Liquidación Unilateral Del Contrato en Contrato De Construcción De Infraestructura con colegio público: Proceso Legal Paso A Paso


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Liquidación Unilateral Del Contrato en Contrato De Construcción De Infraestructura con colegio público: Proceso Legal Paso A Paso

Los contratistas que han trabajado en proyectos de construcción de infraestructura para colegios públicos en Cartagena y enfrentan una liquidación unilateral del contrato pueden sentirse en una situación complicada y frustrante. Es probable que el Estado les deba una suma considerable de dinero, lo que representa no solo una carga financiera, sino también un obstáculo para el desarrollo de sus demás proyectos. Sin embargo, es fundamental que sepa que existe una solución legal a este problema. Conocer sus derechos y el camino legal a seguir puede ser clave para recuperar lo que le corresponde.

¿Qué es la liquidación en la contratación estatal?

La liquidación unilateral del contrato se contempla en la Ley 80 de 1993 y se refiere a la facultad que tiene la entidad pública para dar por terminado un contrato sin necesidad de acuerdo con el contratista. Esto puede ocurrir por diversas razones, como incumplimiento de obligaciones o por decisión de la entidad por razones de interés público. En los artículos 4, 5 y 27 de esta ley, se establecen claramente los derechos y deberes tanto de la entidad estatal como del contratista, marcando un marco regulatorio esencial en la contratación estatal.

Sus derechos como contratista ante colegio público

Como contratista que enfrenta una liquidación unilateral, es crucial que conozca sus derechos:

1. Derecho al debido proceso: Tiene derecho a ser notificado y a presentar sus alegaciones antes de que se tome una decisión definitiva.

2. Derecho a recibir el pago por los trabajos realizados: Aun en caso de liquidación, se debe garantizar la forma de pago por las obras ejecutadas.

3. Derecho a solicitar la revisión de la liquidación: Puede impugnar la decisión ante el Consejo de Estado si considera que han sido vulnerados sus derechos.

4. Derecho a la conciliación: Antes de acudir a la vía judicial, tiene derecho a buscar una solución amistosa.

5. Derecho a indemnización: En ciertos casos, puede tener derecho a una indemnización por daños y perjuicios ocasionados por la liquidación unilateral.

¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Cartagena?

Existen varias situaciones concretas en las que procede demandar al Estado debido a una liquidación unilateral del contrato:

1. Cuando haya irregularidades en la justificación de la liquidación.

2. Si se demuestra que la entidad pública no ha cumplido con su obligación de pago.

3. En casos donde el contratista pueda probar que la terminación fue arbitraria.

4. Cuando se han causado graves daños económicos que afectan significativamente las operaciones del contratista.

Es importante señalar que las demandas exitosas en estos casos suelen superar los $5.000 millones de pesos, lo que refuerza la importancia de actuar con conocimiento y estrategia.

El proceso legal paso a paso

Aquí le presentamos un proceso legal estructurado en cuatro pasos claros:

1. **Reclamación directa ante la entidad**: Lo primero es presentar una reclamación formal ante el colegio público con el que tiene el contrato. La respuesta a esta reclamación es fundamental para conocer la posición de la entidad.

2. **Conciliación extrajudicial**: Si la respuesta no es satisfactoria, puede optar por una conciliación extrajudicial. Esta es una buena oportunidad para resolver el conflicto sin necesidad de acudir a los tribunales.

3. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: Si la conciliación no es efectiva, el siguiente paso es presentar una demanda en el Tribunal Administrativo correspondiente o incluso ante el Consejo de Estado, dependiendo de la cuantía del contrato y los perjuicios ocasionados.

4. **Liquidación y cobro de la sentencia**: Una vez se consiga una sentencia favorable, el siguiente paso es realizar la liquidación de la misma y proceder al cobro correspondiente, asegurándose de cumplir con todos los requisitos legales para este proceso.

¿Cuánto tiempo tiene para demandar?

Es vital que tenga claro el término de caducidad de la acción contractual. Tiene un plazo de dos años a partir de la liquidación del contrato o desde el momento en que conoció el daño. Actuar rápidamente es esencial, ya que los plazos son estrictos y pueden comprometer sus posibilidades de éxito en la reclamación.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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