MAIKEL NISIMBLAT, director de NISIMBLAT LAW offices, con 27 años de experiencia como abogado y asesor legal, con amplia trayectoria como abogado litigante, consultor y asesor de empresas multinacionales ha sido incluido en la lista de inscritos para proveer el cargo de Magistrado del Consejo de Estado de Colombia en la sala de consulta y servicio Civil

El Consejo de Estado compone las altas Cortes de Colombia ubicada en el Palacio de Justicia. El Consejo de Estado es el máximo juez de la administración pública, resuelve los conflictos entre las personas y las entidades estatales o aquellos que surjan entre dichas entidades: Asimismo asesora al Gobierno Nacional en asuntos de trascendencia cuando este lo requiera.

Ver listado para proveer cargo de Magistrado del Consejo de Estado

Ver Aviso Inscripción  MAIKEL NISIMBLAT para cargo Magistrado Consejo de Estado

 

La sala de consulta y servicio civil del Consejo de Estado cumple las siguientes funciones:

 

“Absolver las consultas generales o particulares que le formule el Gobierno Nacional.

Revisar o preparar a petición del Gobierno Nacional proyectos de ley y de códigos.

Preparar a petición de la Sala Plena del Consejo de Estado o por iniciativa propia proyectos de acto legislativo y de ley.

Revisar a petición del Gobierno los proyectos de compilaciones de normas elaborados por este para efectos de su divulgación.

Realizar los estudios que sobre temas de interés para la Administración Pública, la Sala estime necesarios para proponer reformas normativas.

Conceptuar sobre los contratos que se proyecte celebrar con empresas privadas colombianas escogidas por concurso público de méritos para efectuar el control fiscal de la gestión administrativa nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 267 de la Constitución Política.

Emitir concepto a petición del Gobierno Nacional, en relación con las controversias que se presenten entre entidades del nivel nacional o entre éstas y entidades del nivel territorial, con el fin de precaver un eventual litigio.

Verificar, de conformidad con el Código Electoral, si cada candidato a la Presidencia de la República reúne o no los requisitos constitucionales y expedir la correspondiente certificación.

Presentar anualmente un informe público de labores.

Ejercer control previo de legalidad de los Convenios de Derecho Público Interno con las Iglesias, Confesiones y Denominaciones Religiosas, sus Federaciones y Confederaciones, de conformidad con lo dispuesto en la ley.

Resolver los conflictos de competencias administrativas entre organismos del orden nacional o entre tales organismos y una entidad territorial o descentralizada, o entre cualesquiera de estas cuando no estén comprendidas en la jurisdicción territorial de un solo tribunal administrativo.”

Aviso Inscritos Vacantes Amaya y Palominio Consejo de Estado