No Pago De Actas De Obra en Contrato De Seguridad con Gobernación de Cundinamarca: Cómo Recuperar Su Dinero


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No Pago De Actas De Obra en Contrato De Seguridad con Gobernación de Cundinamarca: Cómo Recuperar Su Dinero

Al iniciar un contrato de seguridad con la Gobernación de Cundinamarca, usted confiaba en que las remuneraciones llegarían a tiempo, cumpliendo así con la ejecución de su obra y el bienestar de su empresa. Sin embargo, la realidad ha sido otra: el no pago de las actas de obra ha generado un impacto significativo en su flujo de caja y, por ende, en la continuidad de su negocio. Esta situación, aunque frustrante, tiene un camino legal claro que puede seguir para recuperar su dinero. En este artículo, le brindaremos las herramientas necesarias para abordar esta problemática eficazmente.

¿Qué es el no en la contratación estatal?

El «no» en la contratación estatal se refiere a la falta de pago o cumplimiento por parte de la entidad estatal, a la luz de lo establecido en la Ley 80 de 1993. Según esta ley, el Estado tiene la obligación de pagar en los tiempos estipulados en los contratos y no puede eludir dicha responsabilidad. La Ley menciona que los contratistas tienen derechos a recibir el pago por los trabajos realizados, y al no cumplir con esta obligación, se incurre en un incumplimiento que afecta profundamente los intereses de quien contrata. Este principio es fundamental para garantizar la confianza en la participación del sector privado en la ejecución de obras públicas.

Sus derechos como contratista ante Gobernación de Cundinamarca

Como contratista, usted es titular de varios derechos que lo protegen ante la Gobernación de Cundinamarca. Estos incluyen:

1. Derecho a recibir pagos puntuales por las actas de obra presentadas.

2. Derecho a ser indemnizado por los perjuicios causados por el incumplimiento de la entidad pública.

3. Derecho a solicitar la actualización de precios y costos en caso de desequilibrio económico.

4. Derecho a interponer recursos administrativos y demandas en caso de negativa injustificada.

5. Derecho a acudir al Consejo de Estado para resolver sus controversias contractuales.

El Consejo de Estado es el tribunal competente para conocer de conflictos en la contratación estatal, siendo un escenario adecuado para hacer valer sus derechos.

¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Cali?

La interposición de una demanda contra el Estado en Cali puede proceder en varias circunstancias específicas:

1. Cuando se produce un incumplimiento total o parcial en el pago de actas de obra.

2. Cuando la entidad no considera riesgos de gestión y ejecución, causando desequilibrio económico en el contrato.

3. Cuando su derecho a reclamar es ignorado tras una reclamación administrativa previa.

4. En situaciones donde el monto del reclamo supera los $5.000 millones, lo que facilita su consideración prioritaria ante el Consejo de Estado.

Es importante identificar estos momentos para actuar rápidamente y asegurar una recuperación efectiva.

El proceso legal paso a paso

El proceso legal para recuperar su dinero se estructura en los siguientes pasos:

1. Reclamación directa ante la entidad: El primer paso siempre debe ser hacer una reclamación formal a la Gobernación de Cundinamarca documentando su solicitud.

2. Conciliación extrajudicial: Si la respuesta no es satisfactoria, el siguiente paso es solicitar una conciliación, que le permite resolver el conflicto de manera más ágil.

3. Demanda ante el Tribunal Administrativo o Consejo de Estado: Si la conciliación no resulta, se puede interponer una demanda ante el tribunal correspondiente, preparándose para presentar pruebas y argumentos que respalden su reclamación.

4. Liquidación y cobro de la sentencia: Posteriormente, una vez que se haya dictado sentencia favorable, deberá proceder a la liquidación y cobro del monto adeudado.

¿Cuánto tiempo tiene para demandar?

En el ámbito de la contratación estatal, la caducidad de la acción contractual es de dos años, contados desde la liquidación del contrato o desde el momento en que se conoció el daño. Esta limitante temporal resalta la importancia de actuar con prontitud. Si ha transcurrido este plazo, podría perder su derecho a reclamar. Por lo tanto, le recomendamos que no demore su acción y busque asesoría legal de inmediato.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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