No Pago De Obras Ejecutadas en Contrato De Concesión con colegio público: Sus Derechos Como Contratista


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No Pago De Obras Ejecutadas en Contrato De Concesión con colegio público: Sus Derechos Como Contratista

Como contratista que ha realizado importantes obras en un colegio público en Barranquilla, es comprensible que se sienta frustrado y preocupado por el no pago de las obras ejecutadas. La situación es compleja y puede causar un impacto significativo en su negocio. Sin embargo, es vital que sepa que hay soluciones legales para recuperar el dinero que se le debe. A continuación, abordaremos sus derechos y las acciones que puede tomar para resolver este problema.

¿Qué es el no en la contratación estatal?

El no pago en la contratación estatal se refiere a la negativa de la entidad pública a cumplir con sus obligaciones contractuales, en este caso, el pago de las obras ejecutadas. Según la Ley 80 de 1993, que regula la contratación estatal en Colombia, el Estado tiene un deber de cumplir con los contratos de forma oportuna y adecuada. Esta norma establece que la falta de cumplimiento por parte de la administración pública puede dar lugar a la responsabilidad patrimonial del Estado.

Sus derechos como contratista ante colegio público

Como contratista que ha firmado un contrato de concesión con un colegio público en Barranquilla, cuenta con una serie de derechos que puede ejercer:

1. Derecho al pago oportuno de las obras ejecutadas, una obligación directa de la entidad pública.

2. Derecho a reclamar el cumplimiento del contrato y recibir respuestas claras y fundamentadas.

3. Derecho a acceder a la información relacionada con el estado de su contrato y las razones del retraso en los pagos.

4. Derecho a ser indemnizado por perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contrato, en caso de que este ocurra.

5. Derecho a presentar reclamaciones ante el Consejo de Estado, el tribunal competente en estos asuntos, cuando las respuestas de la entidad sean insatisfactorias.

¿Cuándo procede una demanda contra el Estado en Barranquilla?

Existen varias situaciones que justifican la presentación de una demanda contra el Estado en Barranquilla por el no pago de obras ejecutadas. Algunas de ellas son:

1. Cuando la entidad pública no realiza el pago dentro de los plazos establecidos en el contrato.

2. Cuando tras las reclamaciones directas, no recibe respuesta o solución por parte de la administración pública.

3. Cuando las respuestas dadas por la entidad no son satisfactorias y no abordan el problema del no pago.

4. Cuando el monto adeudado supera los $5.000 millones de pesos, lo que puede aumentar las posibilidades de éxito en la demanda.

El proceso legal paso a paso

Si ha decidido que es momento de tomar acciones legales, aquí le presentamos un proceso detallado que puede seguir:

1. **Reclamación directa ante la entidad**: El primer paso es realizar una reclamación formal al colegio público, exigiendo el pago de las obras ejecutadas. Asegúrese de documentar correctamente esta comunicación.

2. **Conciliación extrajudicial**: Si la respuesta es insatisfactoria, puede intentar un proceso de conciliación extrajudicial donde buscarán llegar a un acuerdo satisfactorio para ambas partes.

3. **Demanda ante Tribunal Administrativo o Consejo de Estado**: Si la conciliación no resulta efectiva, puede presentar una demanda ante el Tribunal Administrativo o el Consejo de Estado, dependiendo del monto en discusión y la complejidad del caso.

4. **Liquidación y cobro de la sentencia**: Si su demanda es exitosa, la siguiente fase será la liquidación de la sentencia y el cobro de las cantidades adeudadas. Es importante contar con un abogado experto en contratación estatal en Colombia para que lo asista en este proceso.

¿Cuánto tiempo tiene para demandar?

Es crucial que esté atento a los plazos. La acción contractual tiene un término de caducidad de 2 años desde la liquidación del contrato o desde que se conoció el daño, es decir, desde que se dio cuenta del no pago. Actuar rápidamente es clave para proteger sus derechos.

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MAIKEL NISIMBLAT - Director Juridico de Nisimblat Law

Abogado de la Universidad de los Andes. Harvard PON, MIT, Wharton AI, IBM AI Specialist, George Washington University School of Business. Especialista en litigio con mas de 27 anos de experiencia en casos de alta complejidad en Colombia. Creador de Energy Audit AI reconocido en Associated Press, Fox News y CBS, abril 2026.

Autor de las siguientes publicaciones:

  • Responsabilidad Contractual
  • Responsabilidad Extracontractual
  • Estudios sobre Casacion

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