1. Análisis del tipo penal de ‘Cohecho y Tráfico de Influencias’ y su aplicación contra contratistas privados
El cohecho y el tráfico de influencias son delitos que han cobrado una significante relevancia en el ámbito del derecho penal moderno, especialmente en contextos donde la corrupción y la mala administración pública prevalecen. El cohecho se define comúnmente como la acción de ofrecer, prometer o entregar alguna clase de beneficio a un servidor público, con el propósito de obtener una decisión favorable en el ejercicio de sus funciones. Por otro lado, el tráfico de influencias se refiere al abuso y aprovechamiento de la posición de poder e influencia que un individuo tiene, con el fin de lograr que una autoridad actúe en beneficio de un tercero, ya sea mediante promesas, amenazas o cualquier forma de persuasión.
En el ámbito de contratistas privados, es fundamental reconocer que este tipo penal no se limita a los funcionarios públicos per se, sino que también puede extenderse hacia aquellas personas que interactúan con la administración pública en un marco de contrataciones. Esto implica que una empresa contratista que se vea envuelta en un esquema de corrupción puede ser culpable de cohecho o tráfico de influencias si se demuestra que ha ofrecido ventajas ilícitas a funcionarios para lograr beneficios en la adjudicación de contratos estatales. La línea divisoria, en estos casos, es delicada, dado que muchas interacciones entre el sector privado y el estatal pueden ser interpretadas erróneamente como cohecho o tráfico de influencias.
Así, la defensa técnica debe trabajar arduamente para analizar a fondo cada caso, examinando los hechos, la relación entre el contratista y las autoridades y, en última instancia, la intencionalidad detrás de cada acción. Para ello, el acceso a la documentación pertinente, audiencias, grabaciones y testimonios es vital para formar un argumento sólido que pugne por la inocencia del acusado.
2. El dolo no se presume en la contratación estatal
El dolo, entendido como la intención consciente de cometer un delito, es un elemento fundamental para la configuración de muchos tipos penales, incluyendo el cohecho y el tráfico de influencias. Sin embargo, en el marco de la contratación estatal y su regulación, las implicaciones son más complejas. El principio de presunción de inocencia debe ser el claro norte del estado procesal, donde el acusado no tiene la carga de probar su inocencia, sino que la Fiscalía es quien debe demostrar la culpabilidad más allá de toda duda razonable.
Por lo tanto, en el contexto de la contratación estatal, el dolo no debe presumirse. La ley establece que se requiere de una prueba concreta que evidencie la existencia del dolo. La mera participación en la contratación pública no es suficiente para inferir la culpabilidad del individuo, especialmente ante actividades que pueden estar amparadas por la ley o ser interpretadas de varias formas. La defensa deberá centrarse en demostrar la falta de intención criminal y la existencia de buenas prácticas, conforme a procedimientos establecidos, y cómo las decisiones tomadas no persiguen un beneficio indebido, sino más bien el cumplimiento de normativas y directrices vigentes.
3. La ‘Teoría del Riesgo Permitido’ en la ejecución de presupuestos públicos
La ‘Teoría del Riesgo Permitido’ es un concepto que merece atención en nuestra discusión sobre los aspectos del derecho penal vinculados a la contratación pública y los delitos de cohecho y tráfico de influencias. Esta teoría se basa en la premisa de que, en el ámbito de la ejecución de proyectos financiados con recursos públicos, existe un margen de riesgo que los funcionarios y contratistas pueden asumir razonablemente. En este sentido, la actividad administrativa y la utilización de recursos estatales no están exentas de incertidumbres inherentes.
Lo que se busca establecer con esta teoría es que el error o la decisión desafortunada, que no deriva de un propósito doloso, no debe resultar en responsabilidad penal. De hecho, ofrecer un análisis exhaustivo que evidencie que las decisiones tomadas en la ejecución del presupuesto fueron resultado de un cálculo racional de riesgos y no de una finalidad delictiva puede ser crucial en una defensa. Esto forma la base de una argumentación que refuerza la idea de que, si se puede demostrar que el riesgo es parte del manejo esperado, la conducta del acusado no puede ser considerada criminal.
Además, podría ser aplicativa en casos en los que eventuales fallas no resultaron de corrupción o un intento de manipulación de las reglas del juego, sino que fueron engendradas por un normal proceso administrativo que, como bien se ha planteado, lleva implícito un margen de error tolerable para aquellos involucrados.
