Daños Por Cambios En El Proyecto en Contrato De Interventoría con INVÍAS: Cómo Reclamar


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Daños Por Cambios En El Proyecto en Contrato De Interventoría con INVÍAS: Cómo Reclamar

Es comprensible que se sienta frustrado; como contratista en Bogotá con un contrato de interventoría con INVÍAS, seguramente ha enfrentado numerosos obstáculos debido a cambios no previstos en el proyecto. Estos cambios no solo afectan su capacidad para cumplir con los plazos de entrega, sino que también impactan de manera significativa su flujo de caja y, en última instancia, su negocio. La buena noticia es que existen mecanismos legales para reclamar estos daños y recuperar el dinero que el Estado le debe.

¿Qué es el daño en la contratación estatal?

En el contexto de la Ley 80 de 1993, el daño en la contratación estatal se refiere a las pérdidas económicas que sufre un contratista como resultado de acciones u omisiones de la entidad contratante. Según los artículos 4, 5 y 27 de esta ley, se establece que los contratistas tienen derecho a ser indemnizados por los perjuicios que les cause la administración pública debido a modificaciones que alteren las condiciones iniciales del contrato, siempre que las mismas no sean justificadas y se hayan presentado cambios en el proyecto que no estaban claramente estipulados. Esto incluye situaciones como ajustes en los diseños, ampliación de plazos o cambios en las especificaciones técnicas que influyan negativamente en los costos y el tiempo de ejecución.

Sus derechos como contratista ante INVÍAS

Como contratista, tiene derechos claros que lo respaldan ante cambios en el proyecto realizados por INVÍAS. Estos son algunos de sus derechos fundamentales:

1. Derecho a ser informado sobre cualquier cambio en el proyecto con suficiente antelación.

2. Derecho a recibir compensación por los daños directos causados por cambios en los costos o en los plazos.

3. Derecho a la continuidad y a la estabilidad de las condiciones pactadas en el contrato.

4. Derecho a impugnar decisiones que considere perjudiciales o arbitrarias por parte de la entidad.

5. Acceso al Consejo de Estado como tribunal competente para resolver sus conflictos y proteger sus intereses.

¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Bogotá?

Proceder legalmente contra el Estado no es un asunto menor. Sin embargo, existen situaciones claras que justifican una demanda, especialmente cuando los daños superan los $5.000 millones de pesos. Algunas de las causas más comunes incluyen:

1. Cambios en el proyecto que no fueron justificados adecuadamente y que generaron costos adicionales.

2. Incumplimientos en el cronograma de pagos por parte de INVÍAS que afectaron su liquidez.

3. Negativa infundada de la entidad a reconocer los aumentos en costos derivados de modificaciones del contrato.

4. Situaciones en las que su derecho a invocar una reclamación ha sido desconocido por la entidad.

El proceso legal paso a paso

Si ha decidido reclamar, es esencial seguir un proceso definido que maximice sus posibilidades de éxito. A continuación, se describen los pasos que debería seguir:

1. **Reclamación directa ante la entidad**: Es crucial presentar una reclamación formal a INVÍAS para que se reconozcan los daños. Esta reclamación debe detallar claramente los perjuicios sufridos y solicitar indemnización.

2. **Conciliación extrajudicial**: Si la reclamación no es atendida, el siguiente paso es buscar una conciliación. Este proceso puede ahorrar tiempo y recursos, permitiendo llegar a un acuerdo sin necesidad de litigios.

3. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: Si las fases anteriores no resuelven el conflicto, podrá presentar una demanda formal. El Consejo de Estado, por su parte, es el órgano competente si la cuantía de su reclamación supera los $5.000 millones.

4. **Liquidación y cobro de la sentencia**: Una vez que se haya dictado sentencia a su favor, se procederá a la liquidación de los daños y al cobro de la indemnización, lo que puede incluir intereses y costos judiciales.

¿Cuánto tiempo tiene para demandar?

Es vital que esté al tanto del tiempo límite para actuar. Según la legislación vigente, la caducidad de la acción contractual es de 2 años a partir de la liquidación del contrato o desde el momento en que se conoció el daño. Por esta razón, actuar rápidamente es crítico para no perder sus derechos.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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