa ante la entidad**: Inicie su proceso presentando una reclamación formal ante la Gobernación de Cundinamarca.
2. **Conciliación extrajudicial**: Si no recibe una respuesta adecuada, solicite una conciliación extrajudicial donde se busque un acuerdo.
3. **Demanda ante el Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: Si la conciliación no tiene éxito o es ignorada, debe presentar su demanda ante el tribunal correspondiente.
4. **Liquidación y cobro de la sentencia**: Una vez obtenida la sentencia favorable, deberá proceder a la liquidación y cobro de la misma para recuperar su dinero.
¿Cuánto tiempo tiene para demandar?
Es crucial actuar con rapidez. La caducidad de la acción contractual establece que tiene un plazo de 2 años desde la liquidación del contrato o desde que tuvo conocimiento del daño para presentar su demanda. Si no actúa prontamente, corre el riesgo de perder su derecho a reclamar.
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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.
Autor de las siguientes publicaciones:
- Responsabilidad Contractual
- Responsabilidad Extracontractual
- Estudios sobre Casacion