4. Método de Nisimblat Law para desmontar peritajes de la Fiscalía mediante contra-peritajes técnicos
En el mundo del Derecho Penal de Élite, donde los casos son muchas veces complejos y requieren una atención meticulosa a los detalles, la estrategia de defensa es clave para el éxito. Mi método, conocido como «Nisimblat Law», se basa en la evaluación crítica de las pruebas presentadas por la Fiscalía. En el ámbito penal, donde un solo argumento puede cambiar el rumbo de un caso, es esencial minar la credibilidad de las evidencias que intenta presentar el acusador.
Una de las tácticas más efectivas en este sentido es la realización de contra-peritajes técnicos. La Fiscalía suele apoyarse en expertos que, si bien pueden ser competentes en su campo, no son infalibles. Mi enfoque es reunir un equipo de profesionales altamente calificados que reexaminan y analizan los dictámenes de la Fiscalía en busca de inconsistencias, errores metodológicos y falacias lógicas.
Este tipo de análisis técnico es vital para la defensa, ya que puede desestimar la validez de los testimonios periciales aportados, rebatir conclusiones que aparentemente son sólidas y, en diversas ocasiones, proseguir con la elaboración de un narrativo alternativo que consiste en evidencias que favorecen a la defensa. Un contra-peritaje que demuestre las limitaciones o errores en la evidencia de la Fiscalía puede ser, en muchas ocasiones, la clave para desvirtuar el cargo criminal, demostrándose que las conclusiones alcanzadas por la parte acusadora están lejos de constituir una verdad absoluta.
Los expertos a quienes acudo para estos contraperitajes provienen de distintas disciplinas; desde la contabilidad forense hasta el análisis comportamental y la criminología. Todos juegan un rol indispensable en la creación de una defensa contundente y sólida. Un método bien implementado no solo debilita la acusación, sino que también otorga a los jueces y jurados una nueva perspectiva sobre el caso, haciendo evidente que la teoría del delito establecida por la Fiscalía es, en última instancia, insostenible.
Conclusión
Un examen riguroso de los tipos penales de cohecho y tráfico de influencias revela la complejidad del entorno en el que se desarrollan estos delitos, especialmente en la contratación estatal. La defensa técnica en estos casos no se limita a contrarrestar las acusaciones: es un ejercicio de estrategia legal que requiere comprender los pormenores del derecho penal, la administración pública y la naturaleza humana en el ejercicio de funciones estatales.
La defensa debe fundamentarse no sólo en el marco jurídico vigente, sino también en la demostración clara de que el dolo no se presume, de que un razonable margen de error en la ejecución de presupuestos públicos es legalmente aceptable y, en consecuencia, de que las pruebas técnicas presentadas por la Fiscalía son insuficientes o incorrectas. La aplicación práctica de la Teoría del Riesgo Permitido y el método Nisimblat Law -denominado así en honor a un enfoque integral que he desarrollado- se alzan como pilares fundamentales en una defensa penal eficaz.
Finalmente, la lucha legal que se entabla en cada caso es no solo una batalla judicial, sino una reivindicación del derecho a un debido proceso, donde la presunción de inocencia debe prevalecer, desnudando las verdaderas intenciones tras las acusaciones que atentan contra la libertad y la reputación de los individuos involucrados. A través de este enfoque, la defensa se convierte en un arte que debe ser ejercido con precisión, astucia y una profunda comprensión del contexto en el que se mueve el derecho penal.
MAIKEL NISIMBLAT
Defensa Penal de Altos Dignatarios y Contratistas del Estado
Egresado de la Universidad de los Andes con especializaciones en Harvard y Wharton.
En el complejo escenario de la contratación estatal, la línea entre un error administrativo y un delito de cuello blanco es una construcción técnica.
Defensa de Alto Impacto: Nisimblat Law lidera la defensa en procesos por Contrato sin Cumplimiento de Requisitos Legales e Interés Indebido, protegiendo no solo la libertad, sino el patrimonio y la habilitación jurídica de los mayores contratistas de infraestructura y energía en Colombia.
Desvirtuamos la tipicidad penal mediante auditoría forense de planeación contractual y análisis de riesgo corporativo.
⚖️ Evaluación Legal Especializada — Nisimblat Law
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MAIKEL NISIMBLAT — Director Jurídico de Nisimblat Law
Abogado de la Universidad de los Andes. Formación Pon Program Harvard Law School y MIT. Especialista en litigio con más de 25 años de experiencia en casos de mayor complejidad en Colombia.
Autor de las siguientes publicaciones:
- 📘 Responsabilidad Contractual
- 📘 Responsabilidad extracontractual
- 📘 Estudios sobre Casación
